Magistrado Guerra será el ponente en apelación del circuito 8-4; Valdés Escoffery lo será en la del circuito 8-2

Actualizado
  • 17/06/2024 18:04
Creado
  • 17/06/2024 18:04
A 13 días de la instalación de la nueva conformación de la Asamblea Nacional, el próximo 1 de julio, el panorama no es claro para diputados electos del circuito 8-4 y del 8-2

Luis Guerra, magistrado del Tribunal Electoral (TE) será el ponente en la apelación presentada por el ex candidato a diputado del partido Realizando Metas (RM), Alejandro Pérez tras no ser admitida su impugnación contra la elección de los diputados del circuito 8-4, en la provincia de Panamá.

En tanto, el magistrado, Eduardo Valdés Escoffery fue designado como ponente en la apelación presentada por el ex candidato a diputado del PRD, por el circuito 8-2 en San Miguelito, José Ruiloba Pineda, a quien no se le admitió una impugnación contra la elección de los diputados de la coalición Vamos en este distrito.

En la apelación del 8-4, Pérez pidió la nulidad de toda la elección y la proclamación de todos los diputados electos de esta circunscripción, argumentando supuestas irregularidades en el conteo de los votos.

La jueza primera administrativa, Raquel Núñez, tras rechazar la impugnación de Pérez y una vez que este presentó la apelación a su decisión, ordenó el traslado del expediente al pleno del Tribunal Electoral.

Esta impugnación ha tenido consecuencias directas para varios diputados electos entre estos Roberto Zuñiga y Jorge Bloise de la coalición Vamos; además de Ernesto Cedeño y Graciela Hernández; del Movimiento Otro Camino (Moca) y Javier Sucre; del PRD.

Mientras que, la apelación de Ruiloba esta se da luego que el pasado 7 de junio el Juzgado Segundo Electoral rechazara la impugnación presentada en contra de 29 de las 524 actas de las elecciones en el circuito 8-2 en San Miguelito.

La decisión del Juzgado Segundo Electoral fue apelada por Ruiloba, quien reclama una de las curules asignadas a los diputados electos de la coalicón Vamos, que obtuvo cuatro escaños para la Asamblea Nacional, tres por cociente y una por residuo.

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