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Comisión de Gobierno prohija anteproyecto de ley que establece penas de hasta 7 años por difundir información falsa con IA
- 26/08/2026 12:13
La Comisión de Gobierno, Justicia y Asuntos Constitucionales prohijó este miércoles 26 de agosto un proyecto de ley sobre el uso de inteligencia artificial para generar información falsa y sancionar con penas de prisión de 5 a 7 años a quien lucre difamando a otra persona.
El anteproyecto también modifica el Código Penal para que quiénes cometan delitos contra el honor en perjuicio de servidores públicos ya no se estén exentos de sanciones penales.
La diputada proponente Dana Castañeda afirmó ante la comisión que no se viola la libertad de expresión, sino que se trata de “poner orden” y evitar el libertinaje.
“Los funcionarios públicos estamos sujetos a la crítica y expuestos al debate público, sin embargo, no debe esto prostituirse como se ha hecho actualmente, afectando inclusive a menores de edad, afectando a personas con discapacidad, adultos mayores, personas cercanas a nosotros que nada tienen que ver y que son los afectados por el abuso de la inteligencia artificial”, declaró la diputada.
“Nosotros tenemos que aguantar caricatura, eso no tiene nada malo, eso es parte del debate político y eso no es lo que nosotros estamos tratando de legislar. Lo que estamos tratando de sancionar con pena de prisión que oscila hasta de 5 a 7 años, es cuando el contenido se ha difundido mediante redes sociales, plataformas digitales, sistemas de mensajería masivo o cualquier medio que permitan su programación pública”, concluyó.
La iniciativa legislativa modifica artículos del Código Penal. Estipula que la sanción de 5 a 7 años será por contenido que cumpla cualquier de las siguientes tres condiciones.
La primera es que el contenido sea difundido mediante redes sociales, plataformas digitales y sistemas de mensajería.
La segunda es que la conducta se realice con ánimo de lucro, ventaja indebida, represalia, intimidación, coacción o discriminación.
La última condición es que la víctima sea menor de edad, persona con discapacidad, adulto mayor o persona en condición de vulnerabilidad.
El artículo 196 del Código Penal establece que en los delitos contra el honor, no se imponen sanciones penales cuando los supuestos ofendidos sean servidores públicos.
La propuesta de la diputada Castañeda elimina esta exención “cuando el autor atribuya al servidor público un hecho falso, a sabiendas de su falsedad, con el propósito de dañar su honra, y lo difunda públicamente a través de redes sociales o plataformas digitales”.
Durante la discusión del anteproyecto, los diputados de distintas bancadas señalaron que son constantemente víctimas de ataques a través de redes sociales, muchas veces provenientes de la propia Asamblea.
“Aquí hay despachos que tienen personal pagado dedicado para usar las redes sociales para atacar a los otros diputados y no uno, hay bastantes. En este tema créanme que yo soy una persona de un amplio conocimiento, yo puedo detectar con un simple examen en la red de dónde proviene”, denunció el diputado Luis Eduardo Camacho.
Camacho adelantó que planea hacer recomendaciones para modificar el proyecto y permitir a los funcionarios demandar por la vía penal a quiénes consideren atenten contra su honor.
“Yo voy a aprovechar su proyecto para tumbar esa prohibición legal que nos impide a los servidores públicos, a tener derecho a defender nuestra honra en el rango penal”, declaró Camacho.