Ley que castiga negligencias en obras, a segundo debate

Actualizado
  • 29/01/2020 00:00
Creado
  • 29/01/2020 00:00
El proyecto prevé penas de prisión para los funcionarios que dejen perder proyectos públicos

El proyecto de ley 28, que busca castigar con multas y penas de cárcel a los funcionarios que dejen perder obras públicas, fue aprobado por la Comisión de Gobierno, Justicia y Asuntos Constitucionales de la Asamblea Nacional.

El proyecto, impulsado por la diputada Mayín Correa, del partido Cambio Democrático (CD), adiciona al Código Penal el artículo 350-A para que el servidor público que, con dolo, ocasione la pérdida, paralización, encarecimiento o deterioro de obras, bienes, servicios públicos, bajo su responsabilidad directa o indirecta, sea sancionado con pena de prisión de cuatro a siete años.

También establece que el servidor público, con mando directo o por delegación, que en ocasión del ejercicio de sus funciones, incurra en una manifiesta inobservancia en el deber de cuidado y supervisión inherente al cargo que ostente, que provoque la paralización, abandono, encarecimiento o deterioro de una obra financiada total o parcialmente con fondos públicos o que ocasione pérdidas al erario nacional o municipal, será sancionado con pena de prisión de doce a quince años.

En este caso, la pena se aumentará de una tercera parte a la mitad si el abandono, encarecimiento o deterioro de la obra, ocasione pérdidas al erario igual o superior a la suma de $10 millones.

Correa hizo referencia a proyectos que tuvieron poco avance durante el pasado gobierno del presidente Juan Carlos Varela. Precisó que la Ciudad Hospitalaria, 34 Minsa Capsi, hospitales y centros deportivos, son algunos de los muchos proyectos que siguen inconclusos.

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