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El Tribunal de Apelaciones revocó la decisión de la jueza de cumplimiento Angeline Adames, quien había otorgado trabajo comunitario como reemplazo de pena a Ramón Ashby, exrepresentante del corregimiento de Calidonia, condenado a 60 meses de prisión por peculado doloso agravado.
La jueza Adames, mediante el Auto N.° 16.999, había considerado que el exfuncionario cumplía con los requisitos establecidos en el artículo 65 del Código Penal para optar por esta medida.
La decisión inicial contemplaba que Ashby realizara trabajo comunitario en el Centro de Salud de Parque Lefevre, sujeto a estrictas condiciones. Entre ellas, se incluía la presentación de informes quincenales sobre sus actividades, la prohibición de consumir alcohol o drogas, restricciones para salir del país sin autorización judicial y el mantenimiento de una conducta ejemplar.
Sin embargo, la Fiscalía Anticorrupción planteó objeciones, señalando la gravedad del delito y la necesidad de garantizar que se cumpla plenamente la pena impuesta por el tribunal original.