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Tres propuestas reposan en la Asamblea para modificar el Código Electoral
- 26/09/2023 00:00
- 26/09/2023 00:00
En la actualidad, el Código Electoral de Panamá enfrenta tres propuestas de modificación presentadas por distintos diputados.
Estas propuestas se encuentran en una fase preliminar, ya que los diputados solo pueden presentar anteproyectos de ley, y la comisión de Gobierno debe analizar y dar trámite a estas propuestas.
Los tres diputados que han presentado modificaciones al Código Electoral son Agustín Sellhorn, Hernán Delgado y Ricardo Torres.
La propuesta de Agustín Sellhorn, quien es diputado suplente de Cambio Democrático, tiene como objetivo modificar el período de fuero penal electoral y permitir que el aforado recupere su fuero penal en caso necesario, incluso después de haber sido levantado.
El fuero penal electoral se establece para proteger a los participantes en el proceso electoral de posibles medidas laborales, administrativas o judiciales que puedan obstaculizar su participación o derechos políticos. Esta protección se aplica tanto en elecciones generales como en elecciones internas de los partidos políticos.
La Ley 29 de 2017 redujo significativamente la duración del fuero penal electoral para los candidatos, limitándolo a 15 días después de la proclamación, en contraste con la duración de hasta 3 meses que tenía antes de la reforma.
Por otro lado, Hernán Delgado ha presentado un anteproyecto de ley con el propósito de considerar la implementación de una segunda vuelta electoral en Panamá. Delgado argumenta que, en las seis elecciones presidenciales celebradas desde la transición a la democracia en 1994, solo en una ocasión (2009) el presidente electo obtuvo más del 50% de los votos válidos emitidos. En las otras cinco elecciones los presidentes fueron elegidos por una minoría de votantes. Los casos más estrechos se dieron en 1994 y 2019, cuando solo recibieron el 33% de los votos válidos.
Delgado sostiene que es necesario reformar el sistema electoral panameño para garantizar que los procesos electorales conduzcan a la elección de funcionarios con una mayoría absoluta de votos en lugar de una mayoría simple. La modificación propuesta establece que si ninguna candidatura obtiene más del 50% de los votos válidos emitidos, se llevaría a cabo una segunda votación tres semanas después entre las dos candidaturas más votadas. La Junta Nacional de Escrutinio proclamaría como presidente y vicepresidente de la República a los candidatos que obtengan más del 50% de los votos válidos en la segunda votación. Esta medida también se aplicaría a otros cargos de elección popular.
Por su parte, Ricardo Torres, diputado del Partido Revolucionario Democrático (PRD) y actual primer vicepresidente de la Asamblea Nacional, presentó un anteproyecto de ley ante el pleno legislativo con el propósito de reformar el Código Electoral de Panamá. Esta iniciativa busca revisar las normativas que rigen las alianzas políticas en los circuitos plurinominales.
En la exposición de motivos, Torres destaca que las alianzas políticas en circuitos plurinominales se introdujeron por primera vez en las reformas electorales de 2002 mediante la Ley 60. Estas reformas permitieron que los partidos políticos postularan “ciertos candidatos comunes” en los circuitos plurinominales, facilitando así alianzas entre dos o más partidos políticos y aumentando las oportunidades de que candidatos de partidos medianos y pequeños fueran postulados en alianzas con partidos mayoritarios.
Sin embargo, en las reformas electorales de 2017 se limitó la cantidad de “candidatos comunes a diputado” en los circuitos plurinominales a un máximo de uno por alianza. Esta restricción se mantiene vigente tras la reforma electoral introducida por la Ley 257 de 2021.
El TE ya expresó su preocupación por esta última propuesta de reforma, ya que se presenta en medio del proceso electoral en curso. Cambios en las reglas electorales pueden tener un impacto significativo en el desarrollo de las elecciones y en la dinámica competitiva entre los partidos políticos.