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De uno a tres años de prisión a quien provoque incendios
- 08/02/2020 06:00
- 08/02/2020 06:00
Las personas que infrinjan las normas de protección del medioambiente y provoquen incendios de masa vegetal, pueden ser sujetos a penas de uno a tres años de prisión, según establece el Código Penal.
El Código Penal en su artículo 407 señala que se sancionará con uno a tres años de prisión o su equivalente en días-multa o arresto de fines de semana a quien incendie masa vegetal.
La pena aumentará en los siguientes casos: cuando se produzca pérdida de la fertilidad o desecación del suelo; cuando se afecte una superficie mayor de cinco hectáreas y cuando se dañe significativamente la calidad de la vida vegetal.
También se acrecentará cuando se actúe para obtener beneficios económicos; se trate de áreas protegidas o de cuencas hidrográficas.
No obstante, la norma establece que no constituye delito la quema controlada y autorizada por la autoridad competente.