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Procurador González recomienda a la CSJ declarar inconstitucional artículo No. 1 de Ley No. 406
- 14/11/2023 16:36
- 14/11/2023 16:36
El procurador general de la Administración, Rigoberto González, recomendó este martes 14 de noviembre a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declarar inconstitucional el artículo No. 1 de Ley No. 406 de 20 de octubre de 2023, que establece el contrato-ley entre el Estado panameño y Minera Panamá.
González emitió este 14 de noviembre su quinta opinión sobre una demanda de inconstitucional contra la Ley No. 406. Esta opinión es sobre la demanda presentada por el jurista Elvis Alberto Polo Vargas contra el artículo No. 1 de la citada norma.
En el artículo No. del contrato-ley se establece que se aprueba en todas sus partes el contrato de concesión minera celebrado entre el Estado panameño y la sociedad Minera Panamá, S. A., “de conformidad con la función legislativa de aprobar e improbar los contratos en los cuales sea parte o tenga interés el Estado, cuando su celebración no estuviera reglamentada previamente y en atención a que algunas de las estipulaciones contractuales no se ajusten a la respectiva ley de autorizaciones, según se establece en el numeral 15 del artículo No. 159 de la Constitución Política de la República”.
Para González, no se contemplo lo establecido en el artículo No. 122 constitucional sobre el deber el Estado de prestar atención especial al desarrollo integral del sector agropecuario, así como fomentar el aprovechamiento óptimo del suelo, velando por su distribución racional, su adecuada utilización y conservación.
Otro punto que resaltó la opinión de González es que el Estado panameño debe garantizar que la población viva en un ambiente sano y libre de contaminación y de propiciar un desarrollo social y económico que prevenga la contaminación del ambiente y evite la destrucción de los ecosistemas.
La quinta opinión de González se conoce el mismo día que el procurador general de la Nación, Javier Caraballo, mantuvo su opinión sobre el contrato-ley, el cual define como inconstitucional.
“Nosotros fuimos de los primeros en emitir una opinión. Nuestra opinión, efectivamente fue que el contrato-ley de alguna manera es inconstitucional”, dijo Caraballo.