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La obligatoriedad de la vacuna anticovid, entre retos y debates
- 20/08/2021 00:00
- 20/08/2021 00:00
En Panamá la vacunación contra la covid-19 no es obligatoria. Es una elección de cada persona. Cuando comenzó la pandemia se pensaba que la desesperación por el virus era tal, que la mayoría de las personas se vacunaría tan pronto tuviera la posibilidad, pero el panorama actual es distinto.
Cada vez más países quieren que sea obligatorio mostrar la prueba de que se está vacunado o una PCR negativa para entrar en bares o restaurantes. También para asistir a eventos y coberturas periodísticas. Además, varios países, incluyendo Panamá, también piden al personal sanitario vacunarse. Ya las aseguradoras exigen tener la vacuna para renovar pólizas de salud y vida. Y la Federación Panameña de Fútbol (Fepafut) confirmó este miércoles que solo las personas vacunadas podrán asistir a los partidos en el estadio Rommel. A su vez, el presidente de la República, Laurentino Cortizo, informó que analizaba enviar de licencia sin sueldo a todo funcionario que no se vacune. Pero, ¿es esto compatible con los derechos básicos de los ciudadanos?
El abogado Aresio Valiente, quien se especializa en derechos humanos, recomendó al gobierno mantener una estrecha comunicación con la Defensoría del Pueblo para evitar vulneraciones, sobre medidas que obliguen la vacunación contra la covid-19.
“Todos los actos y sesiones deben estar orientados en materia de derechos humanos, donde se incluyan las opiniones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la Corte Interamericana de Derechos Humanos o en este caso la Defensoría del Pueblo”, subrayó Valiente, quien también es profesor de derecho en la Universidad de Panamá (UP).
. En su discurso dado el pasado viernes, en una gira por Azuero, el presidente Cortizo defendió su postura diciendo que “la obligación de todo servidor público es la de vacunarse, por lo tanto, estos no tienen derecho de contagiar a otros que están vacunados y asisten a trabajar”.
Valiente indicó que lo comentado por el presidente no solo violaría los derechos humanos, sino también el artículo 17 de la Constitución Política de la República de Panamá, que en su último párrafo habla de la dignidad humana.
En el título III sobre derechos y deberes individuales y sociales del capítulo 1 sobre garantías fundamentales, el artículo 17 dicta lo siguiente: “Los derechos y garantías que consagran esta Constitución, deben considerarse como mínimo y no excluyentes de otros que incidan sobre los derechos fundamentales y la dignidad de la persona”.
“Combinar la obligación o limitar el derecho al salario es violar los derechos humanos, por lo tanto, las declaraciones de Cortizo se dan fuera de lugar porque los panameños están en su libertad de vacunarse o no”, señaló el profesor de derecho de la UP.
El pronunciamiento de Cortizo ha dado lugar a un amplio debate de distintos sectores que se encuentran a favor o en contra.
El presidente de la Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura de Panamá (Cciap), José Ramón Icaza, apuntó que el gremio no respalda lo dicho por el presidente.
“No estamos ni promoviendo ni apoyando una medida que busque enviar a los colaboradores a sus casas que no se quieran vacunar. En estos momentos, como Cámara, estamos promoviendo campañas de educación, de docencia en cuanto a la efectividad y seguridad de la vacuna, y sentimos nosotros que debemos darle suficiente tiempo al plan de vacunación y hacerlo accesible a todas las personas mayores de 12 años que puedan y quieran vacunarse, antes de nosotros analizar una medida de esa naturaleza”, argumentó Icaza.
Mientras que la Federación Nacional de Servidores Públicos (Fenasep) mencionó que la propuesta del mandatario es inconstitucional.
En redes sociales un internauta se encontró a favor de lo mencionado por Cortizo y escribió: “La autonomía de tu propio cuerpo termina cuando enfermas al mío. El Estado tiene que velar por el bienestar de su población. Estamos viviendo una situación extraordinaria que exige tomar medidas extraordinarias. La persona que no quiere vacunarse está atentando contra la salud pública y contra el país. ¿Si vuelven los contagios masivos, se colapsan los hospitales y los cementerios, vendrán a hablarme a mí de tu autonomía y derecho humano?”.
La Defensoría del Pueblo exhortó en un comunicado a respetar el derecho de cada individuo de vacunarse, tras notar que hay medidas que condicionan como requisito a la población vacunarse para recibir atención, subsidio social, y la admisión tanto en lugares públicos como privados.
Esto a raíz de que el pasado 5 de agosto, la Presidencia anunció que, a partir del 1 de octubre, todo beneficiario del plan Panamá Solidario que desee continuar recibiendo los beneficios deberá estar vacunado contra la covid-19, según los parámetros del Ministerio de Salud (Minsa).
“Con esto se busca evitar el aumento de contagios durante el servicio social comunitario que se realizará en el mantenimiento y rehabilitación de infraestructuras deportivas y parques, canchas, centros escolares, entre otros sitios públicos y con gran afluencia de personas”, destacó la Presidencia en su Twitter.
Sobre si existe una obligatoriedad tanto en los comentarios de Cortizo como en el condicionamiento del programa Panamá Solidario, Valiente manifestó que no la hay. Explicó que, en materia de derecho administrativo, la entidad estatal –llámese ministerios y la Presidencia– tiene que emitir un decreto para que cumpla con el proceso de formalidad de la legalidad.
“Todos los actos, opiniones y decisiones tienen que ser basados, a través de la ley y la Constitución, por medio de los decretos. No podemos hablar de ilegalidad porque no se han emitido un decreto, porque no existe tal opinión, ya que el presidente solo ha dado un discurso verbal”, subrayó el abogado de derechos humanos.
La Defensoría del Pueblo recalcó a los sectores públicos y privados respetar el derecho que tiene cada individuo de decidir de forma libre, vacunarse o no; tal como lo expresa la Ley No. 68 del 20 de noviembre de 2003, que regula los derechos y obligaciones de los pacientes en materia de información y de decisión libre e informada; sin embargo, insta a la población a informarse sobre el proceso de vacunación y sus beneficios.
También recomendó a las autoridades que previo a tomar acciones coactivas que obligan a las personas someterse a un código de vestimenta para recibir su vacuna, deben documentarse sobre las normas nacionales e internacionales sobre no discriminación.
En atención a la posibilidad de exigir la vacunación para el ingreso en comercios en la República de Panamá, la Defensoría del Pueblo recordó que aún está vigente la Ley No. 16 de 2002, que regula el derecho de admisión a todos los locales comerciales; de aplicar cualquier medida no contemplada en la norma “constituiría una discriminación”.