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- 12/08/2011 09:22
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El Gobierno central informó que el proyecto de Ley sobre el aumento a pensionados y jubilados que devenguen hasta 800 balboas mensuales, fue remitido ayer jueves, por el Ministerio de Salud, a la Presidencia de la República para su respectivo debate en el próximo Consejo de Gabinete.
Alrededor de 177,567 pensionados y jubilados, serían beneficiados con el proyecto, lo que representa casi un 90% del total de este grupo social. El presidente de la República, Ricardo Martinelli, ha reiteró que el objetivo de estos aumentos es “mejorar la calidad vida” de los jubilados que menos ganan. los cuales han realizado innumerables protestas en exigencia al aumento prometido de 50.00 dólares.
El artículo 213 de la Ley 51 de 2005, Orgánica de la Caja de Seguro Social (CSS), establece la creación de un fideicomiso para la sostenibilidad del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), cuyo objetivo es cubrir la diferencia negativa que resultare de los ingresos y gastos corrientes al cierre del año fiscal en que se produjera.
El comunicado emitido por la oficina de prensa de la Presidencia, señala que "el Estado a través del Ministerio de Economía y Finanzas (Mef) y la CSS, consideraron pertinente realizar adecuaciones al régimen de IVM con la finalidad de sustentar su sostenibilidad y cubrir los aumentos de las pensiones pasadas y futuras no contempladas en la Ley 51 de 2005, considerando que según el último Estudio Actuarial realizado en el año 2009 al programa de IVM, el fideicomiso que actualmente aporta el Estado sería insuficiente para la sostenibilidad de ese régimen a partir de los años 2018 y 2019".
La modificación del artículo 213 de la Ley 51 de 2005 propone incrementar el monto del Fideicomiso que el Gobierno Nacional otorga a la CSS para mantener la sostenibilidad del programa de IVM y para hacer posible el aumento de pensiones a los jubilados.
Los objetivos fundamentales de este proyecto de Ley, que será debatido en el Consejo de Gabinete, consisten en salvaguardar el Régimen de IVM de la CSS para todos los pensionados y jubilados actuales, y lograr un mejoramiento de las condiciones sociales y económicas de los pensionados y jubilados presentes y futuros, a través de un aumento a las pensiones o jubilaciones que actualmente devengan, sin sacrificar la sostenibilidad financiera de este importante programa.
Ese proyecto de Ley también dispone la modificación de los artículos 177, 192 y 193 de la Ley 51 de 27 de diciembre de 2005, y dicta otras disposiciones que autoriza el pago de un aumento a los Pensionados y Jubilados.
El incremento que se establece para los jubilados y pensionados que devenguen hasta ochocientos balboas (B/.800.00) mensuales, se concederá conforme la siguiente escala y etapas:
C) Diez balboas (B/.10.00) mensuales a partir de julio de 2013.
b) Diez balboas (B/.10.00) mensuales a partir de julio de 2012.
c) Cinco balboas (B/.5.00) mensuales a partir de julio de 2013.
b) Diez balboas (B/.10.00) mensuales a partir de julio de 2013.