“No dejo de oír a la gente pidiendo auxilio, su hilo de voz perdiéndose en la oscuridad y la silueta de un hombre en el techo de su coche alumbrada por...
Impugnaciones a las firmas, el siguiente paso en el proceso de libre postulación
- 04/08/2023 00:00
- 04/08/2023 00:00
Las firmas de respaldo recolectadas por los candidatos independientes serán sometidas a un escrutinio.
Una vez se publique el Boletín Electoral con las candidaturas presidenciales por libre postulación y la cantidad de firmas logradas se permitirá, por un espacio de tres días presentar impugnaciones.
Esto también aplica para cada uno de los otros cargos por libre postulación.
Los recursos deberán ser presentados ante los juzgados administrativos electorales.
Las impugnaciones se podían presentar desde el inicio del proceso de recolección de firmas, pero el Código Electoral también permite las impugnaciones una vez cerrado el proceso de recolección.
Las impugnaciones de firmas de respaldos a las candidaturas por libre postulación deberán presentarse antes los juzgados administrativos electorales.
Con el escrito de impugnación se deberán aportar las pruebas documentales y las declaraciones juradas.
Cumplido con lo anterior, se dará traslado al afectado, quien tendrá por un espacio de cinco hábiles tiempo para presentar su contestación y contra pruebas a las Fiscalías Administrativas Electorales.
En caso de tratarse de adherentes de una candidatura por la libre postulación presidencial se le dará traslado por dos días hábiles a la Fiscalía General Electoral.
El juzgado de la causa decidirá en los siguientes diez días ordinarios.
Los tres candidatos presidenciales que están reconocidos por el TE recolectaron 497,204. Cada uno superó las 100 mil rúbricas.
Los magistrados del Tribunal Electoral (TE) conocerán, en segunda instancia, de las apelaciones interpuestas contra las decisiones emitidas.
Este proceso de recolección de firmas inició en agosto de 2022 y se extendió por once meses.
Los candidatos tuvieron a disposición mecanismos confiables para registrar las firmas: la app, el Centro de Atención al Usuario (CAU), los quioscos multiservicio, los libros en las áreas de difícil acceso y sin conectividad a internet, y las oficinas de la institución en todo el país, en jornadas extendidas que incluían los fines de semana y días nacionales.
El TE, a través de la Dirección de Fiscalización del Financiamiento Político recordó a los precandidatos de Libre Postulación que los artículos 240 y 241 del Código Electoral y el artículo 171 del Decreto 29 de mayo de 2022, establecen que los precandidatos y candidatos proclamados deben presentar su informe de gastos dentro de los quince días calendarios siguientes a la finalización del periodo de recolección de firmas.
Se le concederá un plazo adicional, hasta el 29 de agosto de 2023 para que cumplan.
De no cumplir en este plazo, no se reconocerá entre los tres candidatos postulados para la elección general, y el TE procederá a comunicar al siguiente candidato que más firmas de respaldo le hayan sido reconocidas que participe como candidato en la elección general.
El seleccionado deberá haber cumplido con la entrega de su informe de ingresos y gastos dentro de los plazos aquí establecidos.
Los demás precandidatos que no resultaron electos tienen un plazo de sesenta (60) días calendarios, que comprende del lunes 31 julio al 28 de septiembre de 2023, para presentar el Informe de Ingresos y Gastos.
Quienes no cumplan serán sancionados según indican los artículos 558 y 559 del Código Electoral.
Las oficinas de la Dirección de Fiscalización del Financiamiento Político (DIFFPOL), al igual que las oficinas regionales y distritales del Tribunal Electoral a nivel nacional se mantendrán abiertas todos los días, incluyendo sábado y domingo en horarios de oficina, para la recepción de los informes de ingresos y gastos.