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Fiscalía y Tribunal de Cuentas se enfrentan por casos de juntas comunales
- 23/08/2023 00:00
- 23/08/2023 00:00
El magistrado del Tribunal de Cuentas, Alberto Cigarruista, afirmó que varios diputados (del periodo 2009-2014), hicieron su campaña política con plata del Estado, “pero se salvaron” de los procesos patrimoniales al no ser incluidos en las auditorías realizadas por la Contraloría General de la República.
Esta fue parte de la respuesta que dio el magistrado Cigarruista frente a algunos cuestionamientos hechos ayer en la comisión de Presupuesto de la Asamblea Nacional, en la cual sustentó el presupuesto de la entidad para 2024, que será de $5,2 millones.
El diputado Juan Diego Vásquez le recordó a Cigarruista lo dicho por la fiscal de cuentas, Waleska Hormechea, el día anterior en la propia comisión de Presupuesto, de que había detectado que de un tiempo para acá el pleno del Tribunal de Cuentas había estado ordenando archivos en casos de juntas comunales en los cuales no existen los documentos para sustentar un gasto, y que esto ha pasado en una decena de casos.
Al respecto, Cigarruista respondió que la Fiscalía General de Cuentas “no ha entendido el derecho” y explicó que en las elecciones antepasadas (2014) se les depositó el dinero a algunos diputados para su campaña política en las juntas comunales [...] muchos diputados hicieron la campaña política con la plata del Estado que se depositó en las juntas comunales”, precisó.
Agregó que por alguna razón, que dijo desconocer, la Contraloría del momento (a cargo de Federico Humbert), no llamó a declarar ni ordenó la práctica de auditorías a los diputados que estaban inmersos en ese tema.
“Sí se han llamado y tomaron de tontos útiles a los representantes de corregimiento y a los tesoreros de las juntas comunales; contra esos fue que se abrieron procesos patrimoniales. La plata se la gastaron los diputados, pero los procesos patrimoniales se abrieron contra los representantes de corregimiento”, afirmó Cigarruista.
Explicó que los representantes no tienen los documentos sustentatorios de los gastos, porque quienes distribuían el dinero en la campaña política eran los diputados y no pedían facturas.
Frente al archivo de algunos de estos casos, Cigarruista, basándose en lo que establece la Ley 38 de 1984 con relación a la falta de documentos sustentatorios, dijo que “nadie puede ser condenado al tenor de una presunción”. “Para condenar a una persona en la esfera penal se necesita plena prueba o indicio. La jurisprudencia del Tribunal de Cuentas es que la falta de documentos sustentatorios si bien es suficiente para llamar a juicio, no es suficiente para condenar”.
Planteó, además, que la Ley 67 del 14 de noviembre de 2008 dice que la carga de la prueba la tiene la fiscalía, pero “la fiscalía no prueba”.