Fiscalía Electoral investigará 'distorsión' electoral en San Felipe

Actualizado
  • 08/09/2023 00:00
Creado
  • 08/09/2023 00:00
En el corregimiento residen 692 personas aptas para ejercer el derecho al voto, según el Censo de Población, pero según el padrón electoral 3.900 ciudadanos están habilitados para votar
El corregimiento de San Felipe fue fundado el 26 de mayo de 1915.

La 'distorsión' electoral en el corregimiento de San Felipe, distrito de Panamá, será investigada por la Fiscalía Electoral. Hoy la Asociación de Vecinos y Amigos del Casco Antiguo presentará una denuncia para que se investigue lo que ellos llaman una 'distorsión'.

El padrón electoral preliminar, publicado en enero pasado para las elecciones de mayo de 2024 precisa que 3.900 ciudadanos están habilitados para ejercer el derecho al voto, sin embargo, según el Censo de Población y Vivienda de 2023 en el corregimiento habitan 692 personas aptas para ejercer el derecho al voto, lo que significa que tienen más de 18 años.

La fiscalía investiga el caso de oficio, según se informó desde la propia entidad luego de una reunión del fiscal Dilio Arcia con los vecinos del corregimiento.

La Asociación de Vecinos y Amigos del Casco Antiguo, dirigida por Octavio Del Moral, aseguró en una carta enviada a los magistrados del Tribunal Electoral que “la magnitud de la distorsión electoral solo conducirá a un resultado electoral falso y engañoso, en beneficio de quienes siempre se han aprovechado de los vicios del padrón electoral”.

La residencia electoral, según el Tribunal Electoral, se establece según una declaración jurada de los ciudadanos. “El cambio doloso de residencia está tipificado como delito contra la honradez del sufragio en el artículo 527 del Código Electoral y es sancionado con 100 a 1.000 días multa, duplicándose la pena a los que hayan instigado la comisión del delito.

El cambio de residencia para las elecciones de mayo de 2024 finalizó el 5 de enero de 2023, como lo ordena el artículo 24 del Código Electoral.

El Código Electoral establece que los juzgados electorales son la única instancia que atenderá el tema de las impugnaciones al padrón electoral preliminar.

Cerrado el registro, se emite el padrón preliminar para someterlo a un periodo de impugnaciones a cargo de los juzgados administrativos electorales.

La residencia electoral, según el artículo 69 del Decreto Reglamento de las Elecciones, establece que “para efectos de las impugnaciones al padrón electoral preliminar se entenderá como la residencia electoral el lugar donde el elector reside habitualmente y es lo que le da el derecho a inscribirse y permanecer en el registro electoral de un determinado corregimiento”.

El delito electoral más común en Panamá, es el cambio doloso de residencia. Por ello, en los últimos 20 años, según cifras del TE, 2.786 personas han sido condenadas por cambio de residencia y han pagado multas por $170.349,50.

Estos cambios se dan, por lo general, en corregimientos pequeños en los que el trasiego de unos cuantos electores puede hacer la diferencia en los resultados.

A la fecha en Panamá existen 589 corregimientos, de los 701 que existen, que tienen menos de 5.000 electores.

Para hacer un cambio en la distribución política del corregimiento se debe modificar la ley que creó el corregimiento de San Felipe.

El Tribunal Electoral advirtió que no hay forma que la entidad y la Fiscalía Electoral puedan excluir a ninguna persona del padrón. “Solo queda la opción de denunciar penalmente ante la fiscalía a las personas que siguen como elector o que votaron en un corregimiento donde no residen para que sean investigados y sancionados”, aseguró la entidad en una carta enviada a la asociación.

Además, los juzgados electorales no tramitaron ninguna denuncia al padrón electoral del corregimiento de San Felipe, donde en su mayoría están ubicados los ministerios.

En enero pasado se publicó el padrón electoral preliminar que determina que 3.041.086 personas están habilitadas para ejercer el derecho al voto.

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