Carlos Lee: 'La profesión (de la abogacía) se ha convertido para muchas empresas universitarias en un negocio'

Actualizado
  • 22/09/2022 00:00
Creado
  • 22/09/2022 00:00
El abogado y activista ciudadano conversó sobre las reformas a la ley de la abogacía. Habló además de la necesidad de exigir a las universidades privadas elevar el nivel de formación de los profesionales del derecho
Carlos Manuel Lee Vásquez es un hombre idealista, comprometido con la justicia.

Carlos Manuel Lee Vásquez es un hombre comprometido con la justicia, la democracia y la profesión de abogado.

En medio de una reforma a la ley que regula la abogacía en el país, 'Jueves de Entrevista', de La Estrella de Panamá, conversó con el hombre de derecho.

Lee apuntó que la reforma busca garantizar la buena preparación de los profesionales del derecho. Hay universidades privadas que sacan al mercado laboral abogados con deficiencias formativas, porque la profesión ha terminado convirtiéndose en un negocio.

Actualmente existen cerca de 28 mil o 29 mil abogados en el país. La profesión se ha convertido en una de las más cotizadas, pero también una de las más fáciles de alcanzar.

La Corte Suprema de Justicia, en la Sala Cuarta de Negocios Generales, impuso un requisito obligatorio para filtrar el proceso: impone un curso que debe darse y superarse antes de que los abogados salgan al mercado laboral.

Para Lee, el problema radica en la supervisión que debe ejercer la Universidad de Panamá a las empresas privadas con el cumplimiento del pensum académico. No en el bloqueo de la idoneidad del abogado después de haber invertido dinero y tiempo en su formación en un centro educativo superior privado.

El abogado también abrió espacio en su agenda para conversar del caso Odebrecht y, por supuesto, de la elección del nuevo magistrado de la CSJ.

¿Por qué se requiere una reforma a la ley de la abogacía?

El debate sobre reformar la ley que regula la profesión de los abogados viene de hace más de diez años. El tema ha sido expuesto en diferentes foros, motivado por el Colegio Nacional de Abogados (CNA).

La reforma trata de garantizar que los abogados que tengan idoneidad para ejercer el derecho estén bien preparados. Yo tengo mis observaciones al proyecto de ley.

¿Cuáles son esas observaciones?

El proyecto de ley trata de resolver el problema cuando el candidato a abogado ha terminado su etapa de formación en las universidades. A mi juicio, el problema radica en que debe haber una supervisión más cercana y severa del plan de estudios de la carrera. Debe darse un seguimiento. La Universidad de Panamá (UP) tiene la responsabilidad de vigilar y supervisar las carreras y las diferentes universidades privadas. Debe tener una mayor incidencia en esa supervisión para que se garantice que las personas que están formadas y que adquieren un título, salgan preparadas. Hay universidades que son poco exigentes, que están sacando abogados casi sin formación, o con muy débil formación.

La Sala Cuarta de Negocios incorporó un requisito para resolver deficiencias formativas, ¿cierto?

La Corte Suprema de Justicia, la Sala Cuarta de Negocios, que es la que otorga la idoneidad, incorporó un requisito para que los aspirantes a abogados reciban y superen un curso de habilitante que les otorga el Instituto Superior de la Judicatura. Como la propuesta del colegio, todas las alternativas o caminos intentan resolver una deficiencia formativa.

La profesión se ha convertido para muchas empresas universitarias en un negocio. Han perdido un poco la orientación de garantizar una formación sólida a los estudiantes que están optando por la carrera de derecho. Definitivamente esto es algo que tenemos que revisar, porque van cerca de 28 mil abogados con idoneidad.

Mi pregunta es, ¿por qué a una persona que se le ha dejado invertir en su formación en una universidad, se le va a poner trabas para recibir su idoneidad, después que dejaste que se formara, que invirtiera su dinero? En la práctica, esto es lo que ha pasado en la CSJ. Creo que aquí ha habido temor de meterse con las facultades de derecho de las universidades privadas.

¿De quién es la responsabilidad?

No se trata de quién saca a los abogados en menos tiempo, sino quién saca a los más preparados. Yo pienso que la responsabilidad es de la institución que por mandato constitucional debe supervisar y autorizar la apertura de centros educativos a nivel superior, que es la Universidad de Panamá. No cumple con la responsabilidad de hacer unas supervisiones permanentes, de estar revisando el pensum académico de las diferentes facultades, y exigiendo que se eleven los niveles de exigencia de la formación de los abogados.

Vamos a cambiar de tema. ¿Qué significa el caso Odebrecht para la sociedad?

Es un caso simbólico que pone a prueba nuestro sistema de justicia, que viene siendo cuestionado. Es un sistema de justicia que no da confianza, al que la ciudadanía le tiene aprensión porque no percibe la independencia necesaria para que se ajuste y falle en derecho. Y para que pueda sortear todas las presiones de carácter económico y político que se pretendan ejercer sobre la justicia. En este momento la justicia panameña está a prueba. Va a depender mucho de que las decisiones que se tomen estén sustentadas en derecho, tengan una explicación jurídica, que no haya sorpresas; que haya una vista fiscal cargada de argumentación y, sobre todo, teniendo pruebas contundentes que hablan de la responsabilidad de las personas que están siendo sindicadas.

Pero hay que entender que la justicia es condenar a los culpables y absolver a los inocentes.

La ciudadanía espera que se haga justicia, que el Estado pueda recuperar de alguna manera el daño causado por el delito de corrupción generado a través de Odebrecht para beneficiarse de los proyectos. Lo que hay que entender es que el dinero que se pagó para coimear a los funcionarios es público. Es dinero que recupera la empresa a través de las adendas y sobrecostos que tienen los proyectos que realizó. Al final no es la empresa la que está pagando la coima, sino el mismo Estado.

La población espera que no haya impunidad porque se ha podido probar que hubo sobrecostos con pruebas contundentes, con auditorías de peritos particulares que demuestran que los costos con los que se pagaron estos proyectos sobrepasan los reales.

En otros países de la región ha habido condenas, ¿esto pone presión a la justicia?

En el caso de Panamá, tenemos dos condenados en la jurisdicción estadounidense. Ciertamente lo que mencionas es una alarma y una referencia. Pero la mayor referencia es que dos panameños, que también están siendo sindicados aquí, fueron condenados por las mismas causas en EE UU. Aquí quisiera aprovechar para aclarar que algunos abogados están planteando que fueron juzgados en EE.UU. y por lo tanto no se pueden juzgar aquí. Esa es una afirmación errónea porque en EE.UU. se les acusa de haber usado el sistema bancario estadounidense para lavar dinero. Los procesos que a ellos les están siguiendo en Panamá son por corrupción y asociación ilícita para delinquir. No son los mismos delitos y, además, estos se cometieron aquí. Pretender aplicar el principio del doble juzgamiento es un absurdo jurídico.

¿Cuándo se interrumpe la prescripción del caso?

Una vez que el tribunal llama a juicio. Todavía está corriendo el tiempo para la prescripción. Cuando se concluye todo el proceso para la audiencia intermedia, que es la lectura de la vista fiscal y los alegatos de la fiscalía y de la defensa. Después de esto, el juez debe tomarse un tiempo para decidir si llama o no a juicio, y a quiénes llama. Una vez que haya auto de llamamiento a juicio, con ese mismo auto se interrumpe la prescripción. Por lo tanto, mientras no haya un dictamen del tribunal, en la audiencia preliminar, sigue corriendo el tiempo para prescripción.

Conversemos del proceso para escoger al nuevo magistrado de la CSJ.

Fueron 93 personas que se entrevistaron finalmente y se realizó un informe al Ejecutivo. En todas las designaciones que ha hecho este presidente (Laurentino Cortizo) solicitó al Pacto de Estado que le apoyáramos haciendo una recomendación de una lista corta. Hago la salvedad porque ningún otro presidente había acogido la recomendación del Pacto de Estado. Este gobierno ha sido el único, desde 2005 a la fecha, el único que se ha sometido al acuerdo del Pacto de Estado por la Justicia. Efectivamente se entregó una lista con 11 aspirantes que la comisión del Pacto de Estado consideró que reunían el mejor perfil para ocupar la vacante que se va producir en diciembre. Eso pasó al Ejecutivo. El presidente y su Gabinete están constitucionalmente facultados para hacer la designación. Él tiene plazo hasta antes que concluya el periodo ordinario de la Asamblea. Él elegido debe pasar a la Asamblea para ser ratificado. Tiene hasta octubre para hacer la designación y que se ratifique su nombramiento. De lo contrario debe llamar a sesiones extraordinarias.

¿A quién recomendaría para la Corte?

Hay muchísima gente muy capaz, tanto dentro como funcionarios que están aspirando a ascender al más alto cargo. Sin embargo, creemos que la CSJ necesita a un magistrado con la capacidad para entender que los fallos no solo tienen que resolver un conflicto bilateral entre dos personas, sino que tienen una incidencia en la vida económica y política del país. Debe tener una visión política en el buen sentido de la palabra.

¿Cuál sería entonces su candidato?

Cualquiera de los once podría ocupar dignamente el cargo.

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