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La ASEP recula y advierte a distribuidoras eléctricas que no podrán cortar el servicio a clientes morosos
- 28/01/2021 18:32
- 28/01/2021 18:32
Tras las críticas de diversos sectores políticos y de la sociedad civil ante la resolución emitida por la Autoridad de los Servicios Públicos (ASEP), que autorizaba a las empresas distribuidoras de energía eléctrica a cortar desde este 1 de febrero el servicio a los clientes con morosidad acumulada, la entidad decidió la tarde de este jueves reconsiderar la medida.
En un comunicado la ASEP informó que luego de analizar las inquietudes de la ciudadanía en general sobre el servicio de electricidad, ha decidido reconsiderar la medida adoptada sobre los cortes de suministro energético a los clientes morosos, estableciendo un límite hasta 400 kWh.
Para tal fin emitió una nueva resolución, en la que se advierte a la empresa Elektra Noreste, S.A. (ENSA), a la Empresa de Distribución Eléctrica Metro-oeste, S.A. (EDEMET) y a la Empresa de Distribución Eléctrica Chiriquí, S.A. (EDECHI), no podrán aplicar lo establecido en el artículo 116 del Texto Único de la Ley No. 6 de 3 de febrero de 1997, a los clientes beneficiados de la Ley No. 152 de 2020, que tengan un consumo promedio trimestral menor de 400 kWh/mes, ponderado a treinta (30) días calendario.
También se establece que a partir del 1 de marzo de 2021, las compañías deben permitir que los clientes puedan realizar arreglos de pagos, tal y como establecen las normas, antes de efectuar cualquier medida de corte.
La Asep aclaró que los cortes de suministro energético están contemplados en la Ley 6 de 1997, por lo que exhorta a la ciudadanía en general utilizar todos los canales para acercarse a las compañías que ofrecen el servicio y, de esta manera, realizar los arreglos de pagos pertinentes.