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![El proyecto establece un protocolo para la conservación y acceso al material audiovisual registrado, asegurando su uso exclusivo en investigaciones legales y administrativas. El proyecto establece un protocolo para la conservación y acceso al material audiovisual registrado, asegurando su uso exclusivo en investigaciones legales y administrativas.](http://www.laestrella.com.pa/binrepository/700x467/0c37/700d394/none/199516884/DUBE/camara_181-9384020_20250210174240.jpg)
![El proyecto establece además un protocolo para la conservación y acceso al material audiovisual registrado. El proyecto establece además un protocolo para la conservación y acceso al material audiovisual registrado.](http://www.laestrella.com.pa/binrepository/700x390/0c0/0d0/none/199516884/VAAG/pleno-camaras_181-9383907_20250210173927.webp)
- 10/02/2025 19:40
- 10/02/2025 19:23
El pleno de la Asamblea Nacional aprobó en segundo debate, el proyecto de ley 90, que regula el uso de cámaras corporales por parte de la Policía Nacional.
El proyecto impulsado por el diputado del Movimiento Otro Camino, José Pérez Barboni, fue avalado con 44 votos a favor y 3 en contra.
La iniciativa tiene como objetivo mejorar la transparencia, supervisión y rendición de cuentas en las actuaciones policiales.
En tal sentido, el proyecto establece que los policías portarán obligatoriamente una cámara corporal que grabará contenido audiovisual y deberán registrar siempre que realicen las siguientes actividades:
1. Mantenimiento del orden público
2. Intervención en emergencias
3. Investigación Preliminar
4. Operaciones de seguridad y vigilancia
5. Control de tráfico y aplicación de la ley de tránsito
6. Cumplimiento de órdenes judiciales
7. Mediación y resolución de conflictos
8. Todos los usos de la fuerza deberán ser grabados por las cámaras corporales, de igual forma cualquier llamada a un delito en curso; cualquier interacción con personas con trastornos emocionales o mentales; todas las interacciones con personas sospechosas de actividad criminal; ciertos actos de investigación que serán desarrollados en la reglamentación de esta ley y todos los registros o allanamientos de personas y bienes.
Los policías no podrán grabar ciertos encuentros delicados, como hablar con un informante confidencial, entrevistar a una víctima de un delito sexual o realizar un registro al desnudo. De igual forma las cámaras corporales no graban cuando esto interfiera con operaciones sensibles.
Según Pérez Barboni, el uso de cámaras corporales en otros países ha demostrado que estas pueden ayudar a reducir la intensidad de encuentros potencialmente volátiles y que pongan en riesgo a los involucrados.
También, precisó que estos pueden proporcionar pruebas importantes en procedimientos administrativos, penales y civiles, así como para resolver denuncias ante las Casas Comunitarias de Paz.
Los videos que sean extraídos de las cámaras corporales que porten los policías, tendrán plena validez jurídica dentro de cualquier proceso judicial o administrativo, y dentro del proceso de investigación penal. Los fiscales proporcionarán los videos a los acusados.
Durante el debate, se incorporaron propuestas de modificación para perfeccionar la normativa, incluyendo disposiciones sobre el uso adecuado de los dispositivos, la protección de datos grabados y los derechos de privacidad tanto de ciudadanos como de agentes.
El proyecto de ley incluye lineamientos para la instalación, operación y supervisión de las cámaras, además de establecer un protocolo para la conservación y acceso al material audiovisual registrado, asegurando su uso exclusivo en investigaciones legales y administrativas.