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“La acción de inconstitucionalidad no es un remedio procesal más y mucho menos una tercera instancia”; este fue el argumento del pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) para rechazar la demanda del expresidente Ricardo Martinelli ante su sentencia por blanqueo de dinero.
El equipo legal del exmandatario demandó de inconstitucional la sentencia mixta del 17 de julio de 2023, de 128 meses de prisión (diez años) y la pena accesoria de $19.2 millones por el caso “New Business”.
En esta investigación, el Ministerio Público evidenció transacciones ilícitas para comprar la editora Panamá América (Epasa) y cuyo beneficiario final fue Martinelli.
Se trató de un complejo esquema con personas jurídicas y naturales que, mediante transacciones, recolectaron entre el 15 y 27 de diciembre de 2010, $43,9 millones en una cuenta bancaria de la sociedad New Business Services Limited, en un banco offshore.
El argumento de Carlos Carrillo Gomela, abogado del exgobernante, es que se vulneraron derechos constitucionales al desconocer el principio de especialidad que establece que una persona extraditada no puede ser procesada por delitos distintos a los que motivaron su extradición, en este caso de Estados Unidos.
Sin embargo, el fallo, bajo la ponencia de la magistrada María Eugenia López Arias, afirma que el demandante “se explaya en cuestionar el criterio legal expuesto en la decisión” de la jueza segunda liquidadora de Causas Penales del Primer Circuito Judicial, Baloísa Marquínez.
“Lo que denota que, en realidad, su objetivo es alcanzar la reparación de un agravio subjetivo o particular, como si de una tercera instancia se tratase, lo queno es permisible”, porque la inconstitucionalidad busca mantener la supremacía jurídica de la Constitución.
Agrega que este reclamo relacionado al principio de especialidad fue atendido por el juez de la causa y de conocimiento del Tribunal Superior de Liquidación de Causas, según el fallo con fecha del 19 de diciembre de 2024.
Los magistrados Ángela Russo, Carlos Vásquez y Olmedo Arrocha salvaron su voto, y la magistrada Maribel Cornejo emitió un voto “recurrente”. El fundamento en común de ellos es que debió admitirse el recurso para posteriormente evaluar el fondo.
Carrillo resalta que el exgobernante nunca renunció a su derecho al principio de especialidad.
El expresidente Ricardo Martinelli se encuentra asilado desde el 7 de febrero de 2024 en la Embajada de Nicaragua en Panamá. A su vez, es investigado por posible blanqueo de capitales por el caso Odebrecht.
Desde este lunes 20 hasta el 28 de febrero será la audiencia ordinaria de Odebrecht, en el que hay 26 personas procesadas, entre estos el exmandatario Martinelli y sus dos hijos.