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Delitos de corrupción se mantienen en el nuevo proyecto sobre extinción de dominio
- 11/08/2023 00:00
- 11/08/2023 00:00
Los delitos contra la administración pública se mantienen en la gama de delitos graves que serán atacados con el nuevo proyecto de ley sobre extinción de dominio de bienes ilícitos, anunciaron ayer autoridades del Ministerio de Seguridad, del Órgano Judicial y del Ministerio Público.
El ministro de Seguridad, Juan Manuel Pino, anunció que en los próximos días presentará a la Asamblea Nacional el nuevo proyecto de ley sobre extinción de dominio, luego de que los diputados archivaran en la pasada legislatura el primer proyecto presentado, al no contar con los votos necesarios para su aprobación. “El objetivo de este nuevo proyecto es el mismo, debilitar el músculo financiero del crimen organizado. Esta es una herramienta que puede usar el Estado panameño para contrarrestar el crimen organizado internacional”, afirmó Pino en conferencia de prensa, en la que también participaron autoridades del Órgano Judicial, del Ministerio Público y del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
Con el nuevo proyecto se acogen las nuevas tendencias en materia de medidas cautelares, por lo que se requiere del 'humo del buen derecho', es decir, que esté acompañado de los elementos de la vinculación del bien con la actividad ilícita.
De igual manera, en el documento se ha reducido el catálogo de actividades ilícitas a las señaladas en la Ley 121 de 2013, que se refiere a los delitos graves, incluyendo los delitos contra la administración pública, según confirmó el secretario general del Ministerio de Seguridad, Jonathan Riggs.
“Se mantienen los delitos contemplados en la Ley 121 sobre delincuencia organizada que establece un sinnúmero de delitos, entre los cuales están los delitos contra la administración pública”, dijo.
Según informó Rómulo Bethancourt, fiscal especializado contra la Delincuencia Organizada, para los efectos de este proyecto de ley las actividades ilícitas comprenden cualquier actividad tipificada como delito grave conforme a la Ley 121 de 2013, sobre delincuencia organizada, que incluye: blanqueo de capitales, delitos relacionados con drogas, trata de personas, tráfico de personas y tráfico de órganos, tráfico ilegal de armas, municiones y explosivos, terrorismo y financiamiento de terrorismo, explotación sexual comercial y pornografía con personas menores de edad, secuestro y extorsión.
También se incluye el delito de homicidio y lesiones graves físicas o psíquicas. Igualmente el hurto y robo de vehículos, sus piezas y componentes, manipulación genética, piratería, delitos financieros, contra la administración pública, contra la propiedad intelectual, contra la seguridad informática, contra el ambiente, asociación ilícita, delitos contra el patrimonio histórico de la nación, falsificación de monedas y otros valores, falsedad en documento público, delitos cometidos con tarjeta de crédito, sicariato y cualquier otro delito realizado en concurso o conexidad con los delitos anteriormente indicados.
Al respecto, la magistrada del Primer Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, Guimara Aparicio, al referirse a la inclusión de los delitos de corrupción y la reticencia de miembros del Legislativo a incluir este delito en este proyecto, manifestó que “menos de eso no podemos... dejaría mucho que decir de Panamá”.
Esa, dijo, fue la conclusión a la que se llegó como mesa técnica, “que es importante al menos los delitos graves”. “¿Quién clasificó esos delitos graves... la Asamblea, nuestra Asamblea estableció esos delitos graves en la Ley 121 de 2013”, precisó Aparicio.
Enfatizó entonces que como mesa técnica asumieron la responsabilidad que les toca frente al país y han incluido los delitos graves que contemplan los delitos contra la administración pública con penas mínimas de cinco años. “Sobre quienes estén preocupados por esa inclusión, es otra cosa, yo creo que no debemos adelantarnos, cada uno tendrá que jugar su rol histórico”, indicó.
Aparicio sostuvo que la criminalidad organizada quiere mantener su posición y quiere ir todavía más alto. “¿Qué va a hacer con ese patrimonio que tiene?... va a tratar de llegar a los estamentos públicos para conservar su poderío”, destacó.
Por lo tanto, indicó que los expertos internacionales encontraron que la forma de ir contra la criminalidad organizada era yendo contra el patrimonio, descubriendo que ese patrimonio no tenía muchas veces una causa lícita
Es decir, detalló, que hay un capo y hay testaferros, les traspasan los bienes a personas que no tienen nada que ver con la operación criminal, pero que custodian u ocultan los bienes, “eso no lo permite la ley”.
En tal sentido, precisó que lo que hará la extinción de dominio es ir contra estos bienes “in rem”, es decir, que no va contra el sujeto, contrario al proceso penal que sí va contra el sujeto y se requiere culpabilidad, pero en la extinción de dominio no, solo se requiere la acreditación de que existe una actividad ilícita o tipificada como delito y que es antijurídica, que va contra el derecho y contra la ley.
El fiscal Bethancourt añadió que el Ministerio Público tendrá la obligación de demostrar en una investigación que un bien determinado está vinculado por su origen con la criminalidad, utilizando las herramientas que ya el sistema jurídico reconoce.