Este viernes 20 de diciembre se conmemoran los 35 años de la invasión de Estados Unidos a Panamá. Hasta la fecha se ignora el número exacto de víctimas,...
Ley de conflictos de intereses, un reto para Antai
- 13/02/2023 00:00
- 13/02/2023 00:00
Cerca de 13 mil personas, entre ellos, autoridades máximas , electas y otros empleados deben presentar su declaración jurada de intereses entre el 23 de febrero y 5 de abril (30 días calendarios), en la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (Antai).
La Ley 316 de conflictos de intereses, que empieza a regir a partir del 18 de febrero de 2023, no solo exige a los servidores probidad en sus acciones sino también obliga a los de “alta jerarquía” a presentar una declaración de intereses en los primeros treinta días después de la toma de posesión del cargo. Y, anualmente deben renovarla, dentro de los primeros días de cada año.
Cuando se haya vencido el plazo para la presentación de la declaración jurada de intereses, en caso de que no la hayan presentado, los servidores serán requeridos por la Antai, , que será la garante del cumplimiento de la Ley.
Si los servidores públicos presentan información defectuosa o han incumplido con los plazos establecidos pueden ser sancionados con dos y tres meses de salario. Y, en el peor de los casos, cuando la información presentada sea falsa, el superior jerárquico podrá iniciar un proceso sancionador y aplicar la suspensión de cargo.
En países en los que se ha implementado este tipo de acciones se logra tener un mejor control ciudadano y de las propias instituciones para prevenir fenómenos corruptos como el enriquecimiento injustificado y la filtración de información privilegiada para lograr contratos estatales, aseguró Olga de Obaldia, directora ejecutiva de la Fundación para el Desarrollo de la Libertad Ciudadana.
La recién sancionada Ley busca ponerle un tapón a la corrupción de los funcionarios públicos promoviendo la honradez, la transparencia y la objetividad. Y, también quiere evitar que los intereses particulares puedan influir indebidamente en el ejercicio de la gestión pública. Pero la sola existencia de la Ley no garantizará el cumplimiento de estos propósitos. Y, por el contrario, el uso deficiente de la norma conllevaría resultados contraproducentes, han advertido expertos consultados por este diario.
Con un bajo presupuesto y poco personal, la Antai asumirá una tarea que parece grande.
La institución sufrió un recorte de $3 millones del presupuesto. de $6 millones, que había solicitado. Y, solo cuenta con $2.9 millones y 69 personas para prevenir la corrupción y los conflictos de intereses de 236 mil servidores, además, de que debe velar por el cumplimiento de la Ley de protección de datos y otros asuntos de transparencia. “Sin recursos no se puede luchar contra la corrupción”, dijo Elsa Fernández, directora de Antai, durante la sustentación del presupuesto de la institución en septiembre de 2022.
En estas condiciones, será difícil una implementación completa y satisfactoria, advirtió Carlos Barsallo, abogado que se ha destacado por su lucha anticorrupción. “Se debe dedicar tiempo y recursos y tener voluntad de entrar en el fondo de todas las declaraciones”, enfatizó Barsallo.
El abogado recalcó que la contribución de la nueva norma a la lucha contra la corrupción dependerá de la real implementación de la misma. En ese sentido, los ciudadanos deben exigir una verdadera implementación y cumplimiento de la ley, sin distinciones de ninguna naturaleza.
“Esta Autoridad está realizando la planificación y los ajustes presupuestarios ante el Ministerio de Economía y Finanzas para contar con el personal e insumos necesarios para la implementación, reglamentación y aplicación de la Ley, en virtud de las facultades otorgadas por la misma norma”, prometió Fernández,
Aunque, nadie niega que la nueva norma es un paso adelante en la lucha contra la corrupción, no es perfecta. Su mayor imperfección recae en que la declaración jurada de intereses de servidores de “alta jerarquía” no será pública, explicó Obaldía .
Para promover la transparencia, la ciudadanía debe exigir a los funcionarios, sobre todo, a aquellos que aspiran a reelegirse a puestos de elección presentar voluntaria y abiertamente la declaración de intereses.
La ciudadanía también debe exigir a la Antai que cumpla con la recolección, verificación y actualización de la declaración de intereses, expuso Obaldía.
“Lo que nos toca hacer - como ciudadanía - como parte de una democracia participativa es precisamente participar y dejar a un lado la indiferencia”, dijo de Obaldía. Y, es que tanto la declaración patrimonial, como la de intereses, son mecanismos de rendición de cuentas para prevenir actos de corrupción en la gestión pública.
La directora ejecutiva de la Fundación para el Desarrollo de la Libertad Ciudadana explicó que actualmente no se está cumpliendo con los estándares mínimos de transparencia para impulsar la probidad en los servicios públicos.
Uno de los puntos en que la Asamblea Nacional de Panamá sale mal calificada en los índices de medición de transparencia legislativa es porque los diputados no están obligados a presentar una declaración patrimonial o declaración jurada de interés. Cuando se realizó la reforma que exigía la declaración patrimonial, los diputados se excluyeron de hacerlo. Mientras que el resto de los funcionarios de “alta jerarquía” entregan la declaración patrimonial, al inicio de la gestión. Pero, no había nadie que la verificara.
Y, como consecuencia, en los últimos doce años, Panamá parece estancada en el Índice de Percepción de Corrupción de Transparencia Internacional (TI). Este año, el país obtuvo 36 puntos para situarse en el puesto 105 de 180, en una medición en donde cero significa más opaco o corrupto y 100 más transparente.
En su informe TI destacó para las Américas que los líderes no han adoptado las medidas contundentes para combatir la corrupción y fortalecer las instituciones públicas.
La Ley impulsada por el diputado de la Asamblea Nacional de Panamá, Gabriel Silva y sancionada por el presidente de Panamá, Laurentino Cortizo el 18 de agosto de 2022, incluye al sector privado, específicamente en los temas relacionados con las licitaciones públicas de bienes y servicios, a fin de prevenir posibles conflictos de interés en la gestión pública.
En otras cosas, la norma establece que no podrán ser adjudicadas las licitaciones en las que exista un conflicto de interés entre un funcionario de la institución contratante y el contratista. En este caso, el sujeto obligado (servidor público) debe manifestar su conflicto ante su superior jerárquico y separarse de manera inmediata del asunto.
Deben declararse impedidos de conocer los asuntos que interesen a empresas y sociedades en las que el servidor, su cónyuge o familiares, dentro del segundo grado de afinidad o consanguinidad, hayan asesorado o administrado en los dos años anteriores a la toma de posesión del cargo.
Cuando se trate de concesiones y privatizaciones de empresas o de servicios públicos, los funcionarios que antes de ocupar un puesto y durante el ejercicio de las funciones han intervenido en la planificación y desarrollo de los proyectos y hayan tenido acceso a información privilegiada no podrán ocupar puestos en entes o comisiones reguladoras en los tres años posteriores a la adjudicación en la que hayan participado.
La Ley también prohíbe a los servidores recibir regalos, donaciones, favores, invitaciones o servicios que puedan representar un conflicto de interés.
Y, es categórica al establecer que los sujetos obligados no podrán percibir dos o más sueldos del Estado, salvo en casos excepcionales establecidos en leyes vigentes, ni mucho menos desempeñar cargos con jornadas voluntarias. Aunque, se exceptúa aquellas actividades relacionadas con la enseñanza en instituciones educativas.
No se podrá hacer uso de la condición del cargo público, por sí mismo o por interpuesta persona, para tener un trato favorable o mejorar la condición de la que goza el resto de la ciudadanía.