Juez declara no probada pretensión de ex comisionado Javier Fanuco contra periodista y Nextv

Actualizado
  • 03/08/2022 18:55
Creado
  • 03/08/2022 18:55
El juez también negó la declaración de temeridad y el resarcimiento de daños y perjuicios aducidos por la sociedad demandada contra Fanuco

El juez Hilario González Ariza, del Juzgado Decimotercero del Primer Circuito Judicial de Panamá, Ramo de lo Civil, declaró no probada las pretensiones económicas en un proceso legal interpuesto por el ex comisionado de la Policía Nacional, Javier Enrique Fanuco Pimentel en contra de la periodista María Guadalupe Castillo Madriz y la Concesionaria Digital de televisión y Conmunicaciones (NexTV).

Javier Enrique Fanuco Pimentel, ex comisionado de la Policía Nacional.

El ex comisionado Fanuco Pimentel, por intermedio de su apoderado judicial había interpuesto un proceso ordinario en contra de Castillo Madriz y la Concesionaria Digital de Televisión y Conmunicaciones, en donde se argumentó que este sufrió daños y perjuicios, luego de una entrevista que se diera en el noticiero de la edición matutina trasmitido en Next Noticias, el día 11 de septiembre de 2017.

Ese día, se transmitió la entrevista de Joseth Montero en el noticiero matutino, la cual fue realizada por la periodista Castillo Madriz; en donde según el apoderado judicial de Fanuco, se realizó una denuncia de forma pública de acoso sexual "falsa", donde se calificó a su representado de "homosexual".

Según la parte denunciante, la periodista, de forma maliciosa y siguiendo el orden de ideas de lo que manifestaba Montero, realizó la pregunta "¿usted está queriendo decir que el señor Fanuco pretendía tener una relación homosexual con usted?"; en consecuencia, señala, "la periodista actuó de forma irresponsable al permitir que el entrevistado, realizara alegaciones falsas, en contra de su representado".

El denunciante solicitó que solidariamente se le condene a la periodista y a la concesionaria a pagar la suma de $25,000.00 en concepto de daños y perjuicios morales ocasionados a Fanuco y sus costas e intereses legales.

En la contestación de la demanda, la firma Watson & Associates, en representación de la sociedad Concesionaria Digital de Televisión y Comunicaciones S.A., solicitó al juez negar las pretensiones de la demanda e imponer costas ejemplares, por presentar una demanda "temeraria y de mala fe".

Además solicitaron que se fije en conceptos de daños causados a su mandante, la suma de $10,000.00.

El juez González Ariza, en su fallo indicó que se ha evidenciado que la periodista, al llevar la entrevista, solo recalcó situaciones que ya el entrevistado había señalado, el cual hacía referencia a situaciones inusuales, durante el periodo que se desempeñó como unidad policial, en ella manifestaba por ese medio.

Destacó además que la divulgación a la que hace referencia la parte actora, no fue establecida por ninguno de los hoy demandados, sino por el entrevistado, al cual, se le permitió narrar los hechos ante un medio público de comunicación.

"Es por ello que este juzgador considera que no existen elementos suficientes que permitan acreditar fehacientemente la base de la pretensión; aunado a ello, las mofas a la que se hacen alusión, consecuencia de la posible actuaciones ajenas a los demandados y realizadas por terceros, por lo que los demandados no pueden hacerse responsables, debido a que la información es de dominio e interacción pública, tal cual se manejan las redes sociales en la actualidad", detalló.

En síntesis, consideró el juez, no existen elementos que permitan determinar la existencia de negligencia o descuido grave al respecto del manejo deontológico y técnico de la entrevista, alejado de los rigores propios y éticos del periodismo.

El juez también negó la declaración de temeridad y el resarcimiento de daños y perjuicios aducidos por la sociedad demandada, ras considerar que no existen evidencias de que el ex comisionado Fanuco haya actuado con temeridad

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