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Márquez Amado: 'AMP ha monopolizado el servicio de alquiler de lanchas'
- 31/05/2022 00:00
- 31/05/2022 00:00
La Autoridad Marítima de Panamá (AMP) ha monopolizado el servicio de alquiler de lanchas para inspeccionar buques, contratando tres veces seguidas a una sola empresa: Stward Agency, Inc.
La decisión ha despertado sospechas, más aún cuando los pagos del servicio se harán a través de la oficina en Nueva York.
El abogado especialista en derecho marítimo y exdirector de Marina Mercante Guillermo Márquez Amado, en el documento “opinión del ex magistrado sobre la réplica de la AMP”, al artículo “Contratos de la AMP denotan falta de transparencia”, establece que la adquisición de cualquier servicio no debe dejar duda de transparencia, probidad y alejamiento de cualquier tipo de padrinazgos en las instituciones.
Márquez Amado añade que la potestad que tiene la autoridad de contratar un servicio no la exime del cumplimiento de las normas de selección de contratista que existen en el país y que fueron instauradas para garantizar una ventaja notoria al Estado.
Las contrataciones –en su análisis– debieron justificarse en un informe técnico que acompañara la decisión del gasto al Estado panameño considerando que en el país existen varias empresas que prestan el mismo servicio que la contratista.
Según el abogado, la AMP tampoco da razones que justifiquen una contratación que en más de 100 años de existencia de la Marina Mercante panameña, y de más de 20 de ser la primera del mundo, no ha sido necesaria.
La respuesta de la AMP, que señala que se contrató a la empresa que ofertó el mejor precio después de efectuadas tres cotizaciones, pretende justificar la contratación para llevar a cabo la inspección anual de seguridad (ASI).
Pero, según Márquez Amado, “la inspección así es mandatoria y es programada por el dueño de la nave que mediante una agencia negociaba el mejor precio para contratar el servicio de lanchas”.
Para él, las contrataciones son regresar a un pasado, antes de la norma moderna de Contratación Pública.
“Prácticamente han monopolizado el servicio en un solo proveedor, eliminando la libre competencia en este mercado y generando un costo adicional para el Estado”.
Uno de los puntos que han despertado sospechas es que el contrato establece que “únicamente son pagadas las horas efectivas y debidamente sustentadas (horas de transporte y espera), que se consuman en las inspecciones realizadas en el mes correspondiente”.
Sin embargo, el contrato establece claramente la posibilidad, de que, con la mínima rigurosidad técnica, se puedan aprobar adendas sin límites, según la cláusula tercera, común en los tres.
“Los procedimientos descritos de cómo se cumple este privilegiado contrato, con sus formularios, números y demás pequeñeces, todos son posteriores a la elección, también privilegiada de una empresa, sin seguir los principios mínimos de la contratación pública, sobre todo el de igualdad de proponentes...”, advierte el abogado.
Pero aún más sospechoso resulta el uso de una cuenta en Estados Unidos, la de Segumar, para cubrir este servicio que es ofertado por una empresa nacional, en suelo panameño. ¿Por qué usar una cuenta internacional sin control de la Contraloría o CENA (Consejo Económico Nacional)?, se pregunta.
Expertos indican que la cuenta de Segumar siempre ha sido para contratar lanchas para inspecciones o servicio por un accidente en el exterior y así Panamá poder ofrecer los servicios de su bandera.
“Respecto a las incuestionables anomalías, la respuesta del director de la AMP ha sido el silencio respecto a las ocasiones y fechas de los actos públicos de convocatoria, calla la información sobre las actas y actos administrativos que fundamentan lo que manifiesta, ni aclara cómo una sola empresa ha sido escogida directamente por él, durante tres años seguidos, sin seguir las disposiciones de contratación que deben seguirse conforme a ley para bien de la administración pública y de los intereses de los ciudadanos”, concluyó Márquez Amado.
El contrato 3003 de 2020, el A-3001 de 2021 y el 3003 de 2022 fueron suscritos entre el administrador general de la institución, Noriel Araúz, y el ciudadano Pablo Torres Chong, en su condición de representante legal de la empresa Stward Agency, Inc, para el alquiler de lanchas para inspección de buques.