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- 19/04/2018 02:00
- 19/04/2018 02:00
El Juzgado Noveno del Circuito Civil de Panamá sentenció a la Unión Nacional de Corredores de Aduanas de Panamá (Uncap), que a través de asamblea general con sus agremiados, considerados competidores entre sí, establecieron cobrar un precio mínimo en el servicio de corretaje de aduanas, constituyéndose esta en una ‘práctica monopolística absoluta'.
La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) demostró, con esta demanda, que profesionales y asociaciones no están excluidos de la Ley 45 de 2007, que prohíbe prácticas monopolísticas en el mercado local.
La sentencia del Juzgado Noveno no solamente declara e incluye a algunos directivos de dicha asociación de corredores de aduanas, sino también a la asociación en sí, generándose un antecedente en el país sobre el manejo de sociedades de varias empresas, al ser el medio donde se intercambia información y se realiza la conducta indebida, resultando responsable directa ante este tipo de prácticas anticompetitivas que laceran finalmente al consumidor panameño y sus derechos.