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Panamá emitirá $1.600 millones en títulos valores
- 21/07/2023 00:00
- 21/07/2023 00:00
El Consejo de Gabinete, en la sesión celebrada el 22 de junio de 2023, autorizó la emisión de uno o varios títulos valores del Estado y su colocación en el mercado local de capitales por un monto de hasta $1.600 millones, según consta en el decreto de Gabinete N° 23 del 27 de junio de 2023, publicado en la Gaceta Oficial Digital No. 29827.
Los recursos son para cubrir parcialmente las necesidades de recursos del presupuesto general del Estado de la vigencia fiscal 2023 y otras vigencias fiscales, además de pagar los costos y gastos asociados con las emisiones y/u operaciones autorizadas por el presente decreto.
El presupuesto general del Estado 2023 asciende a $27.579,4 millones, un aumento de $416,5 millones con respecto al de 2022; y fue estructurado manteniendo el balance de 3% del déficit como límite máximo que establece la Ley de Responsabilidad Social Fiscal (LRSF)
“Las necesidades de financiamiento del presupuesto del año 2023 se estiman en $4.153 millones”, según datos del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
En el decreto en mención, el mecanismo de colocación se estableció a través de construcción de libros (bookbuilding) subasta múltiple, colocaciones directas, operaciones de canje o cualquier otro mecanismo que el Estado considere oportuno y que sea conforme a las prácticas de mercado prevalecientes en este tipo de transacciones.
La emisión tiene un plazo de hasta 15 años, con un cupón fijo por determinar de acuerdo con las condiciones del mercado en el momento de efectuar la emisión u operación autorizada en el presente decreto y un pago de intereses calculado anualmente con base en 30/360 pagaderos de forma semestral.
Los títulos valores están totalmente registrados y listados en la Central Latinoamericana de Valores (Latin Clear) o en cualquier otra entidad depositaria nacional o extranjera que el emisor convenga y autorice.
El decreto autoriza al ministro de Economía y Finanzas, a la viceministra de Economía o al viceministro de Finanzas (cada uno de ellos autorizado individualmente) para negociar y acordar los términos finales de todos los contratos, acuerdos, convenios, mandatos, bonos, instrumentos, certificaciones y documentos que deben ser otorgados en relación a la emisión y redención de instrumentos domésticos, según son autorizados en el presente decreto de Gabinete.
Además de cualesquiera reforma o modificaciones a los mismos, sin limitación, mandatos, contratos de compra, bonos, contratos de agente de registro y transferencias, contratos de agente de pago, de custodia, listado en bolsa, brookrunner, underwriter, agente de cierre u otros que sean necesarios.
También los autoriza para que inscriban y firmen cualquier reporte (incluyendo sin limitaciones), el formulario de 18-K y las enmiendas al mismo de tiempo en tiempo, notificaciones, avisos, declaraciones y documentos que deben ser presentados o se considere prudente presentar periódicamente ante la Comisión de Valores de Estados Unidos de América (Securities Exchange and Commission o SEC). Y, “para aquellos contratos o documentos que así lo requieran, “deberán contar con el refrendo de la Contraloría General de la República, conforme a las normas y prácticas prevalecientes para este tipo de transacciones”, dice el decreto.
Los funcionarios del MEF también deberán gestionar, negociar y ejecutar las operaciones de cobertura de riesgo de mercado asociadas a las emisiones autorizadas a través del presente decreto y/o que busquen mitigar un incremento en el saldo de la deuda.