Malas prácticas pueden afectar el historial de crédito del consumidor

Actualizado
  • 06/08/2018 02:00
Creado
  • 06/08/2018 02:00
Quienes acceden a un financiamiento corren el riesgo de que algunos agentes económicos empleen herramientas poco conocidas para cobrarles de más

Malas prácticas de los agentes económicos podrían afectar de por vida el historial de crédito de los consumidores. Ante un total de 91 violaciones a la Ley 24 de 2002, la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) ha interpuesto sanciones por un valor de $154,700 a bancos, cooperativas y financieras, entre otros.

Las malas prácticas más comunes por parte de los agentes económicos son la revisión del historial crediticio sin la autorización del cliente y los pagos mínimos para que la cuenta no prescriba de la Autoridad Panameña de Crédito.

Nicolás O'hara C., jefe del Departamento de Investigación al Consumidor de la Acodeco, comentó que las malas prácticas por parte de los agentes económicos son reiterativas e incumplen con lo establecido en la Ley 24 de 2002.

O'hara indicó que ‘solo el deudor, codeudor o responsables de la obligación pueden realizar pagos a las mismas', debido a la denuncia de que el agente económico, con el objetivo de que la cuenta no se elimine tras siete años de estar en la APC, hacen un pago mínimo irrisorio de hasta menos de $1 para que siga activa.

CASO REAL

Una fuente que reservó su nombre por temor a represalias comentó a La Estrella de Panamá que en 1995 requería de un crédito y se dirigió a una mueblería con figura de financiera, en la cual, para otorgarle la cantidad de dinero que aspiraba, tuvo la obligación de adquirir algunos artículos y enseres del local a los cuales les elevaban el precio hasta alcanzar el monto solicitado.

Para que a dicha persona le fuese aprobado el préstamo, debió firmar una serie de documentos con casillas en blanco y entregar una fotocopia de su identificación personal, donde le otorgaba el poder a algún representante legal del agente económico para que procediera con el trámite, descuento u otras obligaciones o gastos que debían ser saldados por el solicitante, como la autenticación de firma ante un notario, las letras de cambios o pagarés, entre otros.

A los días de recibido el dinero, el cliente empezó a notar los descuentos que a su parecer correspondían al préstamo, pero transcurridos los años hasta 1997, justo seis meses antes de que se completara el pago del préstamo, el cliente, en su afán de refinanciar —al considerar que era buen cliente— solicitó una carta de saldo ante la mueblería/financiera para llevarla ante otro agente económico. Allí le informaron que debía notificarse ante un juzgado civil por el impago del préstamo.

Al recibir la carta de saldo, inició el calvario del cliente y se empezó a conocer el negocio por dentro.

Con el documento en mano, el cliente descubrió que el agente económico, escudado bajo la figura de un centro de arbitraje, había ordenado de tres a cuatro meses del secuestro del salario por el préstamo, y era esta la razón real de los descuentos que notaba.

Comprobado el hecho, interpuso una demanda por el secuestro del arbitraje y el mismo fue levantado, con lo que recuperó el salario; posteriormente, el juzgado civil le interpone otro secuestro al salario, el cual también fue levantado. Finalmente, el centro de arbitraje ordena un tercer secuestro, pero debido a otra intervención legal en su defensa, hoy, 23 años después, el cliente analiza entablar un amparo de garantías para retirar el dinero retenido en la Contraloría General de la República.

El agente económico no puede reclamar el dinero retenido en la Contraloría, ya que la cuenta prescribió por la cantidad de años. Ocurrido el caso, el cliente presentó una querella ante la Acodeco por la mala praxis de su historial de crédito, los múltiples secuestros, entre otras razones, por lo que el agente económico fue multado.

Debido a como se dieron los hechos, el cliente inició una investigación de su caso, por lo que le solicitó en reiteradas ocasiones a la APC una explicación de cómo el agente económico, a través del centro de arbitraje y el juzgado, le mantenía dos cuentas, pero su esfuerzo no rindió frutos y no fue hasta que Acodeco solicitó la información que se da el primer reporte de la APC, a pesar de que el cliente era el mayor afectado.

SANCIONES

De comprobarse la falta, la Acodeco tiene la facultad de establecer sanciones por un valor que oscila de $1,000 a $10,000, como lo establece la normativa.

En orden de importancia, las multas interpuestas por la Acodeco la lideran el rectificar historial (números), con 36 querellas, por un monto de $52,500; le sigue eliminar por prescripción, con 13 casos, con un valor de $23,100; eliminar observación ‘Cuenta contra Reserva', con 14 querellas, por $22,500; consulta del historial sin autorización del cliente, con siete 7 denuncias, con un valor de $17,000.

Otros cargos por violación a la Ley 24 de 2002 son eliminar por duplicidad de datos de referencias ya eliminadas, con cinco multas por $16,100; modificar la cuenta de activa a cancelada, siete casos por $11,500; eliminar el hecho de nunca haber mantenido relación con el agente económico, cuatro procesos por un valor de $6,000; rectificar saldo actual mantiene tres casos con un valor de $3,000, y finalmente, rectificar monto de último pago y rectificar fecha de último pago, con $2,000 y $1,000, respectivamente.

La tabla de multas la lideran bancos, 21 casos; seguido de cooperativas, con cuatro querellas; financieras, con tres quejas; funerarias, con dos casos; mueblerías (solo de muebles), dos casos y una querella ante Acodeco en temas de telefonía, venta de autos usados, alquiler de autos e inmobiliarias.

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