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La AMP asegura que cumplió el proceso legal para extender la concesión a Panama Canal Railway Company
- 19/09/2024 14:47
- 19/09/2024 13:58
La Autoridad Marítima de Panamá (AMP) aseguró que “cumplió con los procedimientos legales correspondientes de publicar a través de Gaceta Oficial, la resolución emitida por la Junta Directiva que se extiende por 25 años más el contrato de concesión de Panama Canal Railway Company”.
La AMP recordó mediante un comunicado que el contrato de concesión con Panama Canal Railway Company (concesionario del Ferrocarril del Canal de Panamá) se firmó en el año 1998 y que “el mismo establece la posibilidad de prórroga por 25 años, sujeta al cumplimiento de los términos del Contrato Ley No. 70 de 22 de enero de 1998”.
Esto significa que con la reciente resolución, el Estado prorrogó hasta 2049 el contrato de concesión No.70 del 22 de enero de 1998, que tenía con la compañía Panama Canal Railway (Ferrocarril del Canal de Panamá), tras cinco años de su vencimiento. El contrato que mantenían ambas partes finalizó el 18 de febrero de 2023.
La AMP justificó que el contrato de concesión se prorrogó luego de que “en el año 2023, la Contraloría General de la República certificó mediante Informe de Auditoría de Cumplimiento, que Panama Canal Railway Company ejecutó los términos establecidos en el Contrato de 1998, lo que le otorgaba el derecho a la extensión de la concesión”.
Y, “en febrero de 2023, la Junta Directiva de la Autoridad Marítima de Panamá aprobó la prórroga del contrato”, agregó la AMP, señalando que “por razones de seguridad jurídica y en cumplimiento de la ley, la nueva Administración debe honrar los compromisos que válidamente adquirió la autoridad de aquel entonces”.
De acuerdo con la AMP, la prórroga de este contrato se encuentra vigente a partir de su notificación, efectuada el día 19 de mayo de 2023. La resolución de la Junta Directiva de la AMP que se extiende por 25 años más la concesión de la compañía Ferrocarril del Canal de Panamá se publicó este miércoles, 18 de septiembre, en la Gaceta Oficial No.30121.
“Hemos procedido con la publicación y comunicación de la resolución de Junta Directiva tal y como lo establece el Artículo 40 de la Ley No. 56 del 2008, cuyo texto dispone que 'todo contrato de concesión que se celebra con el Estado, a través de la Autoridad Marítima de Panamá, debe ser publicada en la Gaceta Oficial'”, puntualizó.