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Consumidores logran más de $2 millones en quejas resueltas en el primer trimestre de 2025

- 28/04/2025 10:56
En el primer trimestre del 2025 se resolvieron a favor de diferentes consumidores un total de 14 quejas presentadas por una cuantía de $2.991.290.09, según resultados obtenidos en la Defensoría de Oficio, de la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco).
A través de las diferentes demandas efectuadas por los abogados de esta instancia se han dado seis acuerdos judiciales por $507.505.29; se lograron tres fallos a favor por $387.455.00; con cuatro acuerdos extrajudiciales se dio solución por $2.016.329.80; y un caso por $80.000 se cerró por desistimiento del consumidor.
Asimismo, existen ocho expedientes demandados en este periodo (enero a marzo de 2025), en espera de resultados en los tribunales de justicia, los cuales son cuatro por falta de información, dos por devolución de dinero y uno por cláusulas abusivas, y otro correspondiente a un proceso ejecutivo. Todas esas demandas, totalizan una cuantía de $710.756.08.
Según la Acodeco, cuando un consumidor se vea afectado por alguna situación, donde sus derechos son vulnerados por un proveedor de productos o servicios, y no pueda solucionarse a través del proceso de conciliación que se realiza en la entidad, el afectado puede solicitar la colaboración de un defensor de oficio, para que analice su caso y de ser viable, lo represente para interponer una demanda en el juzgado especializado en esta materia o pueda hacer todas las gestiones que considere necesarias para lograr un acuerdo extrajudicial.
Destacó que los casos o quejas de los consumidores, de cuantías hasta $5.000.00 y en quejas de automóviles hasta $30.000.00, tanto la Acodeco como el Juzgado Séptimo Municipal de Asuntos del Consumidor en Panamá son competentes a prevención, para decidir esta materia (las cuantías pueden ser de hasta $10.000.00 en el juzgado).
“En estos casos específicos, en ambas esferas, administrativa y judicial, los consumidores tienen la posibilidad de tramitar sus procesos sin abogado, sin perjuicio que designen apoderado luego de su comparecencia directa en el proceso”, mencionó la Acodeco.