En camino a desburocratizar las compras públicas

Actualizado
  • 01/10/2018 02:00
Creado
  • 01/10/2018 02:00
A veces el exceso de requisitos puede hacer más cara la participación, llevando a muchos actos públicos a declararse desiertos

El encabezado de este escrito parece ser una línea imaginaria, algo pendiente por mejorar, aspecto que se relaciona con la serie de trámites y pasos burocráticos, cuyo vértice es la cantidad de requisitos, documentaciones y/o certificaciones, o tramites distintos a lo requerido (oscilan entre 12 a 30 requisitos), que puede solicitar cada institución, en el proceso de selección de contratistas o actos públicos.

En este sentido, la Ley 45 de 31 de octubre de 2007, que dicta normas sobre protección al consumidor y defensa de la competencia, entre sus ejes centrales está el que se dé un proceso competitivo, que permita una libre competencia y concurrencia económica de empresas, permitiendo una mejor eficiencia, y en este caso de las empresas interesadas en participar en una licitación pública.

Si bien se han logrado realizar pasos importantes e innovadores en los últimos años, como la implementación de un sistema electrónico de contrataciones públicas ‘PanamaCompra' (en base a la Ley 22 de 27 de junio de 2006), donde las empresas pueden enviar sus propuestas de manera electrónica, antes solo de manera física, brindando mayores oportunidades de negocios para las empresas interesados en licitar con el Estado, sin embargo, resulta fundamental que Panamá de el siguiente paso, un camino a desburocratizar las compras públicas, buscando el beneficio de la población o consumidor.

El no visualizar a las empresas como mensajeros del Estado, ya que los trámites o requisitos solicitados en una licitación, usualmente la tiene el mismo Estado. En este punto, un valor agregado sería la interrelación y respaldo entre diferentes entidades o equipo institucional, no islas, que permita confirmar la información solicitada (Paz y Salvo de Renta, Paz y Salvo de la Caja de Seguro Social, Certificado de Registro Público, Aviso de Operación, entre otros), con los avances tecnológicos actuales sería un paso alcanzado, lo que permitiría una mayor concurrencia de empresas en los actos.

La certificación de documentos, en algunos casos debe tener la autenticación y/o cotejo de un Notario Público Autorizado, si bien no estamos en contra de la confirmación de estos documentos, existen algunos que son formalismos innecesarios y burocráticos, que no guardan relación con el proceso competitivo y de eficiencia entre empresas.

La experiencia de las agencias de competencia en Chile, Perú y otros países, confirman los obstáculos en la consecución de estos trámites, sobre todo por los tiempos en espera, demoras y costos para cada empresa al presentar su propuesta, aspecto que puede hacer menos atractivo participar en un acto público, o bien presenten información incompleta, inclusive en un acto público te pueden solicitar tantos requisitos para poder competir, generando con ello poca competencia, o se puedan declarar desierto los actos, conllevando a mayores costos de transacción, gastos y carencia en suministros de bienes y servicios para el Estado.

ECONOMISTA

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