Anteproyecto de modificación a la Ley 68 del 2016 ‘viola’ principios básicos de negociación, según SSRP

Actualizado
  • 28/08/2024 18:31
Creado
  • 28/08/2024 15:41
El nuevo superintendente de Seguros y Reaseguros, Luis Enrique Bandera, pidió considerar los principios técnicos que rigen a esta industria, para no afectarla negativamente. La Apadea, por su parte, advirtió que la iniciativa solo incrementaría el monto asegurado

El anteproyecto No.115 que modifica dos artículos de la Ley No. 68 del 2016, que regula el Seguro Obligatorio Básico de Accidentes de Tránsito, “viola” principios básicos de negocios del asegurador que son la mutualidad y la solidaridad, según Luis Enrique Bandera, nuevo superintendente de Seguros y Reaseguros de Panamá (SSRP).

“Este tema en el Órgano Legislativo afecta a las aseguradoras. Nosotros como parte del Órgano Ejecutivo nos toca aportar sobre una base técnica, así que preferimos circunscribir nuestra opinión, pero definitivamente vemos que la propuesta viola principios básicos de negocios del asegurador que son la mutualidad y la solidaridad”, comentó Bandera, este miércoles, en una reunión con la Asociación Panameña de Aseguradores (Apadea).

Para el superintendente de Seguros y Reaseguros de Panamá “ese tema cae por su propio peso si se estudia y analiza”, ya que “si tú haces que una persona pague por sus propios riesgos estarías hablando de un crédito y no de un seguro”.

Por lo tanto pidió a las partes interesadas tomar en consideración los principios técnicos que rigen a estas industrias para no afectarlas negativamente.

Gina Herrero, presidentabde APADEA.
Luis Enrique Bandera
Superintendente del SSRP
Este tema en el Órgano Legislativo afecta a las aseguradoras. Nosotros como parte del Órgano Ejecutivo nos toca aportar sobre una base técnica, así que preferimos circunscribir nuestra opinión, pero definitivamente vemos que la propuesta viola principios básicos de negocios del asegurador que son la mutualidad y la solidaridad

Apadea, por su parte, también ve con preocupación el recién prohijado anteproyecto de ley número 115, que busca devolver el 50% de las primas del seguro obligatorio de automóvil, SOAT, sin consultar ni tomar en cuenta los aspectos estrictamente técnicos que sostienen una industria altamente regulada y técnica.

Explicó que el principal objetivo de la Ley 68, que obliga a todos los conductores que transitan en la República de Panamá a contar con una póliza de seguro obligatorio, es proteger a los afectados de accidentes de tránsito, de los conductores que de manera voluntaria o involuntaria ocasionan daños a terceras personas.

Considera que pretender devolver el 50% de una prima de los asegurados que no han presentado reclamaciones, deja desprotegida a la empresa para asumir los riesgos ante la ocurrencia de los siniestros del resto de la cartera.

“El principio básico en que se sustenta la industria de seguros a nivel mundial es la mutualidad, que significa que la pérdida de pocos es compensada por la contribución de toda la cartera. Solo así se asegura que la pérdida no sea de impacto significativo para el asegurado”, manifestó Gina Herrero, presidenta de Apadea.

Gina Herrero
Presidenta de Apadea
El principio básico en que se sustenta la industria de seguros a nivel mundial es la mutualidad, que significa que la pérdida de pocos es compensada por la contribución de toda la cartera. Solo así se asegura que la pérdida no sea de impacto significativo para el asegurado. Otro de los puntos que busca el proyecto, es que cubra los bienes del Estado

Otro de los puntos que busca el proyecto, es que cubra los bienes del Estado. Las aseguradoras recordaron que durante la Comisión de Transporte la asociación enfatizó en que actualmente los bienes del Estado no son excluidos de la cobertura, sin embargo, el monto de la póliza obligatoria de automóvil por $5,000.00 por daños a la propiedad ajena y $10,000.00 por lesiones corporales es “insuficiente para cubrir estos bienes”.

Para la Apadea, una realidad es que ante las pérdidas que ven generalmente en los departamentos de reclamos de las aseguradoras, este monto asegurado no alcanza ni siquiera para cubrir los daños de las terceras personas, obligando a los afectados a recurrir a otros medios para resarcir el excedente. “La única manera en que se pueda hacer realidad este artículo sería incrementando el monto asegurado”, sostuvo.

Mencionó que el proyecto tampoco ha considerado la siniestralidad actual de la cartera de SOAT, los gastos de intermediación, administración de impuestos y de reaseguros, ni mucho menos las bases técnicas de conformidad al artículo 145 de la Ley 12 de 2012, que regula la industria de seguros en Panamá; ni con los debidos análisis actuariales de la suficiencia de la prima para hacer frente a todos los siniestros y a las reservas legales que deben cumplir las aseguradoras.

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