Se podrán abrir cuentas bancarias por celular

Actualizado
  • 17/12/2012 01:00
Creado
  • 17/12/2012 01:00
PANAMÁ. Hasta este 20 de diciembre la Superintendencia de Bancos de Panamá (SBP) tendrá en consulta pública el acuerdo que permitirá las...

PANAMÁ. Hasta este 20 de diciembre la Superintendencia de Bancos de Panamá (SBP) tendrá en consulta pública el acuerdo que permitirá las cuentas simplificadas en el sistema bancario panameño.

Las cuentas simplificadas son aquellas que se podrán abrir en los corresponsales no bancarios y a través de celulares. Tiene un mínimo de requerimientos para ser abiertas, pero con límites de cantidades y transacciones.

De acuerdo con los voceros de la Superintendencia de Bancos de Panamá (SBP), este tipo de cuentas tiene como propósito elevar los niveles de bancarización y lograr una mayor inclusión financiera.

El borrador del acuerdo indica que las cuentas podrán ser abiertas por personas naturales, ya sean nacionales o extranjeras residentes en Panamá, pero sólo en la modalidad de cuenta individual y el saldo no puede ser superior de $1,000 en todo momento. Además, los depósitos y retiros mensuales acumulados no podrán exceder los $1,500 y será responsabilidad del banco controlar estos límites.

¿Por qué es más simple? Para la apertura de cuentas de trámite simplificado los bancos no estarán obligados al cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 4 del Acuerdo N° 12-2005.

Se trata de una lista bastante detallada de requerimientos para evitar el lavado de dinero y cuentas sospechosas.

Normalmente las entidades deben elaborar un perfil del cliente con detalles como el nombre, apellido, estado civil, profesión, oficio u ocupación, documento de identidad idóneo, nacionalidad, domicilio y residencia del cliente; o solicitar recomendaciones o referencias en especial de depósitos a la vista o a plazo, solo por mencionar algunos.

Esto no indica que no se tendrán controles. En su lugar, se deberá surtir como mínimo nombre completo del cliente y su número de identificación, contenido en la cédula de identidad personal, carné de extranjería, según corresponda, y domicilio actualizado según declaración del cliente.

Será responsabilidad del banco verificar los datos en un tiempo de 30 días y si no se puede verificar la información del cliente, la entidad deberá proceder al cierre de la solicitud.

Este acuerdo complementa el antes aprobado que permite la entrada en el mercado de corresponsales no bancarios, que le permite a pequeños establecimientos hacer negocios de banca.

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