Casi un millón de sociedades anónimas, suspendidas

Actualizado
  • 30/01/2020 00:00
Creado
  • 30/01/2020 00:00
El Registro Público busca depurar una lista de 819,565 personas jurídicas, obligarlas a pagar impuestos y nombrar a un agente residente responsable. Esto representa más de $200 millones que ha dejado de percibir el Estado
El Registro Público de Panamá proporcionó las estadísticas sobre la depuración de sociedades anónimas

El Registro Público de Panamá ha suspendido 422,292 sociedades anónimas por no contar con un agente residente y/o porque no se han puesto al día con el pago de la tasa única por un periodo de morosidad de tres años consecutivos.

La medida se adopta en atención al Decreto Ejecutivo 905 del 20 de septiembre de 2019, en el que se decreta el nuevo estatus de “suspendido” para las personas jurídicas que se encuentren sin haber designado un agente residente o por un periodo mayor de 90 días calendario luego de la renuncia, remoción o terminación de la existencia de su agente residente anterior. Así mismo, el referido estatus aplica a quienes incurran en morosidad en el pago de la tasa única por un periodo de tres años consecutivos, previa comunicación de la Dirección General de Ingresos (DGI) del Ministerio de Economía y Finanzas.

De acuerdo con estadísticas proporcionadas por Julissa Ríos, directora de Tecnología del Registro Público, 367,577 sociedades anónimas se encuentran morosas.

Esto significa que el Estado ha dejado de percibir, por ahora, la suma de $110,273,100 en concepto del no pago de la tasa única que equivale a $300 anuales por cada sociedad anónima.

Otros $300 corresponden a la suma anual que debe pagar el beneficiario a los abogados que actúan como agentes residentes, por el manejo de la sociedad anónima y que, según estadísticas del Registro Público, de la cantidad mencionada se detectaron 34,661 que aún no han actualizado ese dato.

A estas sociedades se suman otras 422,292 que ya habían sido suspendidas durante la administración pasada por las mismas razones, la mayoría por motivo exclusivo de morosidad de tasa, lo que hace un total de 819,565 sociedades que no han pagado sus impuestos o no tienen agente residente, o ambas cosas (ver tabla).

En total, la DGI ha dejado de percibir $214,465,500, lo que podría tener un impacto en el presupuesto de las finanzas públicas.

Pero más allá de esto, la anotación de suspensión de estas empresas que ya estaban inactivas, mas no disueltas, es una buena señal que indica que Panamá está depurando el registro de sociedades offshore, y que ya no es tan fácil o sencillo reactivarlas. Pero es importante distinguir a aquellas que tienen actividad en el extranjero frente a las locales, porque las regulaciones internacionales buscan contacto con las primeras.

Casi un millón de sociedades anónimas, suspendidas

“La limpieza del Registro Público es un primer paso para quitar las opciones a los grupos dudosos que quieren esconder su dinero y tenían la facilidad que aún con una empresa inactiva podían reactivarla en cuestión de poco y tenerlo registrado con un anonimato bastante noble. Ahora, eso implica para Panamá la pérdida de varios millones de dólares que no es fácil, pero el hecho me parece un buen indicio de que caminan por un camino menos tolerante y más de rigor”, manifestó a La Estrella de Panamá Douglas Farah, especialista en temas de seguridad .

Las señales que envía el país a la comunidad internacional “son un cambio de cultura comprendiendo que muchas veces el Estado requiere de un hilo conductor entre la entidad y el beneficiario final”, manifestó el presidente del Colegio Nacional de Abogados, Juan Carlos Araúz.

En este sentido, el agente residente es el puente que puede llevar a las autoridades a conocer los beneficiarios, ya que está pendiente de sanción la ley que exige el registro de agentes residentes y registro de beneficiario final, lo que significa publicar los nombres del paquete accionario de las empresas. En cierta medida, esto responde a exigencias internacionales que debe implementar el país como parte a la lucha para prevenir y combatir el blanqueo de capitales y otros delitos.

Para regularizarse y quedar operativas nuevamente, es posible pagar la multa de rehabilitación más las tasas únicas.

“Lo malo es que sigamos haciendo el jueguito al Grupo de Acción Financiera y a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, pues mientras más sigamos actuando como vasallos antes ellos, menos nos respetarán como país independiente y nos seguirán imponiendo más y más exigencias en perjuicio de nuestra competitividad”, apuntó el abogado Adolfo Linares.

“Todo ese apartado que tiene Panamá y otros países, incluyendo a Delaware, en Estados Unidos, permite que en cualquier momento cuando un grupo criminal necesite una empresa, lo active. No es una cosa fundamental, pero puede ser un indicio positivo”, opina Farah.

En este contexto, Panamá emite un mensaje serio y comprometedor al mundo que por años ha cuestionado la “facilidad”, la seriedad del país en transparencia.

“Las cosas están cambiando, el que tiene sociedades debe ponerse al día, tiene que estar en orden, organizado y sobre todo una vez que se empiece a implementar el registro de beneficiarios finales de sociedades, tener la capacidad de meter la información”, avanzó Carlos Berguido, presidente Ejecutivo de la Asociación Bancaria de Panamá.

El abogado Araúz recuerda que en el pasado reciente, “la imposibilidad de determinar quién es el beneficiario final formó parte de los cuestionamientos mundiales sobre la plataforma de servicios, estas críticas a nivel de distintas economías y organismos, fueron creando un reproche hacia Panamá. Cuando la legislación avanza a cerrar la brecha en la que alguien pueda censurar la prestación del servicio, permite elevar la calidad del mismo”.

Las sociedades anónimas que permanezcan sin titular un agente residente por estar morosas en el pago de multas o por no realizar los pagos correspondientes a la tasa única por un plazo de tres años, podrán recibir la suspensión de derechos corporativos por parte del Registro Público, ya que la Ley 52 de 2016 le da facultad a la institución para realizar esta acción.

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