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Más de $194 mil en sanciones a agentes económicos registra Acodeco en dos meses
- 01/03/2021 09:02
- 01/03/2021 09:02
Unos $194,170.00 en multas a agentes económicos ha impuesto la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) en 52 días de verificaciones del presente año.
La suma corresponde a 319 multas en primera instancia dadas a 300 agentes económicos (un mismo agente pudo ser objeto de varias multas varias multas), entre los cuales se encuentran supermercados, almacenes por departamentos, distribuidoras, minisúper, farmacias, bancos, ópticas, entre otros.
Los nombres de los agentes sancionados en primera instancia, se pueden visualizar en el Tablero de Multas de la Acodeco (https://www.acodeco.gob.pa/tablero.php)
Según los datos oficiales, los motivos de estas sanciones se dieron por faltas a Decreto Ejecutivo No. 114 del 13 de marzo de 2020, con sus modificaciones (107 multas por $16,000.00); Ley 45 de 2997 de protección al consumidor, 164 multas por $37,350.00; Historial de crédito (Ley 24 de 2002), 18 por $24,500.00; el Decreto Ejecutivo 165 de 2014 (control de precios) 20 sanciones por $14,195.00 y por incumplimiento a la Ley 6 de 1987, beneficios para jubilados, pensionados y la tercera edad, 10 sanciones por $2,125.00.
Las 107 multas impuestas por incumplimiento del Decreto Ejecutivo No. 114 del 13 de marzo de 2020 ($116,000.00) ocupan el primer lugar en el monto de las sanciones impuestas.
Este decreto establece el porcentaje de margen bruto máximo en toda la cadena de comercialización por unidad, sobre el precio de venta del 15% de las mascarillas desechables y del 23% en los productos antibacteriales o antimicrobiales, geles alcoholados o antibacteriales, alcohol para uso externo, jabones antibacteriales líquidos o en barras, desinfectantes de uso domestico, pañuelos desechables, desinfectantes en aerosol, vitamina C, guantes desechables y paños húmedos. A pesar de la constante divulgación, diariamente se detectan locales comerciales que incumplen con lo establecido en este decreto.
La Acodeco reitera que la recaudación por estas multas se depositan en la cuenta del Tesoro Nacional, mientras que las aplicadas por violación a la Ley 6 de 1987 (beneficios a jubilados, pensionados y personas de la tercera edad) se depositan en el Fondo Especial de Jubilados y Pensionados (FEJUPEN) según lo establecido en dicha legislación.