Jornadas hípicas retornan los días domingos en las próximas carteleras del Hiporemón

Actualizado
  • 23/05/2023 09:55
Creado
  • 23/05/2023 09:55
Así quedó establecido en un resuelto emitido por el pleno de la JCJ del Ministerio de Economía y Finanzas

Lo que para muchos fanáticos hípicos veían como algo lejos de la realidad a corto plazo, ya está por cumplirse en pocos días, tratándose de las celebraciones de las carreras los días domingo.

Tal señalamiento lo registra la Resolución 9 del 18 de mayo de 2023, emitido por el pleno de la Junta de Control de Juegos (JCJ) del Ministerio de Economía y Finanzas, en cuyo documento se hace una modificación al Capítulo XXVI de la Resolución 60 de 30 julio de 1999, que trata sobre el Reglamento de Carreras de Caballos Pura Sangre.

El pleno indica que con la finalidad de mantener la tradición hípica de la República de Panamá sobre la base de la certeza jurídica y reglamentaria, es necesario que ese órgano colegiado se pronuncie sobre los días que deben celebrarse las carreras de caballos Pura Sangre en el hipódromo que opera en el país.

Dicho Resuelto con sus modificaciones, se realiza con la facultad otorgada a la JCJ en el artículo 12, numeral 9 del Decreto Ley 2 de 10 de febrero de 1998, de dictar, derogar, modificar, complementar y actualizar los reglamentos concernientes a la operación de los juegos de suerte y azar y las actividades que originan apuestas.

En la parte resolutiva se arriba a lo siguiente:

Primero: Modificar la denominación del Capítulo XXVI ‘La Carrera’ de la Resolución 60 de 30 de julio de 1999, el cual quedará de la siguiente manera:

‘Capítulo XXVI Las Carreras’

Segundo: Modificar el artículo 242 del Capítulo XXVI de la Resolución 60 de 30 de julio de 1999, el cual será del siguiente tenor:

Artículo 242. Todas las carreras de caballos pura sangres que se celebren en el Hipódromo deberán efectuarse los días jueves a las 4:45 p.m.; los días sábados y los días domingo de cada semana.

Adiciona que para cada carrera, todo caballo debe ser presentado a disputar dicha carrera en que esté inscrito en buen estado de salud y de entrenamiento.

Como tercer punto, en esta parte resolutiva se menciona que las demás disposiciones de la Resolución 60 de 30 de julio de 1999 se mantienen iguales.

El Resuelto, que ordena su publicación y cumplimiento, lleva las firmas del pleno de la JCJ, conformada por el viceministro de Economía y Finanzas, Jorge L. Almengor C., quien es el presidente; Gerardo Solís, contralor general de la República, el diputado Raúl Pineda y Manuel Sánchez Ortega, secretario del pleno de la JCJ.

Finalmente, se dio a conocer que esta Resolución se publicará en los próximos días en la Gaceta Oficial, para que se lleven a cabo los cambios sugeridos, al igual que su complimiento legal.

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