Vida y cultura

El derecho a cuidar y ser cuidado

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Actualizado
  • 13/10/2024 00:00
Creado
  • 12/10/2024 17:02

El hombre y la mujer pueden colaborar en el cuidado, aunque esta última normalmente siempre tiene más la carga

Estamos en un momento en el que enfermarse o requerir asistencia sanitaria se ha convertido en uno de los mayores temores para la población y uno de los retos más importante para el Estado. Panamá no escapa de la crisis de salud pública que aqueja a toda la región.

Las secuelas de la Covid-19, las reapariciones de enfermedades que habían estado controladas hace mucho tiempo, como la fiebre amarilla, tuberculosis, el cáncer, las diversas discapacidades, entre otras, han estado obligando a los gobernantes a tomar decisiones y reforzar las estructuras sanitarias en todos los niveles.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) propone que los Estados adopten la cobertura sanitaria universal (CSU), la cual consiste en que todas las personas tengan un adecuado acceso a la salud, con todos los servicios que requieran, que sean de calidad y que se encuentren cuando y donde sea necesario ese servicio, preferiblemente de forma gratuita, o con un costo mínimo para quienes lo requieran. El modelo incluye también que se abarquen políticas de promoción de la salud, la prevención, el tratamiento, la rehabilitación y los cuidados paliativos.

Lo cierto es que, cuando nos referimos a la falta de salud, obligatoriamente tenemos que pensar en las labores de cuidado. No podemos dejar de mencionar la idea de que sea realizado por mujeres, ya que estas tareas han estado históricamente y mayoritariamente en manos de mujeres, situación que tiene que ver con la sexualización de las tareas y los roles impuestos socialmente. De esta forma se sigue reforzando la cultura del hombre como cabeza del hogar y proveedor, y a la mujer ama de casa y cuidadora del hogar y de sus hijos/as.

La sociedad ha naturalizado que los hombres actúen en el ámbito público y las mujeres en el ámbito privado. A pesar de los avances que se han dado en comparación con décadas anteriores en cuanto a oportunidades laborales para las mujeres, estas siguen recargadas con el trabajo doméstico no remunerado.

En este contexto, siendo la situación de cuidados un tema que debe ser analizado y reconocido como un derecho humano, una de las tareas pendientes hacia la igualdad entre los sexos es precisamente fomentar un cambio cultural en el reconocimiento y valoración del trabajo no remunerado del cuidado (niños, niñas, personas adultas mayores o personas con alguna condición delicada de salud o encamadas). Dentro de las políticas públicas debe plantease la necesidad de crear esos espacios, para que tanto a la persona enferma como a la persona cuidadora se les garanticen sus derechos humanos.

No podemos perder de vista que en las tareas de cuidado, quienes llevan el mayor peso han sido las mujeres. Hay un sinnúmero de investigaciones e informes estadísticos al respecto, sobre todo en esta nueva era, donde cada vez más mujeres se profesionalizan y se abren espacio en el mercado laboral formal. Para poder hacerlo, deben considerar las opciones de contratar a una persona para que realice las tareas del hogar y cuidado de sus hijos/as, y contratar servicios privados de guarderías. Si la dinámica familiar es mucho más compleja porque tiene un/a hijo/a con discapacidad o un familiar encamado, es mucho más difícil que consiga a alguien para estas tareas si su remuneración en el mercado laboral no es suficiente para costearlas. En estos casos no tendrá oportunidad de trabajar y, por ende, se mantendrá en el ciclo de la pobreza.

Una persona que necesite de cuidados por ser menor de edad, tenga discapacidad o alguna enfermedad que la haga dependiente y no tenga recursos económicos ni cuente con un familiar o alguien cercano que la cuide, es una persona en una condición de alta vulnerabilidad, la cual puede ser objeto de violación de sus derechos humanos.

Los hombres y mujeres que se dediquen a las tareas de cuidado, tan necesarias, deben hacerlo de forma bien remunerada. En el caso de las mujeres, el efecto de la remuneración sería positivo en el empoderamiento de estas, y para ello se requiere que el Estado se involucre ofreciendo oportunidades y organizando formalmente las labores de cuidado.

En caso de que una persona requiera cuidados, se debe garantizar el cumplimiento de sus derechos humanos, en especial de su dignidad, contando con espacios de cuidado especializados, como guarderías, centros de cuidados para personas adultas mayores, personas enfermas o encamadas, con costos accesibles o servicios gratuitos. De esta forma se garantizaría la necesidad de cuidar y ser cuidado como un derecho humano.