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TE: Las imprecisiones en las actas no alteraron el resultado de las elecciones en el 8-2

Este fallo podrá apelarse dentro de los tres días siguientes a la notificación de las partes. Cedida
Este fallo puede apelarse dentro de los tres días siguientes a la notificación de las partes. Cedida.
Actualizado
  • 13/07/2024 00:00
Creado
  • 12/07/2024 19:33

La jueza Edmara Lilibeth Jaén, del Juzgado Segundo Administrativo Electoral falló a favor del diputado de RM, Omar Ortega. La exdiputada Zulay Rodríguez confirmó que apelará la decisión

Esta semana se escribió un nuevo capítulo en la disputa sobre la pertenencia de la curul del circuito 8-2 de la Asamblea de Nacional, cuando la jueza Edmara Lilibeth Jaén, del Juzgado Segundo Administrativo Electoral, desestimó la demanda de nulidad parcial, presentada por la candidata a diputada por la libre postulación Zulay Rodríguez, quien está en disputa con el candidato Omar Ortega de Realizando Metas.

La exdiputada puso una demanda de impugnación sobre las mesas de votación 4672, 4682, 4757, 4815, 4818, 4884, 4902, 4916 y 5114, alegando que existían imprecisiones en las actas de estos meses.

“Pudimos determinar incongruencias y errores graves que imposibilitan saber el resultado certero de la voluntad del electorado”, aseguró el abogado Hebert Young, quien representa a la parte demandante, en el documento emitido por el Tribunal Electoral.

Young, argumentó que Rodríguez no obtuvo la cantidad de los votos que realmente sacó, ya que le contabilizaron 12,251, en lugar de los 12,438 que supuestamente debió haber sacado. Una diferencia de 187 votos.

”De habérselos contabilizado a su lista, los resultado de cociente y medio cociente serían de 24,665 y 12,332 respectivamente, por lo que se observa que la votación obtenida por la lista de libre postulación 10, supera el medio cociente por 106 votos y, por consiguiente, le corresponde una curul a través del mecanismo de representación proporcional.

La jueza Jaén alegó que, las operaciones arisméticas que efectúo la corte determinaron que “aún si se acogiera la teoría de la parte impugnante no alcanzaría una curul por medio cociente”.

La funcionaria reconoció que “es innegable que la Junta de Escrutinio del circuito 8.2 recayó en situación que llevó a que se observaran imprecisiones al momento de revisar algunas actas de los meses de votación”.

En donde no estuvo deacuerdo es en la hipótesis de que estas imprecisiones hayan afectado el resultado final. “Se hizo palpable que dentro de las mesas de votación impugnadas, no se produjeron situaciones que realmente llevaran a variar el resultado de la elección y, en consecuencia, la proclamación del señor Omar Ortega”, quien, de momento, se queda con la curul en conflicto.

Adicional a esto, Jaén ordenó entregarle la fianza de $25 millones presentada por Rodríguez al impugnado “toda vez que su suplente.

Este fallo puede apelarse dentro de los tres días siguientes a la notificación de las partes. Acción que Rodríguez confirmó que tomará. “Mi equipo legal me ha informado que el Juzgado Segundo Electoral falló en contra de la demanda de nulidad. Resulta sorprendente que no se hayan tomado en cuenta los elementos de fondo y la opinión categórica del fiscal; por tal motivo, hemos decidido apelar ante los magistrados”, aseguró, en su cuenta de X (antes de Twitter).

Este medio se puso en contacto con la candidata, para conocer más detalles de su postura, pero al cierre de la nota, no respondió.