Panamá

Propuestas sobre protección a denunciante de corrupción es vista con aplauso y cautela

El diputado Ernesto Cedeño es el padre del anteproyecto de ley. Archivo | La Estrella de Panamá
Actualizado
  • 08/08/2024 00:00
Creado
  • 07/08/2024 19:46

El nuevo anteproyecto busca proteger a los denunciantes de actos de corrupción y a los medios de comunicación social de posibles represalias judiciales. La iniciativa, presentada por el diputado Ernesto Cedeño, prohibe el secuestro civil de bienes a quienes denuncian irregularidades y a los medios que difunden la información

Representantes y ex directivos de diversos gremios periodísticos, expresaron su respaldo al anteproyecto de ley que busca prohibir la adopción de medidas cautelares de secuestros civiles contra los denunciantes de actos de corrupción, por las consecuencias de los actos específicamente denunciados, al igual que contra los activos y bienes de los medios de comunicación social.

El anteproyecto fue presentado por el diputado Ernesto Cedeño, del Movimiento Otro Camino (Moca), quien considera que las leyes panameñas ofrecen poca protección a los denunciantes de actos de corrupción y a los medios de comunicación social que son las vías muchas veces utilizadas por los denunciantes, para dar a conocer a la sociedad, la ocurrencia de los actos indignos.

Cedeño detalló que el informe de mitad de año de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) alertó de varios incidentes de ataques e intimidaciones en contra de periodistas y medios de comunicación en Panamá y destacó que, en el ámbito judicial, hubo avances negativos para la libertad de prensa.

En tal sentido, consideró que se hace necesaria la implementación de normas claras en Panamá, que hagan valer la Declaración Universal de Derechos Humanos, cuando en su artículo 19 establece el supremo derecho que tiene el comunicador de su expresión, cual es; el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones y el difundirlas, por cualquier medio de expresión.

El documento añade el numeral 12 al artículo 531 del Código Judicial, para que se prohíba decretar el secuestro de bienes a las personas que denuncian actos de corrupción, de arbitrariedades o de violación de leyes, en base a lo que dispone la Constitución Nacional, por las consecuencias de los actos específicamente denunciados. También a los activos y bienes, de los medios de comunicación social.

Esta misma prohibición se añade al último párrafo al artículo 331 del Código Procesal Civil de la República de Panamá.

Al respecto, Guido Rodríguez, ex presidente del Comité de Ética del Consejo Nacional de Periodismo y ex presidente del Fórum de Periodistas por las Libertades de Expresión e Información, calificó de muy interesante, importante y necesario el anteproyecto presentado por Cedeño.

“Esta iniciativa terminaría con disposiciones discriminatorias actualmente en vigencia, en perjuicio de los medios impresos”, precisó.

Por otra parte, consideró que es destacable que la inembargabilidad se extienda a denunciantes de actos de corrupción y ojalá a los funcionarios tanto del Ministerio Público como del Órgano Judicial que investigan y/o juzgan esos delitos, a fin de garantizar una real independencia judicial.

Por su parte, Zailary Chávez, presidenta del Consejo Nacional de Periodismo (CNP), consideró que una iniciativa de este tipo es oportuna ya que el marco judicial panameño debe incentivar el cumplimiento de la ley, ya que la ley actual que permite secuestros de un día para otro, a su juicio, incentiva la autocensura.

“Como gremio estamos abiertos al diálogo, sobre todo al tratarse de iniciativas que, tal como nuestros ideales, promueve el derecho de acceso a la información, la libertad de expresión y la libertad de prensa”, indicó.

Mientras que, Olga de Obaldía, Directora Ejecutiva de la Fundación para el Desarrollo de la Libertad Ciudadana, expresó que el anteproyecto es positivo en general porque al fin se enfrenta una falencia de nuestro sistema que asegura, ha permitido el hostigamiento judicial contra periodistas, activistas y medios, a menudo por parte de actores políticos, por vía de procesos civiles de secuestro de bienes y activos, sin pruebas de causales, solo con el pago de una fianza, que se han convertido en herramientas de intimidación que lesionan la libertad de expresión y de prensa.

No obstante, destacó que como todo anteproyecto de ley, requiere análisis, pero destacó que en la exposición de motivos queda claro que el propósito es salvaguardar el derecho de la ciudadanía a la libre prensa y a conocer información sobre posibles actos de corrupción, de arbitrariedades o de violación de leyes por parte de servidores públicos.

Sostuvo que si bien el Código Penal establece que en los delitos contra el honor cuando los supuestos ofendidos sean ciertos servidores públicos, funcionarios de elección popular o gobernadores, no se impondrá la sanción penal, no excluye la responsabilidad civil, y por esta vía se ha visto múltiples casos de políticos y funcionarios que abusan de la figura del secuestro civil como forma de intimidar y de amordazar al medio o al periodista para que no divulgue investigaciones de hechos locales o internacionales que los involucran.

“Obviamente el anteproyecto busca crear una protección a la libertad de seguir informando mientras se dirime el caso y pondría un límite a esa desigual lucha legal entre políticos con fondos inacabables para pagar abogados y denunciantes”, precisó.

Por el contrario, el abogado y ex presidente del Consejo Nacional de Periodismo, Eduardo Quirós sostuvo que el proyecto intenta modificar el Código Judicial y consideró que esas modificaciones “parciales” no son buenas.

Señaló que los códigos y las normas que abordan una materia de forma integral no deben ser modificados con parches y, menos, para legislar en beneficio de alguien en particular. “Este proyecto de ley envía un mensaje contradictorio en lo que busca el país que es más transparencia y rendición de cuentas”, concluyó Quirós.

La iniciativa establece que se prohíbe el secuestro de bienes a las personas que denuncian actos de corrupción, arbitrariedades o violaciones de leyes según lo dispuesto por la Constitución, así como a los activos y bienes de los medios de comunicación social.