Tribunal Electoral inhabilita candidaturas de Martinelli
- 05/03/2024 08:09
- 04/03/2024 23:12
El Juzgado Segundo Liquidador de Causas Penales notificó al Tribunal Electoral que la sentencia contra el expresidente Ricardo Martinelli quedó ejecutoriada desde ayer lunes Luego de diez horas de liberación los magistrados del Tribunal Electoral (TE) acordaron de manera unánime inhabilitar la candidatura a presidente de la República y a diputado de la Asamblea Nacional del expresidente Ricardo Martinelli como consecuencia de cus condena a 10 años y ocho meses por el delito de blanqueo de capitales en el caso New Business.
Los magistrados acordaron que el candidato a la vicepresidencia José R. Mulino pase a ocupar la casilla como candidato presidencial, sin candidato a vicepresidente y el caso de la candidatura a diputado, la casilla lo ocupará Alejandro Pérez, quien era candidato a suplente.
Los magistrados del TE, además, ordenaron la remoción de toda la propaganda política en la que Martinelli aparezca como candidato a la Presidencia y como diputado de la Asamblea Nacional por el circuito 8-4.
De esta manera, la semana empezó con varios hechos relacionados a la candidatura de Martinelli de la nómina Realizando Metas y Alianza. Antes de mediodía la jueza Baloisa Marquínez, del Juzgado Segundo Liquidador de Causas Penales, envió el expediente del caso New Business al Tribunal Electoral.
En dicho caso se condenó al expresidente a 128 meses de prisión por el delito de blanqueo de capitales, lo que por Constitución le impediría ocupar el cargo, ya que el artículo 180 de la carta magna prohíbe que una persona condenada a más de cinco años por delito doloso sea presidente.
Luego, a primeras horas de la tarde de este lunes, un funcionario del Ministerio Público tocó la puerta de la Embajada de Nicaragua. Al percatarse de que estaba siendo grabado por un camarógrafo, le advirtió que lo iba a demandar. El funcionario pretendía entregar un oficio. Una funcionaria de la embajada abrió la puerta, pero al analizar el papel lo rechazó. Le dijo al funcionario que el procedimiento debía seguir el camino de la Cancillería, entidad que se encargaba de entregar ese tipo de oficios. El hombre tomó el papel nuevamente, lo recargó sobre la pared, anotó algo y se lo llevó. Horas después una fuente del Ministerio Publicó indicó a este medio que se trataba de un oficio relacionado a temas de familia para una persona de nacionalidad nicaragüense, no relacionado al caso del expresidente.
No obstante, Martinelli publicó en la red X: “aquí no hay estado de derecho. Por eso este país es y seguirá siendo pobre. Quien (sic) quiere invertir donde (sic) no se respeta la ley?”, se lee en el mensaje.
El Tribunal Electoral había divulgado dos comunicados en los que detalla que se apegará al artículo 615 del Código Electoral que explica las competencias de los jueces administrativos electorales. Es decir, que el caso debe ser analizado en primera instancia por un juzgado de esta jerarquía y posteriormente, en caso de apelación, ante los tres magistrados del Tribunal Electoral, quienes tienen la última palabra.
El caso ha sido analizado por diversos juristas como Javier Ordinola, abogado con vasta experiencia electoral. “No hay duda de la condena en firme, sino el procedimiento que se debe seguir. Como no existe un procedimiento establecido en el Código, no sé cómo va a hacer el Tribunal”, dijo a La Estrella de Panamá el especialista en temas electorales y la jurisdicción electoral y profesor en la maestría de derecho electoral. Recuerda que existe un “artículo del Código que reza que cuando no hay un procedimiento establecido se debe hacer un proceso sumario, que implica que debe hacerse un traslado personal del mismo al afectado. Ahora bien, como (Martinelli) está asilado en la Embajada de Nicaragua, también debe seguir un proceso”, señaló.
Luego de diez horas de liberación los magistrados del Tribunal Electoral (TE) acordaron de manera unánime inhabilitar la candidatura a presidente de la República y a diputado de la Asamblea Nacional del expresidente Ricardo Martinelli como consecuencia de cus condena a 10 años y ocho meses por el delito de blanqueo de capitales en el caso New Business.
Los magistrados acordaron que el candidato a la vicepresidencia José R. Mulino pase a ocupar la casilla como candidato presidencial, sin candidato a vicepresidente y el caso de la candidatura a diputado, la casilla lo ocupará Alejandro Pérez, quien era candidato a suplente.
Los magistrados del TE, además, ordenaron la remoción de toda la propaganda política en la que Martinelli aparezca como candidato a la Presidencia y como diputado de la Asamblea Nacional por el circuito 8-4.
De esta manera, la semana empezó con varios hechos relacionados a la candidatura de Martinelli de la nómina Realizando Metas y Alianza. Antes de mediodía la jueza Baloisa Marquínez, del Juzgado Segundo Liquidador de Causas Penales, envió el expediente del caso New Business al Tribunal Electoral.
En dicho caso se condenó al expresidente a 128 meses de prisión por el delito de blanqueo de capitales, lo que por Constitución le impediría ocupar el cargo, ya que el artículo 180 de la carta magna prohíbe que una persona condenada a más de cinco años por delito doloso sea presidente.
Luego, a primeras horas de la tarde de este lunes, un funcionario del Ministerio Público tocó la puerta de la Embajada de Nicaragua. Al percatarse de que estaba siendo grabado por un camarógrafo, le advirtió que lo iba a demandar. El funcionario pretendía entregar un oficio. Una funcionaria de la embajada abrió la puerta, pero al analizar el papel lo rechazó. Le dijo al funcionario que el procedimiento debía seguir el camino de la Cancillería, entidad que se encargaba de entregar ese tipo de oficios. El hombre tomó el papel nuevamente, lo recargó sobre la pared, anotó algo y se lo llevó. Horas después una fuente del Ministerio Publicó indicó a este medio que se trataba de un oficio relacionado a temas de familia para una persona de nacionalidad nicaragüense, no relacionado al caso del expresidente.
No obstante, Martinelli publicó en la red X: “aquí no hay estado de derecho. Por eso este país es y seguirá siendo pobre. Quien (sic) quiere invertir donde (sic) no se respeta la ley?”, se lee en el mensaje.
El Tribunal Electoral había divulgado dos comunicados en los que detalla que se apegará al artículo 615 del Código Electoral que explica las competencias de los jueces administrativos electorales. Es decir, que el caso debe ser analizado en primera instancia por un juzgado de esta jerarquía y posteriormente, en caso de apelación, ante los tres magistrados del Tribunal Electoral, quienes tienen la última palabra.
El caso ha sido analizado por diversos juristas como Javier Ordinola, abogado con vasta experiencia electoral. “No hay duda de la condena en firme, sino el procedimiento que se debe seguir. Como no existe un procedimiento establecido en el Código, no sé cómo va a hacer el Tribunal”, dijo a La Estrella de Panamá el especialista en temas electorales y la jurisdicción electoral y profesor en la maestría de derecho electoral. Recuerda que existe un “artículo del Código que reza que cuando no hay un procedimiento establecido se debe hacer un proceso sumario, que implica que debe hacerse un traslado personal del mismo al afectado. Ahora bien, como (Martinelli) está asilado en la Embajada de Nicaragua, también debe seguir un proceso”, señaló.