Jueza Marquínez ordena la detención del condenado Martinelli
- 23/02/2024 00:00
- 22/02/2024 18:52
El expresidente Ricardo Martinelli enfrenta una condena de 10 años y 8 meses por lavado de dinero. Además, los trámites para inhabilitar su candidatura podrían comenzar hoy El exmandatario de la República Ricardo Martinelli, actualmente asilado en la Embajada de Nicaragua en Panamá, se enfrenta a una orden de detención preventiva como consecuencia de la condena de 10 años y 8 meses por lavado de dinero en el caso conocido como New Business.
La jueza segunda liquidadora de Causas Penales del Primer Circuito Judicial de Panamá, Baloisa Marquínez, admitió la solicitud de modificación de medida cautelar presentada por el fiscal primero especializado contra la Delincuencia Organizada, Emeldo Márquez Pittí.
En el Auto vario No. 26 del 21 de febrero de 2024, el tribunal consideró que hay elementos suficientes que respaldan la aplicación de una medida cautelar distinta a la actualmente impuesta al expresidente.
Se destaca que la presentación de la defensa de Martinelli, Carlos Carrillo Gomila, en la respuesta, incluyó una nota del Ministerio de Relaciones Exteriores de Nicaragua con fecha 7 de febrero de 2024, que no cumplía con los requisitos establecidos por el artículo 877 del Código Judicial para documentos emitidos en el extranjero y, por lo tanto, no podía considerarse como prueba válida.
El fallo indica que la última comparecencia del condenado para cumplir con su medida cautelar personal fue el 15 de enero de 2024, lo que evidencia un incumplimiento continuo de sus obligaciones procesales desde esa fecha.
Esto, señala un comunicado del Órgano Judicial, agrava el riesgo de fuga, especialmente dado que el caso está pendiente de resolución de solicitudes de aclaración, incluyendo dos a favor del expresidente enviadas el 20 de febrero de 2024 al Tribunal Superior de Liquidación de Panamá para su trámite correspondiente.
Se concluye que la detención preventiva del expresidente condenado es proporcional y necesaria para garantizar su comparecencia ante la justicia y proteger los intereses de la sociedad.
Adicional, la jueza Marquínez rechazó de manera categórica, por improcedentes, seis incidentes de nulidad presentados en el caso New Business y uno en el caso Odebrecht.
De los seis incidentes presentados en el caso New Business, cuatro correspondían al expresidente y dos a otros ciudadanos implicados en el proceso por el delito contra el orden económico en la modalidad de blanqueo de capitales. La decisión de rechazar los incidentes se basó en el artículo 708 del Código Judicial, que establece que si el incidente es manifiestamente improcedente, el juez debe rechazarlo de plano sin más trámite.
Además, el numeral 5 del artículo 201 del Código Judicial otorga a los magistrados y jueces la facultad de rechazar cualquier solicitud o acto notoriamente improcedente o que indique una dilación manifiesta.
En relación con el incidente de nulidad presentado en el caso Odebrecht por la representación legal de un ciudadano estadounidense, el tribunal, tras analizar las consideraciones procedió a negar dicho incidente.
En un caso adicional, el Juzgado Segundo Liquidador de Causas Penales del Primer Circuito Judicial de Panamá, mediante el Auto vario No. 27 del 21 de febrero de 2024, admitió la solicitud de modificación de medida cautelar presentada por la fiscal superior especial Anticorrupción, Ruth Morcillo Saavedra, contra el expresidente Martinelli relacionada con el caso Odebrecht.
Se ordenó la detención preventiva del expresidente, fundamentándose en la Ley No. 14 del 28 de octubre de 1976 y la Ley No. 15 del 28 de octubre de 1977, que aprueban el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José), así como en diversos artículos del Código Judicial y del Código Procesal Penal.
Al analizar la solicitud de modificación de medida cautelar presentada por la fiscal Morcillo se observa que el expresidente ha mostrado intenciones de evadir la justicia panameña al recibir asilo político por parte de Nicaragua.
El exmandatario de la República Ricardo Martinelli, actualmente asilado en la Embajada de Nicaragua en Panamá, se enfrenta a una orden de detención preventiva como consecuencia de la condena de 10 años y 8 meses por lavado de dinero en el caso conocido como New Business.
La jueza segunda liquidadora de Causas Penales del Primer Circuito Judicial de Panamá, Baloisa Marquínez, admitió la solicitud de modificación de medida cautelar presentada por el fiscal primero especializado contra la Delincuencia Organizada, Emeldo Márquez Pittí.
En el Auto vario No. 26 del 21 de febrero de 2024, el tribunal consideró que hay elementos suficientes que respaldan la aplicación de una medida cautelar distinta a la actualmente impuesta al expresidente.
Se destaca que la presentación de la defensa de Martinelli, Carlos Carrillo Gomila, en la respuesta, incluyó una nota del Ministerio de Relaciones Exteriores de Nicaragua con fecha 7 de febrero de 2024, que no cumplía con los requisitos establecidos por el artículo 877 del Código Judicial para documentos emitidos en el extranjero y, por lo tanto, no podía considerarse como prueba válida.
El fallo indica que la última comparecencia del condenado para cumplir con su medida cautelar personal fue el 15 de enero de 2024, lo que evidencia un incumplimiento continuo de sus obligaciones procesales desde esa fecha.
Esto, señala un comunicado del Órgano Judicial, agrava el riesgo de fuga, especialmente dado que el caso está pendiente de resolución de solicitudes de aclaración, incluyendo dos a favor del expresidente enviadas el 20 de febrero de 2024 al Tribunal Superior de Liquidación de Panamá para su trámite correspondiente.
Se concluye que la detención preventiva del expresidente condenado es proporcional y necesaria para garantizar su comparecencia ante la justicia y proteger los intereses de la sociedad.
Adicional, la jueza Marquínez rechazó de manera categórica, por improcedentes, seis incidentes de nulidad presentados en el caso New Business y uno en el caso Odebrecht.
De los seis incidentes presentados en el caso New Business, cuatro correspondían al expresidente y dos a otros ciudadanos implicados en el proceso por el delito contra el orden económico en la modalidad de blanqueo de capitales. La decisión de rechazar los incidentes se basó en el artículo 708 del Código Judicial, que establece que si el incidente es manifiestamente improcedente, el juez debe rechazarlo de plano sin más trámite.
Además, el numeral 5 del artículo 201 del Código Judicial otorga a los magistrados y jueces la facultad de rechazar cualquier solicitud o acto notoriamente improcedente o que indique una dilación manifiesta.
En relación con el incidente de nulidad presentado en el caso Odebrecht por la representación legal de un ciudadano estadounidense, el tribunal, tras analizar las consideraciones procedió a negar dicho incidente.
En un caso adicional, el Juzgado Segundo Liquidador de Causas Penales del Primer Circuito Judicial de Panamá, mediante el Auto vario No. 27 del 21 de febrero de 2024, admitió la solicitud de modificación de medida cautelar presentada por la fiscal superior especial Anticorrupción, Ruth Morcillo Saavedra, contra el expresidente Martinelli relacionada con el caso Odebrecht.
Se ordenó la detención preventiva del expresidente, fundamentándose en la Ley No. 14 del 28 de octubre de 1976 y la Ley No. 15 del 28 de octubre de 1977, que aprueban el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José), así como en diversos artículos del Código Judicial y del Código Procesal Penal.
Al analizar la solicitud de modificación de medida cautelar presentada por la fiscal Morcillo se observa que el expresidente ha mostrado intenciones de evadir la justicia panameña al recibir asilo político por parte de Nicaragua.