Frenan aumento de salario del defensor del Pueblo propuesto por Camacho
- 27/03/2025 00:00
Un proyecto de ley discutido en la Asamblea Nacional busca restructurar la Defensoría del Pueblo. Luego de críticas por los poderes que otorgaba al defensor, fue modificado y pasa ahora a segundo debate La Comisión de Gobierno de la Asamblea Nacional discutió este miércoles 26 de marzo un proyecto de ley presentado por el diputado Luis Eduardo Camacho, que otorgaba al defensor del Pueblo los mismos privilegios que un magistrado del Órgano Judicial.
La información fue compartida por el diputado por la libre postulación José Pérez Barboni, en su cuenta oficial de X. “Me encuentro en la Comisión de Gobierno y les comento que el proyecto 164 de la Defensoría del Pueblo busca privilegios y promueve la falta de méritos. EJ: Artículo 11: Se sube el salario de $7.000 a $10.000 y se igualan los beneficios a los de un magistrado de la Corte Suprema”, tuiteó Barboni.
El artículo 11 del proyecto de ley establecía que “el defensor o defensora del Pueblo tendrá las consideraciones, derechos y privilegios de alta autoridad del Estado y una remuneración equivalente a la de un magistrado de la Corte Suprema de Justicia, y sus adjuntos tendrán las mismas consideraciones derechos, privilegios y una remuneración equivalente a la de un magistrado del Tribunal Superior. A nivel internacional, el defensor o defensora del Pueblo y sus adjuntos o adjuntas tendrán el título y privilegios de embajador plenipotenciario de derechos humanos de la República de Panamá para el debido cumplimiento de sus funciones”.
Los magistrados de la Corte reciben emolumentos de $10.000 por mes, incluyendo gastos de representación.
Sin embargo, el diputado Pérez Barboni propuso que el defensor del Pueblo recibe el salario de ministro como ocurre actualmente. “Desde la Comisión de Gobierno logramos detener el aumento salarial del defensor del Pueblo, priorizando la responsabilidad fiscal y el uso adecuado de los recursos públicos”, comunicó por redes sociales el diputado Roberto Zúñiga, miembro de la Comisión de Gobierno.
El defensor del Pueblo tiene como objetivo fundamental velar por los derechos humanos de panameños y extranjeros en el país. También atiende casos de denuncias por presuntos abusos de funcionarios, autoridades o empresas que desarrollen un servicio público. El actual defensor, Eduardo Leblanc, asumió el cargo en 2021 y lo ocupará hasta marzo de 2026.
El puesto es nombrado por la Asamblea Nacional tras un proceso de selección. La propuesta inicial presentada por Camacho también contemplaba que para la destitución del contralor serían necesarios los votos de dos tercios de la Asamblea Nacional y un informe de la sociedad civil.
Fuentes de la Defensoría del Pueblo señalaron que el proyecto se realizó luego de recomendaciones hechas por organismos internacionales, aunque mantuvieron reserva sobre puntos específicos que se están discutiendo en la Asamblea.
En la exposición de motivos de la iniciativa legislativa se explica la necesidad de hacer cambios a la institución luego de que se degradara su acreditación internacional.
“Considerando las observaciones finales del Comité de Derechos Humanos sobre el cuarto informe periódico de Panamá de abril de 2023, que expresan preocupación por la rebaja a la categoría B de la Defensoría del Pueblo de Panamá, esta ley responde a las recomendaciones hechas por el Comité y pretende asegurar: 1) un procedimiento de destitución del defensor del Pueblo que resguarde plenamente su independencia; 2) un proceso de nombramiento transparente y participativo, con la amplia participación de la sociedad civil, y 3) garantizar la asignación de recursos financieros y humanos suficientes y estables para el cumplimiento efectivo de su mandato, en línea con los Principios de París”, señala el documento.
El proyecto de Ley destaca además recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño sobre la necesidad de vigilancia independiente para esta población vulnerable, como que “se dote a la Unidad de Niñez y Adolescencia de la Defensoría del Pueblo con los recursos humanos, técnicos y financieros necesarios para vigilar, promover y proteger eficazmente los derechos del niño en todas las provincias, hacerse cargo de la actividad de las oficinas provinciales de Ngabe-Buglé y Emberá, y tramitar las quejas de los niños con especial sensibilidad a sus necesidades y con rapidez; es por ello que vemos la necesidad de complementar el marco jurídico otorgado a la Defensoría del Pueblo, a través de la Ley 285 del 15 de febrero de 2022, en su artículo 208, con la creación del Adjunto/a de Niñez y Adolescencia”.
El proyecto de ley busca abordar la protección de derechos fundamentales, desarrollo integral, participación, prevención y denuncia de abusos, sensibilización y educación. Aún no se ha compartido el documento completo modificado.
La Comisión de Gobierno de la Asamblea Nacional discutió este miércoles 26 de marzo un proyecto de ley presentado por el diputado Luis Eduardo Camacho, que otorgaba al defensor del Pueblo los mismos privilegios que un magistrado del Órgano Judicial.
La información fue compartida por el diputado por la libre postulación José Pérez Barboni, en su cuenta oficial de X. “Me encuentro en la Comisión de Gobierno y les comento que el proyecto 164 de la Defensoría del Pueblo busca privilegios y promueve la falta de méritos. EJ: Artículo 11: Se sube el salario de $7.000 a $10.000 y se igualan los beneficios a los de un magistrado de la Corte Suprema”, tuiteó Barboni.
El artículo 11 del proyecto de ley establecía que “el defensor o defensora del Pueblo tendrá las consideraciones, derechos y privilegios de alta autoridad del Estado y una remuneración equivalente a la de un magistrado de la Corte Suprema de Justicia, y sus adjuntos tendrán las mismas consideraciones derechos, privilegios y una remuneración equivalente a la de un magistrado del Tribunal Superior. A nivel internacional, el defensor o defensora del Pueblo y sus adjuntos o adjuntas tendrán el título y privilegios de embajador plenipotenciario de derechos humanos de la República de Panamá para el debido cumplimiento de sus funciones”.
Los magistrados de la Corte reciben emolumentos de $10.000 por mes, incluyendo gastos de representación.
Sin embargo, el diputado Pérez Barboni propuso que el defensor del Pueblo recibe el salario de ministro como ocurre actualmente. “Desde la Comisión de Gobierno logramos detener el aumento salarial del defensor del Pueblo, priorizando la responsabilidad fiscal y el uso adecuado de los recursos públicos”, comunicó por redes sociales el diputado Roberto Zúñiga, miembro de la Comisión de Gobierno.
El defensor del Pueblo tiene como objetivo fundamental velar por los derechos humanos de panameños y extranjeros en el país. También atiende casos de denuncias por presuntos abusos de funcionarios, autoridades o empresas que desarrollen un servicio público. El actual defensor, Eduardo Leblanc, asumió el cargo en 2021 y lo ocupará hasta marzo de 2026.
El puesto es nombrado por la Asamblea Nacional tras un proceso de selección. La propuesta inicial presentada por Camacho también contemplaba que para la destitución del contralor serían necesarios los votos de dos tercios de la Asamblea Nacional y un informe de la sociedad civil.
Fuentes de la Defensoría del Pueblo señalaron que el proyecto se realizó luego de recomendaciones hechas por organismos internacionales, aunque mantuvieron reserva sobre puntos específicos que se están discutiendo en la Asamblea.
En la exposición de motivos de la iniciativa legislativa se explica la necesidad de hacer cambios a la institución luego de que se degradara su acreditación internacional.
“Considerando las observaciones finales del Comité de Derechos Humanos sobre el cuarto informe periódico de Panamá de abril de 2023, que expresan preocupación por la rebaja a la categoría B de la Defensoría del Pueblo de Panamá, esta ley responde a las recomendaciones hechas por el Comité y pretende asegurar: 1) un procedimiento de destitución del defensor del Pueblo que resguarde plenamente su independencia; 2) un proceso de nombramiento transparente y participativo, con la amplia participación de la sociedad civil, y 3) garantizar la asignación de recursos financieros y humanos suficientes y estables para el cumplimiento efectivo de su mandato, en línea con los Principios de París”, señala el documento.
El proyecto de Ley destaca además recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño sobre la necesidad de vigilancia independiente para esta población vulnerable, como que “se dote a la Unidad de Niñez y Adolescencia de la Defensoría del Pueblo con los recursos humanos, técnicos y financieros necesarios para vigilar, promover y proteger eficazmente los derechos del niño en todas las provincias, hacerse cargo de la actividad de las oficinas provinciales de Ngabe-Buglé y Emberá, y tramitar las quejas de los niños con especial sensibilidad a sus necesidades y con rapidez; es por ello que vemos la necesidad de complementar el marco jurídico otorgado a la Defensoría del Pueblo, a través de la Ley 285 del 15 de febrero de 2022, en su artículo 208, con la creación del Adjunto/a de Niñez y Adolescencia”.
El proyecto de ley busca abordar la protección de derechos fundamentales, desarrollo integral, participación, prevención y denuncia de abusos, sensibilización y educación. Aún no se ha compartido el documento completo modificado.