Política

Circuitos electorales, entre la Constitución y las decisiones de la Asamblea

La Asamblea Nacional deberá debatir la reconfiguración de los circuitos electorales. Cedida
Actualizado
  • 17/09/2024 00:00
Creado
  • 16/09/2024 20:59

A pesar de que existe una norma electoral que otorga curules de acuerdo a la población de los circuitos, en la Asamblea se han ignorado las propuestas del Tribunal Electoral

La Asamblea Nacional ha ignorado, al menos por 10 años, la norma constitucional que establece la reconfiguración de los circuitos electorales para escoger a los diputados.

El Tribunal Electoral (TE) en dos ocasiones ha presentado proyectos de ley, uno en el 2017 -previo a las elecciones de 2019- y otro en el 2021 -con la finalidad de ser aplicado en las elecciones de 2024- que buscaban reconfigurar los circuitos electorales, pero la Asamblea no aprobó las iniciativas en las que algunos circuitos, según su población, perdían o ganaban curules dentro del parlamento.

El numeral 2 del artículo 147 de la Constitución establece que los circuitos se conformarán en proporción al número de electores que aparezca en el último padrón electoral.

La Asamblea, incluso para el proceso electoral de 2024, no tomó en cuenta el fallo de la Corte Suprema de Justicia que declaró inconstitucional, el 16 de agosto de 2020, parte de la Ley 59 de diciembre de 2006 en donde se indicaba que en el circuito de Arraiján, solo se elegirían tres diputados, cuando según la densidad poblacional del distrito, y tomando en cuenta el artículo 147 de la Constitución, le correspondían cuatro curules.

Ahora, el magistrado del Tribunal Electoral (TE) y coordinador del Plan General de Elecciones (Plagel), Eduardo Valdés Escoffery, informó que este año se presentará ante la Asamblea el proyecto que reconfigura algunos de los circuitos electorales del país, en un tercer intento para que se haga cumplir la norma constitucional.

Los dos primeros proyectos, elaborados con base en los estudios técnicos poblacionales, establecían que en los circuitos 8-6 (24 de Diciembre, Las Garzas, Mañanitas, Pacora, Pedregal, San Martín, Tocumen), 13-1 (Arraiján) y 13-4 (La Chorrera) se elegía un diputados más. En el primero se debió elegir cinco diputados y en los dos últimos cuatro en cada uno.

La medida implicaba que el 8-2 (San Miguelito) debía elegir 6 diputados en lugar de los 7 actuales; y los circuitos 8-3 (Ancón, Bella Vista, Bethania, Calidonia, Curundú, El Chorrillo, Pueblo Nuevo, San Felipe, Santa Ana) y 8-4 (Don Bosco, Juan Díaz, Parque Lefevre, Río Abajo, San Francisco) se debieron elegir 4 diputados en lugar de 5 cada uno.

De acuerdo con el diputado del circuito 8-6 Alaín Cedeño, del partido Realizando Metas (RM), la actual Asamblea no puede seguir incumpliendo una noma constitucional. El diputado fue quien presentó en el periodo pasado la demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 299 que solo reconfiguró los números de los circuitos electorales tras la creación de la provincia de Panamá Oeste, sin alterar la cantidad de diputados por circuitos.

Manifestó que ha luchado para que se respete la Constitución y se quejó que el Tribunal Electoral ha presentado las propuestas para reconfigurar los circuitos, pero luego lo dejan morir por presiones de algunos diputados que se ven afectados.

“Se opusieron y el Tribunal Electoral bajó las manos, yo los enfrenté y hasta lo demandé en la Corte. Lo que sé, es que la demanda está en manos de la magistrada Chen; ya la Corte una vez nos dio la razón y dijo que había que reconfigurar los circuitos y que al 8-6 y Arraiján le toca un diputado más. Yo voy con todo de nuevo, espero que el Tribunal Electoral esta vez se ponga a mi lado y de la norma constitucional”, indicó.

En tanto, el diputado de la bancada independiente por el circuito 13-1 en Arraiján, Lenín Ulate manifestó que es de importancia discutir este proyecto, no obstante, sostuvo que precisamente por ese nivel de importancia es necesario primero esperar que llegue el proyecto a la Asamblea y analizarlo, darle ese debate de altura que requiere y que la actual Asamblea, asegura, así lo hará.

Mientras que el ex magistrado del TE, Guillermo Márquez Amado, sostuvo que el censo de población se realiza cada 10 años, por lo tanto cada década debe realizarse una revisión de los circuitos con el fin de verificar si las condiciones previstas en la Constitución se mantienen iguales o han cambiado.

No obstante, Márquez Amado calificó como desatinado tratar de hacer una reconfiguración de circuitos que requiere la aprobación de los propios diputados.

“Está probado, en mi opinión y en la de muchos, que el sistema de elección de diputados por circuitos no ha dado resultado para el país y que debe establecerse un sistema con base más amplia como la de diputados provinciales y nacionales que eleve la calidad de los diputados que ahora llegan a la Asamblea”, afirmó Márquez Amado.

Como la elección para diputados provinciales y nacionales requiere de un cambio constitucional, para Márquez Amado, con la presentación del nuevo proyecto de reconfiguración de circuitos, “no tiene sentido continuar haciendo cambios que nada cambian”, concluyó.