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Sanciones a negocios por incumplir con la ‘Ley de los Jubilados’ suman $30,565

La ley tiene 37 años de vigencia y prevalecen los incumplimientos por parte de los agentes económicos. Shutterstock
Actualizado
  • 10/08/2024 00:00
Creado
  • 09/08/2024 19:10

Desde hace 37 años en Panamá, la Ley 6 de 1987 otorga diversos descuentos y tarifas especiales en productos y servicios a toda persona mayor de 55 años o más, si son mujeres; o 60 años o más si son varones, así como jubilados y pensionados

Unos 94 agentes económicos en diversas partes del país han incumplido con la Ley 6 de 1987, también conocida como “Ley de los Jubilados”, que otorga una serie de beneficios para los jubilados, pensionados, de la tercera y cuarta edad.

Hasta lo que va del año 2024, las sanciones por faltas a la citada ley suman $30,565, según consta en el tablero de quejas de la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco).

La normativa del 16 de junio de 1987 favorece a toda persona ya sea extranjera que tenga 55 años o más de ser mujer o 60 años o más de ser hombre.

Con 37 años de vigencia, la Acodeco asegura que aún en la población hay desconocimiento sobre la “Ley de los Jubilados”, debido a que reciben denuncias por falta de descuento en televisión por cable, aunque no está establecido en la ley.

La ley abarca descuentos en cines, teatros, búses, trenes, lanchas, pasajes aéreos nacionales e internacionales, hoteles, restaurantes (consumo individual), hospitales, farmacias, servicios médicos, servicios técnicos y profesionales (honorarios - prótesis), préstamos personales, tasa de interés, pasaporte, impuesto de aeropuerto, tarifa de energía eléctrica, servicio telefónico, consumo de agua y contratación de servicios funerarios, entre otros.

Entre los principales incumplimientos de los agentes económicas en detrimento de los adultos mayores están: tasa de interés, con 14 irregularidades; restaurantes y comidas rápidas con franquicias, con 24; sin letrero, con 42; hoteles, moteles y pensiones, con dos; transporte público, con cuatro y transporte aéreo (25%), con dos.

Las actividades recreativas y de entretenimiento, consumo de energía eléctrica, hoteles, moteles y pensiones (sin letrero), servicios técnicos profesionales, medicamento y hospitales y clínicas privadas, con una multa, respectivamente.

Analizando la información de multa por motivo, los bancos y las financieras, acumulan un total de $11,900, de las cuales $9,350 son para la banca y $2,550 para las financieras.

Con 24 multas, sigue en segunda posición los establecimientos de comida, con un total de $6,605 en sanciones, distribuido entre 17 restaurantes y fondas, con $4,740; supermercado, con cuatro por $1,165; franquicias, con una por $350; otras, con una por $250 y panaderías y refresquerías, con una por $100.

En tercera posición están los negocios sin letrero de la Ley 6 de 1987, donde 42 agentes no lo tenían, y la Acodeco les sancionó con un total de $5,455.

La Acodeco exhorta a los consumidores a presentar el caso ante el encargado del local, y de no prosperar, reportarlo en la entidad acompañado de pruebas, como factura y fotos, etc.