Productores piden salvaguarda urgente y apelar fallo de la OMC
- 07/12/2024 00:00
- 06/12/2024 17:07
Aunque el Órgano de Apelación de la OMC se encuentra deshabilitado por un bloqueo, los productores panameños exigen a las autoridades del MICI y MIDA apelar a la decisión del organismo, ya que se vulneraría la seguridad fito y zoosanitaria del país Gremios agropecuarios de Panamá exigieron una salvaguarda especial urgente, como una acción inmediata y concreta para defender la seguridad fito y zoosanitaria del país, así como apelar al fallo de la Organización Mundial del Comercio (OMC) a favor de Costa Rica en una disputa comercial y sanitaria que data de 2020
Las asociaciones nacionales de ganaderos, de avicultores, de porcicultores, la Asociación de la Comunidad Productora de Tierras Altas, la Asociación de Productores de Ganado Lechero y la Cooperativa de S/M de Productores de Leche, pidieron al titular del Ministerio de Comercio e Industria (MICI), Julio Moltó, que interponga un recurso de apelación.
De igual forma, los productores exhortaron al Ministerio de Desarrollo Agropecuario (MIDA) a liderar, con carácter de urgencia, la adopción de medidas técnicas, científicas y jurídicas que permitan proteger nuestra producción nacional, garantizar la seguridad alimentaria y salvaguardar la salud pública”.
Asimismo, instaron a la “coordinación inmediata” con el Ministerio de Salud (Minsa) y el MICI para que las acciones se enmarquen en los compromisos internacionales y se aproveche el tiempo disponible para apelar el fallo de la OMC.
Una vez dado a conocer el fallo, el 5 de diciembre, Panamá tiene entre 20 y 60 días, para acatar la decisión de la OMC o apelar. No obstante, de tomar la segunda opción, tendría que esperar a que se le levante un bloqueo al Órgano de Apelaciones de la OMC establecido en 2019 por una demanda impuesta por Estados Unidos, lo que ha impedido la designación de los nuevos integrantes del organismo.
Moltó se pronunció y contó a La Estrella de Panamá al tiempo que se encuentra en Montevideo, Uruguay, con la adhesión de Panamá al Mercosur, que “Panamá, en cumplimiento de su mandato constitucional de acatar las normas del derecho internacional, ha participado de buena fe en el proceso de arbitraje ante la OMC relacionado con diferencias sobre medidas adoptadas por el país en torno a la importación de ciertos productos agropecuarios, como piñas, fresas, bananos y plátanos”.
“El Gobierno panameño analizará detalladamente las conclusiones y recomendaciones presentadas en el informe del panel de árbitros de la OMC, con el propósito de definir el curso de acción más adecuado”.
Desde el 30 de junio de 2020, Panamá impidió por temas sanitarios la entrada al país de productos lácteos, productos cárnicos de bovino, porcino, aves de corral y pavo, alimento para peces, piña, fresca, plátano y banano producidos en Costa Rica, debido a que a unas 26 plantas procesadoras se les había vencido una extensión con la que venían enviando mercadería a Panamá desde 2014.
Debido al bloqueo comercial para Costa Rica y sanitario para Panamá, Costa Rica elevó la consulta a la OMC, el 11 de enero de 2021, estableciéndose un grupo especial que en el camino evidencio que la falta de personal hispanohablante dificultó el curso, pero que una vez subsanada la situación darían a conocer el informe definitivo DS599 ante las partes involucradas a mediados del pasado octubre, pero fue hasta este jueves 5 de diciembre de 2024 que se conoció la decisión que favoreció a los ‘ticos’.
Consideraciones claves del sector primario:
1.) Panamá tiene un margen de 60 a 90 días para apelar el fallo de la OMC.
2.) Aunque el Órgano de Apelación de la OMC está diseñado para resolver estas disputas, actualmente no está operativo debido a la falta de nombramientos. Esto podría generar retrasos e incertidumbre en el procedimiento,
3.) Panamá debe justificar las restricciones aplicadas basándose en argumentos sólidos relacionados con el manejo de riesgos sanitarios y fitosanitarios.
4.) El MIDA debe liderar inspecciones en los establecimientos costarricenses, utilizando laboratorios nacionales para verificar posibles riesgos, en línea con el Acuerdo sobre medidas sanitarias y fitosanitarias de la OMC.
5.) Instamos al MIDA y al Minsa a implementar controles más estrictos en los puntos de entrada al país.
6.) Coordinación estratégica: El MICI debe integrar estas acciones dentro del marco de las obligaciones comerciales internacionales, asegurando que se protejan los intereses nacionales sin comprometer los acuerdos vigentes.
Julio MoltóMinistro de comercioEl Gobierno panameño analizará detalladamente las conclusiones y recomendaciones presentadas en el informe del panel de árbitros de la OMC, con el propósito de definir el curso de acción más adecuado”
Gremios agropecuarios de Panamá exigieron una salvaguarda especial urgente, como una acción inmediata y concreta para defender la seguridad fito y zoosanitaria del país, así como apelar al fallo de la Organización Mundial del Comercio (OMC) a favor de Costa Rica en una disputa comercial y sanitaria que data de 2020
Las asociaciones nacionales de ganaderos, de avicultores, de porcicultores, la Asociación de la Comunidad Productora de Tierras Altas, la Asociación de Productores de Ganado Lechero y la Cooperativa de S/M de Productores de Leche, pidieron al titular del Ministerio de Comercio e Industria (MICI), Julio Moltó, que interponga un recurso de apelación.
De igual forma, los productores exhortaron al Ministerio de Desarrollo Agropecuario (MIDA) a liderar, con carácter de urgencia, la adopción de medidas técnicas, científicas y jurídicas que permitan proteger nuestra producción nacional, garantizar la seguridad alimentaria y salvaguardar la salud pública”.
Asimismo, instaron a la “coordinación inmediata” con el Ministerio de Salud (Minsa) y el MICI para que las acciones se enmarquen en los compromisos internacionales y se aproveche el tiempo disponible para apelar el fallo de la OMC.
Una vez dado a conocer el fallo, el 5 de diciembre, Panamá tiene entre 20 y 60 días, para acatar la decisión de la OMC o apelar. No obstante, de tomar la segunda opción, tendría que esperar a que se le levante un bloqueo al Órgano de Apelaciones de la OMC establecido en 2019 por una demanda impuesta por Estados Unidos, lo que ha impedido la designación de los nuevos integrantes del organismo.
Moltó se pronunció y contó a La Estrella de Panamá al tiempo que se encuentra en Montevideo, Uruguay, con la adhesión de Panamá al Mercosur, que “Panamá, en cumplimiento de su mandato constitucional de acatar las normas del derecho internacional, ha participado de buena fe en el proceso de arbitraje ante la OMC relacionado con diferencias sobre medidas adoptadas por el país en torno a la importación de ciertos productos agropecuarios, como piñas, fresas, bananos y plátanos”.
“El Gobierno panameño analizará detalladamente las conclusiones y recomendaciones presentadas en el informe del panel de árbitros de la OMC, con el propósito de definir el curso de acción más adecuado”.
Desde el 30 de junio de 2020, Panamá impidió por temas sanitarios la entrada al país de productos lácteos, productos cárnicos de bovino, porcino, aves de corral y pavo, alimento para peces, piña, fresca, plátano y banano producidos en Costa Rica, debido a que a unas 26 plantas procesadoras se les había vencido una extensión con la que venían enviando mercadería a Panamá desde 2014.
Debido al bloqueo comercial para Costa Rica y sanitario para Panamá, Costa Rica elevó la consulta a la OMC, el 11 de enero de 2021, estableciéndose un grupo especial que en el camino evidencio que la falta de personal hispanohablante dificultó el curso, pero que una vez subsanada la situación darían a conocer el informe definitivo DS599 ante las partes involucradas a mediados del pasado octubre, pero fue hasta este jueves 5 de diciembre de 2024 que se conoció la decisión que favoreció a los ‘ticos’.
Consideraciones claves del sector primario:
1.) Panamá tiene un margen de 60 a 90 días para apelar el fallo de la OMC.
2.) Aunque el Órgano de Apelación de la OMC está diseñado para resolver estas disputas, actualmente no está operativo debido a la falta de nombramientos. Esto podría generar retrasos e incertidumbre en el procedimiento,
3.) Panamá debe justificar las restricciones aplicadas basándose en argumentos sólidos relacionados con el manejo de riesgos sanitarios y fitosanitarios.
4.) El MIDA debe liderar inspecciones en los establecimientos costarricenses, utilizando laboratorios nacionales para verificar posibles riesgos, en línea con el Acuerdo sobre medidas sanitarias y fitosanitarias de la OMC.
5.) Instamos al MIDA y al Minsa a implementar controles más estrictos en los puntos de entrada al país.
6.) Coordinación estratégica: El MICI debe integrar estas acciones dentro del marco de las obligaciones comerciales internacionales, asegurando que se protejan los intereses nacionales sin comprometer los acuerdos vigentes.