Gobierno toma medidas para cancelar bandera a naves sancionadas
- 20/10/2024 00:00
- 19/10/2024 18:31
Mediante el Decreto Ejecutivo Ejecutivo 512 del 18 de octubre de 2024, el gobierno cancelará de la marina mercante las naves que han sido sancionadas por organismos internacionales Las naves con bandera panameña que sean incluidas en la lista de sanciones de organismos internacionales serán canceladas de la marina mercante panameña. La medida, que incluye también a los propietarios registrales, está contemplada en el Decreto Ejecutivo 512 del 18 de octubre de 2024, publicado en Gaceta Oficial el pasado viernes.
El Decreto especifica que la cancelación del abanderamiento se aplicará cuando la nave o el propietario sean incluidos en la lista de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC, por sus siglas en inglés) del Departamento de Tesoro de los Estados Unidos, de la lista de la Unión Europea y de la lista de personas y entidades relacionadas con el terrorismo y su financiamiento, del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Esto, además de la lista de sanciones del gobierno de Reino Unido.
Además se anulará de manera inmediata la patente de navegación de servicio internacional o interior y todo documento relacionado con la navegación emitida por la Autoridad Marítima de Panamá (AMP).
En caso de que la nave tenga una o más hipotecas inscritas en la AMP, estas se mantendrán y la entidad informará al acreedor hipotecario a fin de que pueda ejercer los derechos correspondientes de conformidad con la hipoteca, señala la norma.
El Decreto Ejecutivo - firmado por el presidente José Raúl Mulino y el ministro de la Presidencia, Juan Carlos Orillac- también prohíbe a las organizaciones reconocidas en Panamá o sujetas a la jurisdicción del país ofrecer servicios de clasificación o certificación de naves en proceso de cancelación o que haya sido cancelada su abanderamiento.
La medida se sustenta en la necesidad de mantener un registro de naves libre de sanciones internacionales y de embarcaciones vinculadas o incluidas en listas de sanciones que afectan el prestigio y la reputación de Panamá, además de evitar el abanderamiento de naves, cuyos propietarios figuren en las listas de sancionados.
“En atención a los principios y estándares de cumplimiento del registro de buques a nivel internacional y a la reciente inclusión de naves del registro panameño en lista de sanciones, el Estado panameño debe tener como objetivo principal la protección y defensa de los intereses nacionales...”, señala la norma.
Ante el panorama que nos atañe y la afectación que esto repercute, se hace necesario que el Estado sea protagonista de la defensa de los intereses nacionales y reaccionar en el menor tiempo posible para minimizar los riesgos de los buques que son sancionados por los organismos internacionales.
La AMP aclara que el Decreto Ejecutivo no sustituye las medidas establecidas para la cancelación de abanderamientos emitidos en otras disposiciones relacionadas con el registro de buques en Panamá.
Las naves con bandera panameña que sean incluidas en la lista de sanciones de organismos internacionales serán canceladas de la marina mercante panameña. La medida, que incluye también a los propietarios registrales, está contemplada en el Decreto Ejecutivo 512 del 18 de octubre de 2024, publicado en Gaceta Oficial el pasado viernes.
El Decreto especifica que la cancelación del abanderamiento se aplicará cuando la nave o el propietario sean incluidos en la lista de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC, por sus siglas en inglés) del Departamento de Tesoro de los Estados Unidos, de la lista de la Unión Europea y de la lista de personas y entidades relacionadas con el terrorismo y su financiamiento, del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Esto, además de la lista de sanciones del gobierno de Reino Unido.
Además se anulará de manera inmediata la patente de navegación de servicio internacional o interior y todo documento relacionado con la navegación emitida por la Autoridad Marítima de Panamá (AMP).
En caso de que la nave tenga una o más hipotecas inscritas en la AMP, estas se mantendrán y la entidad informará al acreedor hipotecario a fin de que pueda ejercer los derechos correspondientes de conformidad con la hipoteca, señala la norma.
El Decreto Ejecutivo - firmado por el presidente José Raúl Mulino y el ministro de la Presidencia, Juan Carlos Orillac- también prohíbe a las organizaciones reconocidas en Panamá o sujetas a la jurisdicción del país ofrecer servicios de clasificación o certificación de naves en proceso de cancelación o que haya sido cancelada su abanderamiento.
La medida se sustenta en la necesidad de mantener un registro de naves libre de sanciones internacionales y de embarcaciones vinculadas o incluidas en listas de sanciones que afectan el prestigio y la reputación de Panamá, además de evitar el abanderamiento de naves, cuyos propietarios figuren en las listas de sancionados.
“En atención a los principios y estándares de cumplimiento del registro de buques a nivel internacional y a la reciente inclusión de naves del registro panameño en lista de sanciones, el Estado panameño debe tener como objetivo principal la protección y defensa de los intereses nacionales...”, señala la norma.
Ante el panorama que nos atañe y la afectación que esto repercute, se hace necesario que el Estado sea protagonista de la defensa de los intereses nacionales y reaccionar en el menor tiempo posible para minimizar los riesgos de los buques que son sancionados por los organismos internacionales.
La AMP aclara que el Decreto Ejecutivo no sustituye las medidas establecidas para la cancelación de abanderamientos emitidos en otras disposiciones relacionadas con el registro de buques en Panamá.