CSJ declara inconstitucional frases de la ley que dieron más poderes al excontralor
- 21/01/2025 06:45
- 20/01/2025 21:37
Algunos de los artículos demandados impedían que la Jurisdicción de Cuentas o el MP solicitarán a la Contraloría las investigaciones respectivas El pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró inconstitucionales algunas frases de la Ley 351 de 22 de diciembre de 2022, que según sus demandantes concedía facultades especiales al contralor general de la República para archivar informes de auditoría por su cuenta y sin fundamentación.
La CSJ admitió en mayo de 2023 la demanda de inconstitucionalidad contra ocho artículos de la Ley 351 de 2022, que fue interpuesta por la Fundación para el Desarrollo de la Libertad Ciudadana, capítulo panameño de Transparencia Internacional (FDLC-TI Panamá).
En su momento, Olga de Obaldía, directora ejecutiva de la FDLC, señaló que la Ley 351 le daba unas facultades al contralor que no están en la Constitución y también pone a la Contraloría por encima de todas las entidades de la administración de justicia, incluyendo al Tribunal de Cuentas.
Se planteaban como retrocesos el hecho de que los artículos demandados pueden impedir que tanto la Jurisdicción de Cuentas como el Ministerio Público (MP) soliciten a la Contraloría las investigaciones correspondientes, según establecen los artículos 281 y 220 de la Constitución Política, obstaculizando los procesos de investigación de malversación de fondos y otorgando facultades plenipotenciarias a la Contraloría.
El pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró inconstitucionales algunas frases de la Ley 351 de 22 de diciembre de 2022, que según sus demandantes concedía facultades especiales al contralor general de la República para archivar informes de auditoría por su cuenta y sin fundamentación.
La CSJ admitió en mayo de 2023 la demanda de inconstitucionalidad contra ocho artículos de la Ley 351 de 2022, que fue interpuesta por la Fundación para el Desarrollo de la Libertad Ciudadana, capítulo panameño de Transparencia Internacional (FDLC-TI Panamá).
En su momento, Olga de Obaldía, directora ejecutiva de la FDLC, señaló que la Ley 351 le daba unas facultades al contralor que no están en la Constitución y también pone a la Contraloría por encima de todas las entidades de la administración de justicia, incluyendo al Tribunal de Cuentas.
Se planteaban como retrocesos el hecho de que los artículos demandados pueden impedir que tanto la Jurisdicción de Cuentas como el Ministerio Público (MP) soliciten a la Contraloría las investigaciones correspondientes, según establecen los artículos 281 y 220 de la Constitución Política, obstaculizando los procesos de investigación de malversación de fondos y otorgando facultades plenipotenciarias a la Contraloría.