Acodeco alerta a la AMP sobre posibles prácticas monopolísticas
- 20/11/2024 00:00
- 19/11/2024 19:53
Publicó un informe técnico luego de una investigación sobre el servicio de ‘bunkering’ La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) recomendó a la Autoridad Marítima de Panamá (AMP) consultar al efectuar decisiones o medidas que guarden relación con los principios de competencia, cuando estos tengan que ver con uno o más agentes económicos que pudieran estar incurriendo en actos limitativos o restrictivos de la libre competencia en la actividad portuaria.
Lo anterior forma parte de la conclusión a la que arribó la entidad, plasmada en un informe técnico, como resultado de una investigación de oficio que inició en diciembre de 2022, cuando el conflicto entre suplidores de búnker para las líneas de cruceros se publicó en los medios de comunicación. Las quejas apuntaban a prácticas monopolísticas en la actividad de servicios marítimos auxiliares, en concreto de los proveedores de combustible para los cruceros que atracan en los puertos panameños del Atlántico y del Pacífico, operados por la concesionaria Colón 2000. El operador del puerto había contratado los servicios de una empresa en particular, Monjasa Chartering, alegando una relación comercial privada, cuando anteriormente regía un mercado en el que participaban varias empresas.
El conflicto se inició cuando la empresa Minerva Panamá, que había ganado una licitación para abastecer de combustible a una línea de cruceros para la temporada 2023, fue informada 15 días antes de la vigencia del contrato sobre la exclusividad entre el concesionario con otra compañía, Monjasa Chartering. Minerva perdió el negocio.
La empresa Monjasa representa un grupo de capital danés con oficinas satélite en Panamá establecidas hace 10 años, compuesto por varias sociedades anónimas. Una de las personas, que en ese momento formaba parte de la directiva, es dueña de las barcazas que alquilaba a la empresa danesa para el transporte del combustible. En el gremio marítimo persistía el rumor sobre un supuesto tráfico de influencias debido a la estrecha amistad, del ahora exdirectivo, con Noriel Araúz, el administrador de turno de la AMP.
En medio de los reclamos, la AMP se deslindó de la disputa. Sugirió que se trataba de un acuerdo privado, a pesar de que varios actores del gremio alegaban que el trato “violaba la ley de puertos, que estipula claramente la prohibición de exclusividad o monopolios en el servicio”, habría dicho a La Estrella de Panamá un empresario afectado por la medida en una entrevista anterior. La exclusividad, agregó, “añade complejidad y sobrecostos a las operaciones en la región”.
Después de dos años, el informe técnico de la entidad -no vinculante- se limita a recomendar a la AMP a realizar las consultas con la Acodeco para promover un ambiente transparente y competitivo para todos los agentes económicos que participan en el sector marítimo. El documento no viene acompañado de una sanción económica en perjuicio de la empresa o de algún proveedor. No obstante, resalta el rol de la entidad como actor para promover la libre competencia y la competitividad, como un principio de orden económico.
En este sentido, según el informe, la “AMP debe estar en capacidad de identificar una actual o potencial violación de las normas que regulan la libre competencia económica, dentro del ámbito de las actividades portuarias, a efectos de cumplir con su deber de fiscalización y control”.
Iria Barrancos, abogada de la empresa Minerva asegura que ha solicitado la “intervención de la AMP para equilibrar la competencia, pero aún no ha recibido respuesta”. La jurista recalca que la “Acodeco debe garantizar la libre competencia: Prevenir y sancionar prácticas anticompetitivas, como monopolios, oligopolios y acuerdos que restrinjan la competencia”.
Enseguida resalta que la entidad “juega un rol clave en garantizar un equilibrio entre las empresas y los consumidores, fomentando un entorno comercial justo y competitivo”.
La Acodeco plasma en el texto la importancia de promover las buenas prácticas desde la competitividad, en los mercados de bienes y servicios, preservando la libre competencia económica, y la concurrencia de competidores actuales y potenciales.
“El principio de libre competencia económica, propugna por la existencia de mercados libres, y la defensa de las condiciones de competencia económica efectiva en el mercado, procurando que la rivalidad existente entre competidores actuales, o que pudiera existir de entrar un potencial competidor, no se vea menoscabada por la fijación de restricciones, limitaciones o prohibiciones que surjan al margen de la ley”, se lee en el informe.
Para la Acodeco, el sentido de la libre competencia constituye un principio de orden económico que dicta el camino por donde tienen que transitar los actores que participan en la actividad económica, y el Estado debe cumplir su rol como fiscalizador y garante.
El reporte añade que la labor de la Acodeco es realizar observaciones y advertir sobre una acción u omisión en la actuación de una entidad estatal, respecto a las presuntas limitaciones o restricciones de la libre competencia económica y libre concurrencia en un determinado mercado abierto a la competencia, a efectos de que la AMP pueda tomar medidas correctivas y adecuar sus acciones y procedimientos ante la normativa vigente en materia de política de competencia.
Con este ánimo, denota las posibilidades de que exista una libre competencia y concurrencia y que las decisiones actuales y futuras de la AMP ayuden a no generar barreras en la entrada de competidores actuales y potenciales, lo que puedan permitir una mayor cantidad de proveedores o agentes económicos interesados en ofrecer sus bienes y servicios, en los puertos nacionales, independientemente de que estén concesionados, dada su calidad de bienes públicos.
Acodeco tiene la potestad de investigar y sancionar las infracciones a las disposiciones de la Ley 45 y sus reglamentos. Esto incluye: Contexto1. Multas administrativas por incumplimientos de las normas sobre protección al consumidor y competencia económica.
La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) recomendó a la Autoridad Marítima de Panamá (AMP) consultar al efectuar decisiones o medidas que guarden relación con los principios de competencia, cuando estos tengan que ver con uno o más agentes económicos que pudieran estar incurriendo en actos limitativos o restrictivos de la libre competencia en la actividad portuaria.
Lo anterior forma parte de la conclusión a la que arribó la entidad, plasmada en un informe técnico, como resultado de una investigación de oficio que inició en diciembre de 2022, cuando el conflicto entre suplidores de búnker para las líneas de cruceros se publicó en los medios de comunicación. Las quejas apuntaban a prácticas monopolísticas en la actividad de servicios marítimos auxiliares, en concreto de los proveedores de combustible para los cruceros que atracan en los puertos panameños del Atlántico y del Pacífico, operados por la concesionaria Colón 2000. El operador del puerto había contratado los servicios de una empresa en particular, Monjasa Chartering, alegando una relación comercial privada, cuando anteriormente regía un mercado en el que participaban varias empresas.
El conflicto se inició cuando la empresa Minerva Panamá, que había ganado una licitación para abastecer de combustible a una línea de cruceros para la temporada 2023, fue informada 15 días antes de la vigencia del contrato sobre la exclusividad entre el concesionario con otra compañía, Monjasa Chartering. Minerva perdió el negocio.
La empresa Monjasa representa un grupo de capital danés con oficinas satélite en Panamá establecidas hace 10 años, compuesto por varias sociedades anónimas. Una de las personas, que en ese momento formaba parte de la directiva, es dueña de las barcazas que alquilaba a la empresa danesa para el transporte del combustible. En el gremio marítimo persistía el rumor sobre un supuesto tráfico de influencias debido a la estrecha amistad, del ahora exdirectivo, con Noriel Araúz, el administrador de turno de la AMP.
En medio de los reclamos, la AMP se deslindó de la disputa. Sugirió que se trataba de un acuerdo privado, a pesar de que varios actores del gremio alegaban que el trato “violaba la ley de puertos, que estipula claramente la prohibición de exclusividad o monopolios en el servicio”, habría dicho a La Estrella de Panamá un empresario afectado por la medida en una entrevista anterior. La exclusividad, agregó, “añade complejidad y sobrecostos a las operaciones en la región”.
Después de dos años, el informe técnico de la entidad -no vinculante- se limita a recomendar a la AMP a realizar las consultas con la Acodeco para promover un ambiente transparente y competitivo para todos los agentes económicos que participan en el sector marítimo. El documento no viene acompañado de una sanción económica en perjuicio de la empresa o de algún proveedor. No obstante, resalta el rol de la entidad como actor para promover la libre competencia y la competitividad, como un principio de orden económico.
En este sentido, según el informe, la “AMP debe estar en capacidad de identificar una actual o potencial violación de las normas que regulan la libre competencia económica, dentro del ámbito de las actividades portuarias, a efectos de cumplir con su deber de fiscalización y control”.
Iria Barrancos, abogada de la empresa Minerva asegura que ha solicitado la “intervención de la AMP para equilibrar la competencia, pero aún no ha recibido respuesta”. La jurista recalca que la “Acodeco debe garantizar la libre competencia: Prevenir y sancionar prácticas anticompetitivas, como monopolios, oligopolios y acuerdos que restrinjan la competencia”.
Enseguida resalta que la entidad “juega un rol clave en garantizar un equilibrio entre las empresas y los consumidores, fomentando un entorno comercial justo y competitivo”.
La Acodeco plasma en el texto la importancia de promover las buenas prácticas desde la competitividad, en los mercados de bienes y servicios, preservando la libre competencia económica, y la concurrencia de competidores actuales y potenciales.
“El principio de libre competencia económica, propugna por la existencia de mercados libres, y la defensa de las condiciones de competencia económica efectiva en el mercado, procurando que la rivalidad existente entre competidores actuales, o que pudiera existir de entrar un potencial competidor, no se vea menoscabada por la fijación de restricciones, limitaciones o prohibiciones que surjan al margen de la ley”, se lee en el informe.
Para la Acodeco, el sentido de la libre competencia constituye un principio de orden económico que dicta el camino por donde tienen que transitar los actores que participan en la actividad económica, y el Estado debe cumplir su rol como fiscalizador y garante.
El reporte añade que la labor de la Acodeco es realizar observaciones y advertir sobre una acción u omisión en la actuación de una entidad estatal, respecto a las presuntas limitaciones o restricciones de la libre competencia económica y libre concurrencia en un determinado mercado abierto a la competencia, a efectos de que la AMP pueda tomar medidas correctivas y adecuar sus acciones y procedimientos ante la normativa vigente en materia de política de competencia.
Con este ánimo, denota las posibilidades de que exista una libre competencia y concurrencia y que las decisiones actuales y futuras de la AMP ayuden a no generar barreras en la entrada de competidores actuales y potenciales, lo que puedan permitir una mayor cantidad de proveedores o agentes económicos interesados en ofrecer sus bienes y servicios, en los puertos nacionales, independientemente de que estén concesionados, dada su calidad de bienes públicos.