Exalcalde de Colón deberá regresar a prisión
- 06/12/2024 00:00
- 05/12/2024 19:51
Dámaso García, quien fue condenado por peculado doloso agravado, había sido beneficiado con trabajo comunitario El Tribunal Superior de Apelaciones del Primer Distrito Judicial de Panamá revocó la decisión que concedía la sustitución de una condena de prisión por trabajo comunitario al exalcalde de Colón, Dámaso García, quien fue sentenciado por peculado doloso agravado.
La resolución fue adoptada por unanimidad por las magistradas Miriam Jaén (presidenta), Yiles Pitti y Yanelka Quijano.
La decisión deja sin efecto el Auto N.° 3,777, emitido el 25 de noviembre de 2024, por una jueza de cumplimiento que había accedido a la solicitud de la defensa del exalcalde.
El defensor particular, Alexis Sinclair, había solicitado que García cumpliera su pena de 60 meses de prisión realizando trabajo comunitario en la Junta Comunal de Cativá, en la provincia de Colón.
Durante la audiencia, el Tribunal evaluó los argumentos de la defensa, la Fiscalía y la parte querellante. La fiscal superior anticorrupción, Johaira González Castillo, representó al Ministerio Público, mientras que Leonel Rosales actuó como querellante en nombre del Municipio de Colón.
El Tribunal basó su decisión en el artículo 6 del Código Penal, el cual establece que las penas deben aplicarse conforme a los principios de necesidad, proporcionalidad y razonabilidad. Según las magistradas, permitir que el exalcalde realice trabajo comunitario en el mismo distrito donde cometió el delito podría enviar un mensaje inadecuado, especialmente considerando su posición como exfuncionario elegido por voto popular.
El proceso judicial contra Dámaso García tiene su origen en una condena dictada por la jueza liquidadora de causas penales de Colón, Gloria González de Vergara. En esa ocasión, García fue declarado responsable de peculado doloso agravado en perjuicio del Municipio de Colón y condenado a cinco años de prisión.
El proceso judicial se remonta a una condena dictada por la jueza liquidadora de causas penales de Colón, Gloria González de Vergara, quien declaró a Dámaso García culpable de peculado doloso agravado. La investigación reveló un perjuicio económico de $59.986,60 para el Municipio de Colón, derivado del pago indebido a 19 personas que no se presentaban a trabajar, conocidas comúnmente como “botellas”.
La Contraloría General de la República, a través de una auditoría especial, determinó que estos nombramientos irregulares ocurrieron entre el 1 de enero de 2009 y el 30 de junio de 2010.
Sin embargo, aunque se formularon cargos por corrupción de funcionarios públicos contra los 19 implicados, el Juzgado Segundo de Circuito Penal de Colón declaró prescrita la acción penal el 13 de abril de 2018, archivando el caso a su favor.
El Tribunal Superior de Apelaciones del Primer Distrito Judicial de Panamá revocó la decisión que concedía la sustitución de una condena de prisión por trabajo comunitario al exalcalde de Colón, Dámaso García, quien fue sentenciado por peculado doloso agravado.
La resolución fue adoptada por unanimidad por las magistradas Miriam Jaén (presidenta), Yiles Pitti y Yanelka Quijano.
La decisión deja sin efecto el Auto N.° 3,777, emitido el 25 de noviembre de 2024, por una jueza de cumplimiento que había accedido a la solicitud de la defensa del exalcalde.
El defensor particular, Alexis Sinclair, había solicitado que García cumpliera su pena de 60 meses de prisión realizando trabajo comunitario en la Junta Comunal de Cativá, en la provincia de Colón.
Durante la audiencia, el Tribunal evaluó los argumentos de la defensa, la Fiscalía y la parte querellante. La fiscal superior anticorrupción, Johaira González Castillo, representó al Ministerio Público, mientras que Leonel Rosales actuó como querellante en nombre del Municipio de Colón.
El Tribunal basó su decisión en el artículo 6 del Código Penal, el cual establece que las penas deben aplicarse conforme a los principios de necesidad, proporcionalidad y razonabilidad. Según las magistradas, permitir que el exalcalde realice trabajo comunitario en el mismo distrito donde cometió el delito podría enviar un mensaje inadecuado, especialmente considerando su posición como exfuncionario elegido por voto popular.
El proceso judicial contra Dámaso García tiene su origen en una condena dictada por la jueza liquidadora de causas penales de Colón, Gloria González de Vergara. En esa ocasión, García fue declarado responsable de peculado doloso agravado en perjuicio del Municipio de Colón y condenado a cinco años de prisión.
El proceso judicial se remonta a una condena dictada por la jueza liquidadora de causas penales de Colón, Gloria González de Vergara, quien declaró a Dámaso García culpable de peculado doloso agravado. La investigación reveló un perjuicio económico de $59.986,60 para el Municipio de Colón, derivado del pago indebido a 19 personas que no se presentaban a trabajar, conocidas comúnmente como “botellas”.
La Contraloría General de la República, a través de una auditoría especial, determinó que estos nombramientos irregulares ocurrieron entre el 1 de enero de 2009 y el 30 de junio de 2010.
Sin embargo, aunque se formularon cargos por corrupción de funcionarios públicos contra los 19 implicados, el Juzgado Segundo de Circuito Penal de Colón declaró prescrita la acción penal el 13 de abril de 2018, archivando el caso a su favor.