Panamá

Etesa se defiende por divulgación de mutuo acuerdo

Etesa recalcó que tiene el derecho de entregar las prestaciones laborales. Archivo | La Estrella de Panamá
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Actualizado
  • 23/06/2024 17:41
Creado
  • 23/06/2024 17:31

Etesa dijo que el acuerdo con Mosquera fue redactado según lo ‘aprobado en el acta de junta directiva’

La Empresa de Transmisión Eléctrica, S. A. (Etesa) detalló en un comunicado que tiene el derecho de suscribir mutuos acuerdos como se ha hecho en las anteriores administraciones.

Etesa expresó que el acuerdo mutuo con el gerente general Carlos Mosquera fue redactado de acuerdo con lo “aprobado en el acta de junta directiva que autorizó el presidente”.

También estableció que tiene el derecho de entregar las prestaciones laborales que establece la ley, como vacaciones, décimo tercer mes, prima de antigüedad y la respectiva indemnización.

La aprobación surge, agregó el comunicado, por la solicitud hecha por Mosquera debido a la necesidad urgente de someterse a una intervención quirúrgica.

Por lo tanto, la “terminación de relación de trabajo fue de común acuerdo y no fue una decisión unilateral por parte de” Mosquera.

Etesa publicó esa aclaración luego de que se divulgo que Mosquera se desvinculó de su cargo por mutuo acuerdo.

De acuerdo con las informaciones divulgadas, Mosquera recibió una indemnización de más de $249 mil, fondos que se haría efectivo a partir del 30 de junio.

Además, el Sindicato de Trabajadores de la Industria Eléctrica (Sitiespa) manifestó que el mutuo acuerdo al que se acogió Mosquera es ilegal.

Sitiespa recordó que ese supuesto acuerdo es ilegal “ya que el Código de Trabajo establece que sólo los que pagan cuota sindical son los únicos que se pueden beneficiar del convenio colectivo Sitiespa-Etesa, sin importar si son trabajadores de confianza o no”.

Etesa indicó, en tanto, que según la Ley No. 194 de 2020 el “Estado podrá crear empresas para prestar el servicio público de electricidad. Además, Etesa es una sociedad anónima y rige sus relaciones labores según el Código de Trabajo.

Añadió que la citada norma de 2020 establece las funciones de las juntas directivas de las sociedades y que le faculta a establecer las políticas financieras, de inversiones y de personal.

También el pasado 22 de junio el presidente electo, José Raúl Mulino, recordó que los cargos de libre remoción o funcionarios de confianza culminan su periodo el 30 de junio y señaló que no permitirá mutuos acuerdos durante su gestión que empezará a regir este 1 de julio de 2024.

“Los cargos por periodo de cinco años, sobretodo los de libre remoción o funcionarios de confianza, terminan el 30 junio. No se va a permitir ‘novedosas’ maneras de terminar tales cargos a través de fórmulas (mutuos acuerdos) que no representan otra cosa que un abuso contra los fondos de la Nación”, detalló Mulino en su cuenta de X.

Mulino también solicitó al contralor general de la República, Gerardo Solís, que estas u otras fórmulas no sean pagadas.