Y de los riesgos, ¿qué?
- 24/11/2024 00:00
- 23/11/2024 20:32
De nada sirve tener un sistema de salud coordinado o integrado, si no hacemos lo propio con los riesgos del trabajo Durante las últimas semanas, el país entero ha estado enfocado en analizar, valorar y cuestionar las modificaciones a la Ley 51, presentando algunos cambios que han despertado inquietud en los diferentes grupos sociales, incluyendo los sectores empresariales y sindicales, amén de todos aquellos ciudadanos comprometidos con su futuro y, por qué no, con el futuro de sus hijos y nietos.
En ese devenir que muchos, de manera un tanto egoísta, puedan decir, ¿qué te preocupa?, si ya tienes tus problemas resueltos. Tenemos por delante un futuro un tanto incierto, pero, con grandes esperanzas de poder disfrutar nuestros años de retiro, compartiendo con las personas que queremos, soñando con ver crecer a nuestros nietos. Tal como expresamos en un artículo previo, la institución se ha enfrentado a un reto para alcanzar los objetivos de la Salud en el Trabajo, contenidos en la definición de Salud Ocupacional, que debe ser de dominio de trabajadores y empleadores, lo cual propició el cambio realizado cuando se genera la legislación sobre los Riesgos Profesionales en Panamá, mediante el Decreto de Gabinete # 68 de 31 de marzo de 1970.
Como hemos mencionado hasta el cansancio, es importante dejar claro que el espíritu de la ley se enfocaba en garantizar un servicio médico que fuese igual o mejor que lo ofertado en ese momento por los seguros privados. Realmente, ¿las reformas a la ley de la Caja de Seguro Social nos darán la paz social y la tranquilidad que anhelamos? Esperamos que así sea, sin embargo, es preocupante que se ha dejado de lado lo referente a los riesgos del trabajo y la manera de enfrentarlos.
Han mirado hacia otro lado en el afán de actualizar la ley, pero no se han preocupado por garantizar el retorno oportuno de los trabajadores que se han enfermado o tenido un accidente de trabajo. Al final, ese asalariado accidentado o enfermo debería recibir la atención adecuada y oportuna para poder reintegrarse a su actividad laboral, sin que la empresa tenga que invertir en la capacitación de los trabajadores de reemplazo. Lastimosamente, ni la empresa y ni los trabajadores han tomado conciencia de que el pago del seguro de Riesgos Profesionales debería involucrar una atención especial, oportuna y enfocada en la prevención de los riesgos. Esto no se ha cumplido durante más de 50 años de aplicación de la ley.
Creo que es tiempo de darle la importancia a la prevención. De nada sirve tener un sistema de salud coordinado o integrado, si no hacemos lo propio con los riesgos del trabajo.
De no hacerlo, tendremos un país lleno de ciudadanos con limitaciones funcionales, con discapacidades que impactan evidentemente la productividad de las empresas, amén de las grandes sumas que deberá pagar la Caja en concepto de pensiones e indemnizaciones por los daños recibidos. ¿Es ese el país que queremos?
Durante las últimas semanas, el país entero ha estado enfocado en analizar, valorar y cuestionar las modificaciones a la Ley 51, presentando algunos cambios que han despertado inquietud en los diferentes grupos sociales, incluyendo los sectores empresariales y sindicales, amén de todos aquellos ciudadanos comprometidos con su futuro y, por qué no, con el futuro de sus hijos y nietos.
En ese devenir que muchos, de manera un tanto egoísta, puedan decir, ¿qué te preocupa?, si ya tienes tus problemas resueltos. Tenemos por delante un futuro un tanto incierto, pero, con grandes esperanzas de poder disfrutar nuestros años de retiro, compartiendo con las personas que queremos, soñando con ver crecer a nuestros nietos. Tal como expresamos en un artículo previo, la institución se ha enfrentado a un reto para alcanzar los objetivos de la Salud en el Trabajo, contenidos en la definición de Salud Ocupacional, que debe ser de dominio de trabajadores y empleadores, lo cual propició el cambio realizado cuando se genera la legislación sobre los Riesgos Profesionales en Panamá, mediante el Decreto de Gabinete # 68 de 31 de marzo de 1970.
Como hemos mencionado hasta el cansancio, es importante dejar claro que el espíritu de la ley se enfocaba en garantizar un servicio médico que fuese igual o mejor que lo ofertado en ese momento por los seguros privados. Realmente, ¿las reformas a la ley de la Caja de Seguro Social nos darán la paz social y la tranquilidad que anhelamos? Esperamos que así sea, sin embargo, es preocupante que se ha dejado de lado lo referente a los riesgos del trabajo y la manera de enfrentarlos.
Han mirado hacia otro lado en el afán de actualizar la ley, pero no se han preocupado por garantizar el retorno oportuno de los trabajadores que se han enfermado o tenido un accidente de trabajo. Al final, ese asalariado accidentado o enfermo debería recibir la atención adecuada y oportuna para poder reintegrarse a su actividad laboral, sin que la empresa tenga que invertir en la capacitación de los trabajadores de reemplazo. Lastimosamente, ni la empresa y ni los trabajadores han tomado conciencia de que el pago del seguro de Riesgos Profesionales debería involucrar una atención especial, oportuna y enfocada en la prevención de los riesgos. Esto no se ha cumplido durante más de 50 años de aplicación de la ley.
Creo que es tiempo de darle la importancia a la prevención. De nada sirve tener un sistema de salud coordinado o integrado, si no hacemos lo propio con los riesgos del trabajo.
De no hacerlo, tendremos un país lleno de ciudadanos con limitaciones funcionales, con discapacidades que impactan evidentemente la productividad de las empresas, amén de las grandes sumas que deberá pagar la Caja en concepto de pensiones e indemnizaciones por los daños recibidos. ¿Es ese el país que queremos?