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Responsabilidad profesional y respuesta corporativa

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Actualizado
  • 27/08/2024 23:00
Creado
  • 27/08/2024 13:00

Dos gremios han tomado medidas para intervenir en acciones o circunstancias en las que se han visto involucrados determinados miembros de tales colectivos. Ambos organismos han asumido posturas diferentes, porque mientras uno apoya al implicado, el otro ha sancionado a la persona objeto de los cuestionamientos.

Por un lado, una asociación médica ha planteado objeciones a un fallo del Órgano Judicial que condenó a un exdirector de Neonatología porque no tomó una decisión para detener la muerte de unos recién nacidos afectados por un medicamento. Por el otro, la organización que agrupa a los constructores expulsó a su presidenta e investiga posibles hechos relacionados con conductas seguidas en el desempeño de sus tareas.

Las iniciativas de los dos entes están relacionadas con situaciones donde interviene la ética y, por tanto, la responsabilidad. Esta tiene que ver con prácticas o la forma en que se ha procedido en un determinado momento y la reacción asumida. Hay que considerar que el concepto de responsable se refiere a ‘responder’; es decir, a cómo se enfrenta un hecho y la capacidad de contestar que se tenga frente a dicho acto.

Por lo general, las corporaciones han incluido en sus reglamentos internos la necesidad de que quienes están inscritos sigan ciertos patrones en su gestión, porque de alguna manera el comportamiento individual o de sectores internos reflejará el perfil del organismo que los agrupa. Por esa razón, se incluyen pautas, unidades o equipos que dan seguimiento al rol de los colegiados de esas corporaciones para guardar la imagen general.

La responsabilidad es un problema muy antiguo y tiene que ver con la esencia de los actos del individuo. Ya Platón lo estudió y fue consciente de la necesidad moral y de “regir sus conductas según la justicia; esto es, según la virtud... o la idea del bien, principio de buen orden para las sociedades y para las almas, origen de la felicidad pública y privada...”. Esto quiere decir que en un suceso siempre hay un vínculo entre los individuos y los demás.

En La República o el Estado, Platón se refirió a esto y profundizó en el término de la justicia como una característica humana. En algún diálogo con Sócrates se escuchó decir: “...¿No es la justicia la virtud del hombre?”. Hoy se ubica este principio o valor como contexto de las decisiones y, por tanto, los resultados concretos de ellas, que deben ser asumidas por quienes protagonizan tales episodios.

No resulta fácil o simple para las agrupaciones que deben analizar las experiencias que llaman a su intervención. En principio, es necesario guardar un enfoque crítico porque cada enjuiciamiento pone en entredicho al colectivo. Por esa razón existen los comités de ética, para que se adopten decisiones consensuadas que representen los mejores intereses tanto del grupo como de su proyección al público exterior.

En el país se conocen diferentes experiencias donde el gremio ha tenido implicaciones con problemas de desempeño, siempre y cuando lo juzgado tenga origen en faltas que no alcancen la tipificación de delitos, pues estos requieren ser atendidos por instancias judiciales u otras dimensiones públicas. En estas, poco efecto tienen las respuestas de las corporaciones, que solo acompañan moralmente a sus miembros.

¿Actúa mal el individuo en el cumplimiento de sus funciones? ¿Qué actitud asume frente a un mal desempeño y cómo responde? De esto se trata la responsabilidad. El asunto es más serio cuando se involucra a terceros y estos son afectados por acción u omisión. Entonces surge la disyuntiva de a quién corresponde actuar en consecuencia por la proyección de una situación grave.

Hay límites invisibles que se levantan en todo acto y que, de alguna manera, reúne a diversos actores sociales. Unos proceden y otros son alcanzados con el impacto. Las organizaciones tienen el reto de decidir, en justicia, qué corresponde y cómo actuar en cada circunstancia.

El autor es periodista