Cuentas individuales: la justicia social no debe someterse a la economía
- 25/02/2025 00:00
- 24/02/2025 17:26
De la homilía de monseñor José Domingo Ulloa un par de domingos atrás, rescatamos una frase que consideramos clave para iluminar la crisis existente en la política económica del Estado en general, y de cómo se está proponiendo la solución de la CSS, en particular. Nos referimos al principio que reza que: “la justicia (social) no debe someterse a la economía”. Este, encierra dos criterios que son supuestos básicos que definen el carácter de este principio, a saber, la búsqueda del bien común en cada obra o acción humana, de manera que lo que se entienda como justicia social, no deje por fuera de un beneficio a algún segmento de la sociedad. Esto es el caso de los debates sobre seguridad social, que en el sentido universalista del concepto vendría a expresar unos ciertos beneficios para toda la población, lo que representaría el bien común. Sin embargo, los seguros sociales -que no es lo mismo que seguridad social- en la medida que operen en un ámbito donde la oferta de puestos de trabajo dignos es insuficiente, no alcanzará el bien común, porque dejará por fuera a poblaciones como las de desempleados y a los trabajadores informales del campo y la ciudad. Alcanzará la justicia social para una parte importante de la población, es cierto, pero estas otras poblaciones con condiciones de precariedad laboral estarían excluidas. En el caso de los seguros denominados de “cuentas individuales”, por lo individualizado de su concepción y funcionamiento, no encontramos ni bien común ni justicia social.
El segundo supuesto básico es el que deriva de la afirmación evangélica de que “el sábado es para el hombre y no el hombre para el sábado” (Lc 6,5; Mc 2,27 y Mt, 12,8). En el sentido religioso, las normas institucionales terrenales no están por encima de la dignidad humana, de forma tal que las conductas de misericordia y fraternas no se supeditan al cumplimiento de normas religiosas. Ahora bien, en el sentido teológico social, ninguna norma financiera, económica o política puede estar por encima del ejercicio de los derechos humanos, dígase, de la justicia social.
En efecto, lo que planteó Mons. Ulloa en la referida homilía se traduce perfectamente en la planificación del desarrollo humano. Aquí interviene la cuestión económica, la social y hasta la ambiental, de manera que la decisión política correcta no es la que parte del criterio económico, como en la ley de la CSS que fue propuesta por los representantes gubernamentales de quienes tienen intereses en los negocios de la administración de fondos de pensiones. He aquí pues, un ejemplo que viene a ser negación tanto de justicia social como del bien común, al primar el criterio económico sobre el social.
¿Y cómo puede ser viable partir del criterio social y en ciertos casos ambiental, por encima del económico, habida cuenta de que es necesario contar con medios económicos para satisfacer los requerimientos sociales? En planificación científica, el problema no es técnico, sino de decisión política. Por ejemplo, se observa que la propuesta gubernamental de las cuentas individuales resulta de cálculos que resuelven el problema “técnico” de que el seguro de pensiones actuales gasta más de lo que ingresa y para ello aplica fórmulas financieras-actuariales, que resuelvan ese déficit, solo que, con esta fórmula, el deterioro del monto de dichas pensiones será inminente, afectando a la población asegurada. Pensar la solución del problema a partir de lo social es fijar por delante montos de pensiones dignas y, a partir de aquí, hacer el ejercicio de plantearse una estrategia que tenga como norte este objetivo. Lo económico y sus cálculos se ponen al servicio del interés social, no al revés, como se viene haciendo con la propuesta de ley que avanza en la Asamblea de diputados. En realidad, esta propuesta que fomenta el seguro privado (cuentas individuales) y está pensada desde el criterio económico, se encuentra con condicionamientos para que se privilegie el criterio económico, entre estos, los grandes negociantes de estos fondos que pueden gestionar grandes cifras (reservas superan los siete mil millones de dólares) y que a través de sus organismos llamados “calificadoras de riesgos” nos chantajean para sacar provecho de una ley que ponga en sus bóvedas, la riqueza de los asegurados/as. Definitivamente, monseñor Ulloa tiene razón, no admitamos someter la justicia social al criterio económico individualista.