Criminología al servicio del Seguro Social
- 07/04/2024 00:00
- 05/04/2024 09:02
A los problemas de la Caja de Seguro Social hay que darle una nueva visión desde la perspectiva de la criminología [...] El tema de la supervivencia de los diversos programas de la Caja del Seguro Social de Panamá es sin duda esa “caja de Pandora” que gobiernos pasados han rechazado debatir, postergando a cada gobierno subsiguiente su discusión.
A la fecha, camino a elecciones generales el próximo mes, entretanto siguen las marañas judiciales, vídeos comprometedores y demás contra candidatos opositores, observamos que el problema vigente en la mente del panameño, ¿qué hacer con la Caja de Seguro Social?, no se ha discutido a cabalidad en las propuestas de los diversos candidatos.
El año pasado, la suma debida por empleadores morosos ascendía a mucho más de 200 millones de balboas, y no se ve progreso efectivo en la recuperación de esa cartera morosa. La implementación de diversos programas del departamento de Apremio y Cobro de la Caja de Seguro Social, y la digitalización del sistema de generación digital de talonarios, comprobantes y demás certificaciones permite que el ciudadano pueda enterarse de que se le está acreditando sus cuotas, matiza este problema.
Quizás algunos afirmen que la duplicidad de una justicia coactiva de cobro del Seguro Social, con las normas sobre “retención indebida de cuotas” en el Código Penal del 2007, es positivo porque permite castigar también al “director, dignatario, gerente, administrador, representante legal, empleado o trabajador de una empresa que, en el término de tres meses, luego de que surja la obligación de pagar, retenga y no remita las cuotas empleado-empleador a la Caja de Seguro Social, siempre que estas superen la suma de mil balboas (B/.1,000.00), o quien haya sido requerido por esta entidad para la liberación de la retención será sancionado con prisión de dos a cuatro años.”
Y también, que se imponga el mismo castigo para los empleadores o a sus representantes y demás sujetos obligados que, mediante declaraciones engañosas, ocultaciones maliciosas o cualquier otro ardid, evadan o de cualquier forma impidan la afiliación al Seguro Social de las personas obligadas a afiliarse, y que se aumente la pena “de una sexta a una tercera parte al empleador, al representante legal o a quien, en una u otra forma, ordene al gerente, administrador o contador retener la entrega de cuotas”.
Lamentablemente es aquí donde observamos el llamado “Derecho Penal Simbólico”, ya que en la práctica es poco eficiente la respuesta contra una problemática tan grande, pues se tiene al Ministerio Público como una agencia de recolección, y queda demostrado que la amenaza de la pena queda reducida a una lista decorativa de empleadores morosos, que aparece cada seis meses, en caso tal que no proceda en lo penal.
A los problemas de la Caja de Seguro Social hay que darle una nueva visión desde la perspectiva de la criminología, no enfocados en esa respuesta que hasta la fecha mantiene mora de más de 200 millones de balboas en cuotas obrero-patronales debidas. Las estrategias que propongamos a futuro deben estar centradas en prevención de esas pérdidas (auditorias, optimización y supervisión a los procesos intervinientes), detección, previsión y reducción de los posibles riesgos y/o en el sistema, implementación de modelos estadísticos enfocados en optimizar el método de cobro, que los sectores cobren efectivamente, identifiquen y reconozcan perfiles similares a otros empleadores morosos.
Una visión diferente es lo que el sistema requiere, no resulta una respuesta óptima y efectiva que castiguemos al que firmó los papeles de ingreso al sistema de la Caja de Seguro Social con una pena reemplazable en multa, mientras el empleador o empleadores, el beneficiario final queda debiendo millones de dólares al Estado, causando un perjuicio inmensurable a los trabajadores, al Estado y en general a la sociedad panameña.
Por último, en otros países se han creado registro de empleadores morosos, en el ministerio de Trabajo en la que quedan inscritos los que tienen créditos laborales impagos, como consecuencia de una sentencia o ejecutoriada expedida por el poder judicial, en otro caso se ha propuesto un registro también para los empresarios que mantienen deudas salariales que quede digitalizado y se comparta entre entidades estatales, a fin de controlar el acceso a beneficios fiscales y demás a estos grandes morosos.
El autor es profesor de derecho penal y criminología
El tema de la supervivencia de los diversos programas de la Caja del Seguro Social de Panamá es sin duda esa “caja de Pandora” que gobiernos pasados han rechazado debatir, postergando a cada gobierno subsiguiente su discusión.
A la fecha, camino a elecciones generales el próximo mes, entretanto siguen las marañas judiciales, vídeos comprometedores y demás contra candidatos opositores, observamos que el problema vigente en la mente del panameño, ¿qué hacer con la Caja de Seguro Social?, no se ha discutido a cabalidad en las propuestas de los diversos candidatos.
El año pasado, la suma debida por empleadores morosos ascendía a mucho más de 200 millones de balboas, y no se ve progreso efectivo en la recuperación de esa cartera morosa. La implementación de diversos programas del departamento de Apremio y Cobro de la Caja de Seguro Social, y la digitalización del sistema de generación digital de talonarios, comprobantes y demás certificaciones permite que el ciudadano pueda enterarse de que se le está acreditando sus cuotas, matiza este problema.
Quizás algunos afirmen que la duplicidad de una justicia coactiva de cobro del Seguro Social, con las normas sobre “retención indebida de cuotas” en el Código Penal del 2007, es positivo porque permite castigar también al “director, dignatario, gerente, administrador, representante legal, empleado o trabajador de una empresa que, en el término de tres meses, luego de que surja la obligación de pagar, retenga y no remita las cuotas empleado-empleador a la Caja de Seguro Social, siempre que estas superen la suma de mil balboas (B/.1,000.00), o quien haya sido requerido por esta entidad para la liberación de la retención será sancionado con prisión de dos a cuatro años.”
Y también, que se imponga el mismo castigo para los empleadores o a sus representantes y demás sujetos obligados que, mediante declaraciones engañosas, ocultaciones maliciosas o cualquier otro ardid, evadan o de cualquier forma impidan la afiliación al Seguro Social de las personas obligadas a afiliarse, y que se aumente la pena “de una sexta a una tercera parte al empleador, al representante legal o a quien, en una u otra forma, ordene al gerente, administrador o contador retener la entrega de cuotas”.
Lamentablemente es aquí donde observamos el llamado “Derecho Penal Simbólico”, ya que en la práctica es poco eficiente la respuesta contra una problemática tan grande, pues se tiene al Ministerio Público como una agencia de recolección, y queda demostrado que la amenaza de la pena queda reducida a una lista decorativa de empleadores morosos, que aparece cada seis meses, en caso tal que no proceda en lo penal.
A los problemas de la Caja de Seguro Social hay que darle una nueva visión desde la perspectiva de la criminología, no enfocados en esa respuesta que hasta la fecha mantiene mora de más de 200 millones de balboas en cuotas obrero-patronales debidas. Las estrategias que propongamos a futuro deben estar centradas en prevención de esas pérdidas (auditorias, optimización y supervisión a los procesos intervinientes), detección, previsión y reducción de los posibles riesgos y/o en el sistema, implementación de modelos estadísticos enfocados en optimizar el método de cobro, que los sectores cobren efectivamente, identifiquen y reconozcan perfiles similares a otros empleadores morosos.
Una visión diferente es lo que el sistema requiere, no resulta una respuesta óptima y efectiva que castiguemos al que firmó los papeles de ingreso al sistema de la Caja de Seguro Social con una pena reemplazable en multa, mientras el empleador o empleadores, el beneficiario final queda debiendo millones de dólares al Estado, causando un perjuicio inmensurable a los trabajadores, al Estado y en general a la sociedad panameña.
Por último, en otros países se han creado registro de empleadores morosos, en el ministerio de Trabajo en la que quedan inscritos los que tienen créditos laborales impagos, como consecuencia de una sentencia o ejecutoriada expedida por el poder judicial, en otro caso se ha propuesto un registro también para los empresarios que mantienen deudas salariales que quede digitalizado y se comparta entre entidades estatales, a fin de controlar el acceso a beneficios fiscales y demás a estos grandes morosos.