Comprar casa en Panamá: ¿privilegio, derecho o trampa legal?
- 18/04/2025 01:00
El artículo de reflexión sobre la propuesta de ley que limita la capacidad de elección del ciudadano al excluir viviendas de segunda mano del régimen de interés preferencial Uno de los anhelos más comunes para cualquier persona económicamente activa, sin importar su nivel de formación académica, es adquirir una vivienda propia. Más que una propiedad, representa estabilidad, arraigo y construcción de futuro. Sin embargo, en el contexto actual, ese objetivo parece alejarse cada vez más, rodeado de obstáculos normativos y estructurales.
El proyecto de ley 207, que busca reemplazar la Ley 3 de 1985 sobre el régimen de interés preferencial, en esencia, busca promover la adquisición de viviendas dignas por parte de panameños o residentes legales económicamente activos. Aunque fue concebida para facilitar el acceso a la primera vivienda mediante un subsidio estatal sobre la tasa de interés hipotecario, el texto aprobado en segundo debate limita el beneficio exclusivamente a viviendas nuevas, restringiendo innecesariamente la capacidad de elección del ciudadano.
Excluir las viviendas de segunda mano del régimen de subsidio ignora una realidad evidente: muchas propiedades usadas tienen mejor ubicación, condiciones adecuadas y precios más razonables. Luego de vivir varios años fuera del país, regresé con la intención de adquirir una vivienda. En el mercado de nuevas construcciones encontré precios elevados y acabados deficientes. Opté por una vivienda de segunda mano: segura, funcional, accesible. Bajo la ley actual, esa opción no calificaría para el subsidio estatal.
Y no es un caso aislado. Jóvenes profesionales, familias en crecimiento y adultos mayores enfrentan el mismo dilema: precios poco realistas y un marco legal que, en lugar de acompañarlos, los excluye. María Sánchez*, una colega, me comentó que después de meses explorando proyectos nuevos, eligió una vivienda usada más cercana a su trabajo. Evitó así largas horas en transporte. Su elección fue sensata, pero no apoyada por la política pública.
¿Estamos legislando para los ciudadanos o protegiendo intereses comerciales? El sector inmobiliario argumenta que incluir viviendas usadas podría desincentivar la construcción. Sin embargo, no se puede privilegiar un modelo económico por encima del derecho de los ciudadanos a elegir lo que se ajusta a su realidad. El Estado debe equilibrar, no inclinar la balanza.
La propuesta de ley también establece tramos de subsidio diferenciados por región y valor de la propiedad. Aunque técnicamente suena razonable, en la práctica no refleja el mercado actual. En la Región 1 (Panamá y Panamá Oeste), el tramo más bajo ofrece un subsidio del 5 % por un máximo de ocho años para viviendas de hasta $50.000. ¿Qué vivienda puede encontrarse hoy por ese monto en estas zonas? ¿Qué calidad tiene? ¿A qué distancia está de los servicios esenciales?
José Batista*, técnico residente en Arraiján, me confesó que compró una vivienda dentro de ese rango. Desde el primer mes enfrentó filtraciones, fallas eléctricas y malos acabados. “La compré por necesidad, no por gusto”, dijo. Ese testimonio, como muchos otros, revela cómo las cifras de la ley no reflejan la realidad del mercado.
Estas condiciones ignoran la inflación acumulada y el encarecimiento generalizado del costo de la vida, colocando al ciudadano en una posición vulnerable frente a decisiones financieras de largo plazo. Aunque el Estado puede subsidiar hasta el 85 % del interés, la tasa base es establecida por la entidad financiera, lo que convierte ese beneficio en una promesa incierta.
El acceso a una vivienda digna no puede depender de un marco legal desconectado de la realidad. La legislación debe ampliar posibilidades, no cerrarlas.
Panamá necesita una ley moderna, justa y diseñada desde la experiencia real del ciudadano. Porque el sueño de tener una vivienda no debe ser un privilegio ni una trampa legal, sino una meta posible respaldada por una política pública equitativa.
*Los nombres utilizados en este artículo son ficticios y con fines ilustrativos. Los testimonios son reales.
*El autor es odontólogo, con una maestría en Acceso a Mercados de la Universidad Carlos III y optando por una maestría en Gerencia Estratégica en la Universidad Interamericana de Panamá
Uno de los anhelos más comunes para cualquier persona económicamente activa, sin importar su nivel de formación académica, es adquirir una vivienda propia. Más que una propiedad, representa estabilidad, arraigo y construcción de futuro. Sin embargo, en el contexto actual, ese objetivo parece alejarse cada vez más, rodeado de obstáculos normativos y estructurales.
El proyecto de ley 207, que busca reemplazar la Ley 3 de 1985 sobre el régimen de interés preferencial, en esencia, busca promover la adquisición de viviendas dignas por parte de panameños o residentes legales económicamente activos. Aunque fue concebida para facilitar el acceso a la primera vivienda mediante un subsidio estatal sobre la tasa de interés hipotecario, el texto aprobado en segundo debate limita el beneficio exclusivamente a viviendas nuevas, restringiendo innecesariamente la capacidad de elección del ciudadano.
Excluir las viviendas de segunda mano del régimen de subsidio ignora una realidad evidente: muchas propiedades usadas tienen mejor ubicación, condiciones adecuadas y precios más razonables. Luego de vivir varios años fuera del país, regresé con la intención de adquirir una vivienda. En el mercado de nuevas construcciones encontré precios elevados y acabados deficientes. Opté por una vivienda de segunda mano: segura, funcional, accesible. Bajo la ley actual, esa opción no calificaría para el subsidio estatal.
Y no es un caso aislado. Jóvenes profesionales, familias en crecimiento y adultos mayores enfrentan el mismo dilema: precios poco realistas y un marco legal que, en lugar de acompañarlos, los excluye. María Sánchez*, una colega, me comentó que después de meses explorando proyectos nuevos, eligió una vivienda usada más cercana a su trabajo. Evitó así largas horas en transporte. Su elección fue sensata, pero no apoyada por la política pública.
¿Estamos legislando para los ciudadanos o protegiendo intereses comerciales? El sector inmobiliario argumenta que incluir viviendas usadas podría desincentivar la construcción. Sin embargo, no se puede privilegiar un modelo económico por encima del derecho de los ciudadanos a elegir lo que se ajusta a su realidad. El Estado debe equilibrar, no inclinar la balanza.
La propuesta de ley también establece tramos de subsidio diferenciados por región y valor de la propiedad. Aunque técnicamente suena razonable, en la práctica no refleja el mercado actual. En la Región 1 (Panamá y Panamá Oeste), el tramo más bajo ofrece un subsidio del 5 % por un máximo de ocho años para viviendas de hasta $50.000. ¿Qué vivienda puede encontrarse hoy por ese monto en estas zonas? ¿Qué calidad tiene? ¿A qué distancia está de los servicios esenciales?
José Batista*, técnico residente en Arraiján, me confesó que compró una vivienda dentro de ese rango. Desde el primer mes enfrentó filtraciones, fallas eléctricas y malos acabados. “La compré por necesidad, no por gusto”, dijo. Ese testimonio, como muchos otros, revela cómo las cifras de la ley no reflejan la realidad del mercado.
Estas condiciones ignoran la inflación acumulada y el encarecimiento generalizado del costo de la vida, colocando al ciudadano en una posición vulnerable frente a decisiones financieras de largo plazo. Aunque el Estado puede subsidiar hasta el 85 % del interés, la tasa base es establecida por la entidad financiera, lo que convierte ese beneficio en una promesa incierta.
El acceso a una vivienda digna no puede depender de un marco legal desconectado de la realidad. La legislación debe ampliar posibilidades, no cerrarlas.
Panamá necesita una ley moderna, justa y diseñada desde la experiencia real del ciudadano. Porque el sueño de tener una vivienda no debe ser un privilegio ni una trampa legal, sino una meta posible respaldada por una política pública equitativa.
*Los nombres utilizados en este artículo son ficticios y con fines ilustrativos. Los testimonios son reales.